¿QUÉ OCURRE CON LOS
DERECHOS DE PENSIÓN?

  • Si has trabajado en varios países de la UE, puedes haber acumulado derechos de pensión en cada uno de ellos.
  • Al menos seis meses antes de jubilarte, debes solicitar información sobre lo que tienes que hacer para que te abonen la pensión en tu nuevo país, ya que los trámites para solicitar una pensión de varios países pueden durar varios meses.
  • Puedes empezar a cobrar la pensión cuando hayas cumplido la edad legal de jubilación en el país donde vivas o en el que hayas trabajado por última vez.
  • Como la edad legal de jubilación varía de un país a otro de la UE, quizá tengas que esperar más tiempo para cobrar la pensión en algunos países de la UE.
  • Si tienes derecho a pensiones de varios países de la UE y empiezas a cobrar una pensión antes que otra pueden cambiar los importes que recibas.
  • Es importante que en todos los países en los que hayas trabajado averigües por adelantado cuál será tu situación y si puedes cambiar la fecha en la que empiezas a cobrarla.
  • Más información: https://europa.eu/youreurope/pensions_es

¿QUÉ DERECHOS
DE RESIDENCIA
TIENEN LOS PENSIONISTAS?

  • Como ciudadano de la UE, puedes vivir en cualquier país de la UE durante más de tres meses siempre que tengas:
    • seguro médico completo en el país de acogida
    • ingresos suficientes para vivir allí sin necesitar ayudas económicas.
  • En el caso de los pensionistas, se consideran ingresos tanto la pensión como los ingresos de cualquier otra procedencia.
  • El país de acogida puede exigirte que te registres como residente después de tres meses.
  • En muchos países de la UE es obligatorio llevar siempre encima el documento de identidad o el pasaporte.
  • Pero aunque puedan ponerte una multa o detenerte temporalmente si te dejas la documentación en casa, eso por sí solo no puede ser motivo de expulsión del país.
  • Cuando has vivido legalmente en otro país de la UE cinco años seguidos, adquieres automáticamente el derecho a la residencia permanente.
  • No afectan a la continuidad de tu residencia:
    • las ausencias temporales (menos de seis meses al año)
    • una ausencia de doce meses consecutivos por razones de peso, como una enfermedad grave, trabajo, formación profesional, etc.
  • Puedes perder el derecho a la residencia permanente si vives fuera del país durante más de dos años consecutivos.
  • Más información: https://europa.eu/youreurope/pensionresidence_es

PODRÍA SER TU CASO
Solicitar la pensión en otro país

Sofía, originaria de España, trabajó en España e Italia antes de volver a España para instalarse como jubilada. Al trabajar en dos países de la UE, acumuló derechos de pensión en ambos. Según las normas de la UE, debe ponerse en contacto con la administración de pensiones del país donde reside actualmente (España) o del país en el que trabajó por última vez (Italia). Decide presentar su solicitud de pensión en España y, a partir de ese momento, la administración española es responsable de tramitar su solicitud y de crear el expediente con las cotizaciones de los países donde ha trabajado.

¿SE PUEDE OBTENER
COBERTURA SANITARIA
COMO PENSIONISTA EN EL EXTRANJERO?

  • Si cobras una pensión del país donde vives, el sistema de seguro médico de ese país os cubre a ti y a tu familia, recibas o no pensiones de otros países.
  • Si no recibes ni pensión ni ningún otro tipo de ingresos del país donde vives, te cubre el sistema de seguro médico del país donde hayas estado asegurado más tiempo.
  • Pide un formulario S1 (antiguo E 106) al organismo de seguro médico del país desde el que te trasladas.
    • Entrega el formulario S1 al organismo de seguro médico del país de destino a tu llegada.
    • Este documento demuestra tu derecho a asistencia sanitaria completa en tu país de residencia.
  • Si has sido trabajador transfronterizo durante al menos dos de los cinco años anteriores a tu jubilación, tienes derecho a asistencia sanitaria tanto en tu país de residencia como en tu antiguo país de empleo.
  • Puedes seguir recibiendo un tratamiento que empezaste en tu antiguo país de empleo incluso después de jubilarte. Para ello, debes presentar a la administración sanitaria de ese país un formulario S3.
  • Si solicitas una pensión o una prestación de incapacidad, puede ser que cada uno de los países donde hayas trabajado antes quiera examinarte por separado.
  • Ten en cuenta que puede darse el caso de que un país considere que tienes una incapacidad grave y otro no vea incapacidad alguna.
  • Más información: https://europa.eu/youreurope/health_es

MÁS INFORMACIÓN:

https://europa.eu/youreurope/es

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