INTRODUCCIÓN:
¿para qué sirven las presentes directrices?
La realización de ajustes razonables viene siendo una
obligación para los empleadores recogida en el Derecho de la
UE desde el año 20001.
Sin embargo, ni el concepto ni su aplicación en la práctica
están claros en toda la UE, y muchas personas no siempre
saben dónde encontrar información y apoyo2.
Las presentes directrices proporcionan información, ejemplos prácticos y referencias para ayudar a los empleadores a cumplir este requisito. Se han elaborado con ayuda de los miembros de la Plataforma sobre discapacidad3 y de los interlocutores sociales, quienes no solo aportaron sugerencias, sino también ejemplos de buenas prácticas. Las directrices podrían servir a modo de valioso recurso para ajustar las prácticas en el lugar de trabajo a fin de prestar un mejor apoyo a la población activa en general y de crear un entorno laboral más inclusivo y adaptado para todos los empleados, independientemente de sus capacidades.
Ya sea usted un empleador o el propietario de una empresa, un directivo o jefe de equipo, un especialista en recursos humanos o simplemente un trabajador más, los conocimientos prácticos y los ejemplos de buenas prácticas que figuran en este folleto están concebidos para inspirarle a seleccionar, contratar y mantener en el empleo a personas con discapacidad realizando adaptaciones o ajustes que beneficien tanto a los empleados como a los empleadores4. Conocer los aspectos prácticos de los ajustes razonables e información contextual al respecto hará que esté mejor preparado para incorporar las capacidades y contribuciones del personal con discapacidad, enriqueciendo así el lugar de trabajo y beneficiando a su organización.
Las directrices van dirigidas principalmente a empleadores, pero también son pertinentes para una gran variedad de partes interesadas, como organizaciones patronales, sindicatos, autoridades públicas, organismos de igualdad5, la sociedad civil y las personas con discapacidad. Pueden servirse de ellas:
- las organizaciones patronales para fomentar una cultura de inclusión entre sus organizaciones miembros y promover una filosofía común de adaptación e igualdad de oportunidades;
- los sindicatos y la sociedad civil para abogar por unas prácticas laborales más inclusivas, aumentando la sensibilización y la comprensión respecto a la necesidad esencial de realizar ajustes razonables;
- las autoridades públicas para configurar las políticas, reforzar los marcos reguladores y fundamentar sus estrategias de promoción de la inclusión en el lugar de trabajo; y, por último,
- las personas con discapacidad para comprender mejor sus derechos y los ajustes que pueden esperar en el lugar de trabajo, así como para defender sus requisitos de manera eficaz.
1 Obligaciones jurídicas, políticas y contexto1
«Toda persona tiene derecho a trabajar y a ejercer una profesión libremente elegida o aceptada. Todo ciudadano de la Unión tiene la libertad de buscar un empleo, de trabajar, de establecerse o de prestar servicios en cualquier Estado miembro».
Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea
1.1 La Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (CDPD)2
Todos los Estados miembros de la UE han firmado y ratificado la CDPD, lo que significa que cada uno de ellos está obligado, en virtud del Derecho internacional, a proteger los derechos de las personas con discapacidad en consonancia con esta Convención. La Unión Europea es también Parte en la CDPD por derecho propio.
La Convención supone un cambio de paradigma en las actitudes
hacia las personas con discapacidad y los enfoques respecto a
ellas: se ha pasado de considerar a las personas con
discapacidad como «objetos» de acciones benéficas,
tratamientos médicos y protección social a entender que las
personas con discapacidad son «sujetos» con derechos capaces
de tomar decisiones y de ser miembros activos de la sociedad.
Los empleadores deben realizar ajustes razonables para que las
personas con discapacidad puedan desempeñar tareas propias del
mundo laboral. La falta injustificada de ajustes
razonables puede constituir una forma prohibida de
discriminación por discapacidad con arreglo a la legislación
nacional o europea en materia de no discriminación, así como
con arreglo a la Convención.
El artículo 27 de la CDPD3, relativo al trabajo y al empleo, es especialmente pertinente, junto con la Observación General n.º 8 (2022)4 del Comité sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, sobre el derecho de las personas con discapacidad al trabajo y al empleo. El artículo 27 prohíbe la discriminación por motivos de discapacidad con respecto a todas las cuestiones relativas a cualquier forma de empleo, incluidas las condiciones de selección, contratación y empleo, la continuidad en el empleo, la promoción profesional y unas condiciones de trabajo seguras y saludables. La Observación General n.º 8 aclara las obligaciones de los Gobiernos en virtud del artículo 27, haciendo hincapié en que el derecho al trabajo es un derecho humano fundamental esencial para la realización de otros derechos humanos. Es un componente indisociable e intrínseco de la dignidad humana, en tanto que reafirma la valía de una persona y su potencial de contribución a la sociedad.
«Los Estados Partes reconocen el derecho de las
personas con discapacidad a trabajar, en igualdad de
condiciones con las demás; ello incluye el derecho a tener
la oportunidad de ganarse la vida mediante un trabajo
libremente elegido o aceptado en un mercado y un entorno
laborales que sean abiertos, inclusivos y accesibles a las
personas con discapacidad».
Artículo 27 de la CDPD
1.2 La Directiva relativa a la igualdad de trato en el empleo5
En la Unión Europea, los empleadores tienen el deber de realizar ajustes razonables para los trabajadores con discapacidad. La Directiva 2000/78/CE del Consejo, relativa al establecimiento de un marco general para la igualdad de trato en el empleo («Directiva relativa a la igualdad de trato en el empleo»), recoge las disposiciones más pertinentes del Derecho de la UE relativas a las personas con discapacidad y los ajustes razonables.
«A fin de garantizar la observancia del principio de igualdad de trato en relación con las personas con discapacidades, se realizarán ajustes razonables. Esto significa que los empresarios tomarán las medidas adecuadas, en función de las necesidades de cada situación concreta, para permitir a las personas con discapacidades acceder al empleo, tomar parte en el mismo o progresar profesionalmente, o para que se les ofrezca formación, salvo que esas medidas supongan una carga excesiva para el empresario. La carga no se considerará excesiva cuando sea paliada en grado suficiente mediante medidas existentes en la política del Estado miembro sobre discapacidades».
Artículo 5 de la Directiva relativa a la igualdad de trato en el empleo
1.3 Estrategia sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad para 2021-2030
Como parte de su política en materia de discapacidad, la UE procura apoyar a los Estados miembros en la promoción del empleo de las personas con discapacidad.
La Estrategia sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad para 2021-20306 proporciona un marco para esta política, destinada a mejorar la vida de las personas con discapacidad.
Una de las siete iniciativas emblemáticas de la Estrategia es el paquete sobre el empleo de las personas con discapacidad7, un conjunto de orientaciones, prácticas y oportunidades de aprendizaje destinadas a los empleadores, las organizaciones patronales, las autoridades públicas y la sociedad civil, con el objetivo de mejorar los resultados en el mercado laboral de las personas con discapacidad. Las presentes directrices forman parte de dicho paquete.
En diciembre de 2022, el Consejo de la Unión Europea instó a los Estados miembros a aplicar las directrices pertinentes, a apoyar la educación y formación profesionales de las personas con discapacidad, a facilitar su transición al mercado laboral y a establecer objetivos nacionales para el empleo de las personas con discapacidad y su participación en la educación de adultos8.
El principio 17 del pilar europeo de derechos sociales9 hace referencia específicamente a la inclusión de las personas con discapacidad, estableciendo lo siguiente:
«Las personas con discapacidad tienen derecho a una ayuda a la renta que garantice una vida digna, a servicios que les permitan participar en el mercado laboral y en la sociedad y a un entorno de trabajo adaptado a sus necesidades».
La reciente Directiva sobre información corporativa en materia de sostenibilidad impone nuevos requisitos de presentación de información a las empresas que operan en la UE. En particular, introduce la obligación de informar sobre la política de diversidad (que abarca la discapacidad) aplicada por la empresa a sus órganos de administración, dirección y supervisión10.
1.4 Políticas y legislación nacionales
Los veintisiete Estados miembros de la UE cuentan con leyes nacionales y regionales por las que se transpone y aplica la Directiva relativa a la igualdad de trato en el empleo, lo que también significa que los empleadores están obligados a realizar ajustes razonables en todos esos países. Sin embargo, algunos países solo utilizan definiciones amplias de lo que se considera un ajuste razonable y de lo que puede considerarse una carga desproporcionada.
En la mayoría de los países hay disponibles ayudas, subvenciones y apoyo logístico para cubrir los costes de los ajustes razonables, al igual que apoyo a la planificación y la ejecución.
En once países de la UE también hay disponibles desgravaciones fiscales para los empleadores que contratan a trabajadores con discapacidad en el mercado laboral abierto, y trece ofrecen reducciones de las cotizaciones a la seguridad social o al seguro de enfermedad pagadas por los empleadores. La mayoría de los países ofrecen subsidios salariales para fomentar el empleo de las personas con discapacidad, y su utilización ha ido en aumento. El Foro Europeo de la Discapacidad ha cartografiado los países de la UE en los que se financian11 los costes de los ajustes razonables (véase más adelante).
La mayoría de los países han puesto en marcha iniciativas de sensibilización y han proporcionado información, asesoramiento y apoyo para el empleo de personas con discapacidad. En algunos países existen programas para facilitar el contacto entre solicitantes de empleo con discapacidad y posibles empleadores, así como premios para aquellos empleadores que demuestren el ejercicio de buenas prácticas. En ocasiones existe legislación nacional que exige a las organizaciones que designen a un gestor de asuntos relacionados con la discapacidad o a alguien responsable de apoyar a los empleados con discapacidad.
Si desea consultar más información sobre la situación de las personas con discapacidad en la UE, en el sitio web correspondiente de la Comisión Europea puede acceder a informes sobre la igualdad de trato en materia de discapacidad en los distintos países de la UE (véanse los informes que figuran en la página web del Conocimiento Europeo sobre Discapacidad)12. Estos informes han arrojado luz sobre las circunstancias a las que se enfrentan las personas con discapacidad en cada país, tanto dentro como fuera del mercado laboral, por lo que pueden servirle para ajustar sus estrategias de contratación y mantenimiento del empleo de personas con discapacidad. Estos esfuerzos proactivos por su parte —contemplar el empleo dentro del marco general de la vida de las personas con discapacidad— contribuirán a crear un mercado laboral más inclusivo que apuntale los principios de igualdad de oportunidades, condiciones de trabajo justas y protección e inclusión sociales (todos ellos aspectos recogidos en el pilar europeo de derechos sociales).
EU Member states that provide support for reasonable accomodation in the form of grant, tax subsidies or direct provision of equipment, ect.
| EU state members that provide it (24) |
| 1 | Ireland |
| 2 | Portugal |
| 3 | Netherlands |
| 4 | Belgium |
| 5 | Luxembourg |
| 6 | France |
| 7 | Spain |
| 8 | Denmark |
| 9 | Germany |
| 10 | Italy |
| 11 | Malta |
| 12 | Sweden |
| 13 | Finland |
| 14 | Estonia |
| 15 | Lithuania |
| 16 | Poland |
| 17 | Czechia |
| 18 | Austria |
| 19 | Slovenia |
| 20 | Croatia |
| 21 | Slovakia |
| 22 | Hungary |
| 23 | Romania |
| 24 | Bulgaria |
| EU state members that provide it to a limited extent (2) |
| 25 | Latvia |
| 26 | Greece |
| EU state members that do not provide (1) | |
| 27 | Cyprus |
1.5 El Tribunal de Justicia de la Unión Europea
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) tiene el cometido de dictaminar si el Derecho de la UE se está interpretando y aplicando correctamente en todos los países de la UE. Este cometido reviste una importancia crucial para la Directiva relativa a la igualdad de trato en el empleo, en particular para la obligación de realizar ajustes razonables, a fin de velar por que los órganos jurisdiccionales nacionales de toda la UE no apliquen las normas de diferentes maneras.
En su sentencia histórica HK Danmark, el TJUE sostuvo que los ajustes razonables, entendidos con referencia al artículo 2 de la CDPD, se definen de manera amplia haciendo alusión a «la eliminación de las barreras que dificultan la participación plena y efectiva de las personas discapacitadas en la vida profesional en igualdad de condiciones con los demás trabajadores». El concepto de «ajustes razonables» abarca no solo medidas materiales, sino también organizativas, que podrían incluir una alteración de la cadencia o el ritmo con el que se efectúa el trabajo. Así, una reducción del tiempo de trabajo podría constituir un ajuste razonable en el caso de que un menor número de horas permitiera a un trabajador seguir tomando parte en el empleo13.
Más recientemente, en su sentencia Ca Na Negreta, el TJUE aclaró que la Directiva relativa a la igualdad de trato en el empleo protege al trabajador del despido automático cuando a este le haya sobrevenido una discapacidad durante la relación laboral que le impida permanentemente ejecutar las tareas establecidas en su contrato de trabajo. El empleador está obligado a prever o mantener ajustes razonables para que el trabajador pueda conservar su empleo, y solo puede despedirle si puede demostrar que dichos ajustes supondrían una carga desproporcionada14.
Ser un empleador inclusivo es ventajoso para todos
CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES LEGALES Y ÉTICAS
Además de la Directiva relativa a la igualdad de trato en el empleo, muchos países tienen requisitos legales en materia de igualdad de oportunidades de empleo y no discriminación en beneficio de las personas con discapacidad15.
Al seleccionar y contratar activamente a personas con discapacidad, los empleadores garantizan el cumplimiento de estas obligaciones y dejan patente su compromiso con la responsabilidad social, los derechos humanos y las prácticas empresariales éticas.
INCLUSIÓN Y DIVERSIDAD
El empleo de personas con discapacidad es una señal de compromiso con una cultura inclusiva y diversa en el lugar de trabajo, lo que envía un mensaje firme de que la organización en cuestión valora la diversidad y se ha comprometido a facilitar la igualdad de oportunidades. Los lugares de trabajo que promueven la participación de los empleados pueden atraer a los mejores talentos disponibles.
ACCESO A UNA RESERVA DE TALENTOS DIVERSA
La contratación de personas con discapacidad permite acceder a una amplia gama de competencias, capacidades y perspectivas, especialmente en un contexto de escasez de mano de obra. Su experiencia puede aportar ideas frescas y enfoques creativos para superar los retos.
MAYOR COMPROMISO Y FIDELIDAD DE LOS EMPLEADOS
Los empleados con discapacidad manifiestan altos niveles de compromiso y fidelidad, y los empleados que trabajan en un entorno laboral inclusivo se sienten valorados y reconocidos. Esta situación, a su vez, contribuye a impulsar la implicación y la productividad del personal, reduce las tasas de rotación y promueve las relaciones positivas entre trabajadores en el seno de la organización.
EXPANSIÓN DE SU BASE DE CLIENTES Y SU ALCANCE EN EL MERCADO
Dar empleo a personas con discapacidad puede ayudar a las organizaciones a comprender y responder mejor a las necesidades de una base de clientes diversa. Esto puede traer consigo nuevas oportunidades de negocio, una mayor satisfacción de los clientes y un mayor alcance en el mercado. Es más probable que los clientes apoyen a las empresas que dan prioridad a la diversidad y la inclusión, lo que contribuye a una imagen de marca y una reputación positivas.
FOMENTO DE UNA CULTURA ORGANIZATIVA POSITIVA
Al contratar a personas con discapacidad, las organizaciones promueven una cultura organizativa positiva e inclusiva que contribuye al principio de igualdad entre todos los empleados, un sentimiento de comunidad, el trabajo en equipo y la moral de los trabajadores. Esta cultura positiva atrae y ayuda a retener a los mejores talentos, lo que se traduce en una mano de obra más comprometida y productiva.
2 Ajustes razonables: ¿qué implican?
2.1 Aspectos básicos
El objetivo de los ajustes razonables es permitir a las personas con discapacidad acceder al empleo, tomar parte en él o progresar profesionalmente, a fin de que los empleados con discapacidad puedan lograr los mismos resultados laborales y tener las mismas oportunidades que los empleados sin discapacidad, haciendo las cosas de manera ligeramente distinta.
En otras palabras, se entiende por ajustes razonables cualquier cambio introducido en un puesto de trabajo o en un entorno laboral que sea necesario para que un empleado con discapacidad pueda ejercer su actividad.
El derecho a ajustes razonables se extiende a todas las actividades relacionadas con el trabajo contempladas en el Derecho de la UE, desde el proceso de solicitud de empleo hasta la extinción de la relación laboral. También se extiende a los procesos de ascenso, a las condiciones de trabajo, a la formación y a los complementos salariales ofrecidos al personal.
¿Desde qué momento se aplica esta obligación?
Como empleador, su obligación de realizar ajustes razonables comienza a incumbirle desde el momento en que una persona con discapacidad necesita acceder a lugares o situaciones que actualmente son inaccesibles debido a obstáculos que, por ejemplo, pueden impedirle participar en una entrevista de trabajo o leer un anuncio de empleo.
Los empleados que no se hayan enfrentado hasta el momento a obstáculos significativos pueden desarrollar una discapacidad, por ejemplo, tras un accidente o una enfermedad, por lo que podrían requerir ajustes en el lugar de trabajo que no fueran necesarios con anterioridad.
Debe adoptar medidas proactivas para detectar y eliminar cualquier obstáculo que pueda existir en sus políticas o prácticas, o en el entorno físico de trabajo, a fin de ofrecer igualdad de acceso y oportunidades a las personas con discapacidad. Adoptar un enfoque basado en medidas universales de trabajo flexible para todos los trabajadores podría ser un buen comienzo. Podría ayudar a mantener el empleo no solo de las personas con discapacidad, sino también de otros empleados, como los trabajadores de más edad.
Recuerde que deben llevarse a cabo ajustes razonables en todas las fases del empleo, a saber, la contratación, el mantenimiento de los trabajadores en el empleo y la progresión profesional.
Las presentes directrices explican cómo el empleador puede garantizar que las medidas tomadas para adaptarse a las personas con discapacidad sean suficientes, eficaces y prácticas, y que se ajusten a las necesidades específicas de cada empleado.
- Proceso de contratación inclusivo
Garantizar que el proceso de contratación sea inclusivo y accesible para los candidatos con discapacidad, entre otras cosas, mediante el apoyo a la comunicación. - Formación y promoción profesional inclusivas
Garantizar que prevé ajustes razonables no solo para el desempeño de un trabajo concreto, sino también para que las personas con discapacidad puedan beneficiarse del proceso de promoción profesional y de la formación. - Instalación de tecnologías de apoyo
Hacer hincapié en la igualdad de acceso, en la línea de la Directiva relativa a la igualdad de trato en el empleo, introduciendo tecnologías de apoyo tales como lectores de pantalla o software de reconocimiento de la voz para que las personas con discapacidad puedan desempeñar sus tareas con eficiencia. - Garantía de la accesibilidad digital
Tener en cuenta que no todo el mundo puede manejar con facilidad sistemas, plataformas y programas informáticos convencionales. Dichas herramientas deben evaluarse y adaptarse para garantizar que sean inclusivas y accesibles para todos. - Promoción de una comunicación accesible
Establecer canales de comunicación accesibles, como servicios de subtitulado durante las reuniones o dispositivos de escucha asistida, o facilitar intérpretes de lengua de signos para los usuarios de esta lengua, promoviendo así un diálogo inclusivo en el lugar de trabajo, tal como se indica en la Directiva relativa a la igualdad de trato en el empleo. - Garantía de la accesibilidad física
Garantizar que los lugares de trabajo sean físicamente accesibles para las personas con discapacidad, entre otras cosas, con rampas, ascensores, aseos accesibles y otras instalaciones y equipos adaptados. - Fomento de fórmulas de trabajo flexible
Crear un entorno en el que las fórmulas de trabajo flexible permitan a los empleados con discapacidad trabajar y gestionar sus propias condiciones. Estos ajustes deben promover la igualdad de oportunidades, capacitando a los empleados con discapacidad para que demuestren sus habilidades y desempeñen con eficacia sus funciones en el trabajo. - Sensibilización acerca del estigma
Sensibilizar sobre la estigmatización y los prejuicios asociados a la discapacidad y adoptar medidas para combatirlos en el lugar de trabajo. - Colaboración con organizaciones de la sociedad
civil
Colaborar estrechamente con las personas con discapacidad y sus organizaciones representantes para aprovechar sus conocimientos, experiencia y recursos. - Fomento de las redes de apoyo
Crear programas de mentoría o grupos de apoyo entre iguales para facilitar la inclusión social y profesional de los empleados con discapacidad, incorporando la esencia de la Directiva relativa a la igualdad de trato en el empleo de promover un acceso equitativo para todos.
Estas medidas no deben suponer una carga excesiva para su organización, teniendo en cuenta su tamaño y capacidad financiera y los diversos costes en los que puede incurrir, tanto financieros como no financieros. Puede ser conveniente explorar opciones para obtener financiación pública u otros tipos de ayuda a la hora de aplicar las medidas necesarias. Para consultar más detalles, véase la sección «Apoyo financiero» de las presentes directrices.
2.2 Cinco métodos de ajuste razonable
Existen métodos complementarios para realizar ajustes razonables en el lugar de trabajo en un breve período de tiempo. Para obtener más información sobre países concretos, consulte el informe del EDE titulado Striving for an inclusive labour market16.
Existen métodos complementarios para realizar ajustes razonables en el lugar de trabajo en un breve período de tiempo. Para obtener más información sobre países concretos, consulte el informe del EDE titulado Striving for an inclusive labour market, o el documento de reflexión de Equinet en el que se enumeran prácticas jurisprudenciales nacionales específicas, además de incluirse un anexo de casos individuales de personas con discapacidad17.
Facilitación de tecnología de apoyo
Puede ayudar a los empleados que se enfrentan a obstáculos en su trabajo proporcionándoles tecnología de apoyo, como un programa informático para ampliar el texto junto con una pantalla grande especial, o dispositivos de escucha asistida para la conexión con teléfonos. Es conveniente comprobar, por ejemplo, consultando a las autoridades locales, si hay financiación disponible para ayudar a cubrir los costes de diversos productos de apoyo y soluciones informáticas.
Los ajustes razonables van más allá de hacer accesible el lugar de trabajo, por ejemplo, facilitando el acceso a los escritorios, los aseos y las salidas. Garantizar que una persona con discapacidad pueda acceder a su puesto de trabajo o al comedor, por ejemplo, puede requerir algunos ajustes (como modificar las puertas, trasladar al personal a distintas salas, desplazar o reemplazar mobiliario o instalar rampas), pero también debe asegurarse de que se realizan los ajustes adecuados para que los miembros del personal con discapacidad estén debidamente equipados para desempeñar las tareas que se les haya asignado.
Asistencia personal
Los servicios de asistencia personal podrían ser útiles para ayudar a las personas con discapacidad a que comprendan, organicen y lleven a cabo sus tareas, por ejemplo, acompañándolas en el trabajo o realizando una evaluación individualizada a fin de adaptar un proceso de contratación, la formación o determinadas tareas. Las evaluaciones individualizadas se centran en las fortalezas y las necesidades del empleado en particular que se enfrenta a algún obstáculo. A continuación, el empleador puede evaluar los ámbitos en los que el empleado cuenta con mayor potencial. Numerosos sitios web ofrecen acceso a asistentes personales para empleadores, oficinas de empleo y particulares.
Ajuste del espacio de trabajo
(incluido el de teletrabajo)
El apoyo al empleo para los trabajadores con discapacidad conlleva ajustar el espacio de trabajo, lo que puede referirse a todo un abanico de medidas, desde ajustar el mobiliario, los equipos y las instalaciones de las oficinas o del establecimiento en general, hasta realizar cambios arquitectónicos que favorezcan la inclusión y la accesibilidad, pasando por ofrecer un espacio tranquilo, un espacio de trabajo individual o la posibilidad de teletrabajar. Tanto los empleadores del sector público como los del sector privado pueden ofrecer la opción de teletrabajar como una forma de ajuste razonable. De esta forma, los usuarios de sillas de ruedas con una discapacidad física grave o las personas con una deficiencia visual, por ejemplo, pueden acceder a su puesto de trabajo gracias a una combinación de ajustes razonables. Puede que sea necesario instalar equipos informáticos especializados o un escritorio en el domicilio de la persona en cuestión en lugar de en una oficina, por ejemplo, sobre todo si esta no puede utilizar el transporte público. Los equipos informáticos deben ser accesibles e incluir canales de comunicación accesibles también (como sistemas de reconocimiento de voz durante las reuniones virtuales).
Sin embargo, es importante no imponer el teletrabajo, sino ofrecerlo como una opción. Trabajar desde casa puede afectar a la capacidad de una persona de obtener reconocimiento por su trabajo y de lograr un ascenso. Puede acentuar la soledad y el aislamiento, además de generar costes adicionales (por ejemplo, energéticos) para el empleado. Por ello, es aconsejable llevar a cabo una evaluación previa del riesgo (que incluya los riesgos psicosociales).
Horario de trabajo flexible
La adaptación de la jornada laboral no conlleva herramientas especiales ni adaptaciones físicas, ni requiere subvenciones públicas. El único requisito en este caso es modificar el horario de trabajo. Es posible que los trabajadores con discapacidad necesiten una pausa para el almuerzo más larga que la mayoría de sus compañeros o que prefieran entrar a trabajar antes o quedarse hasta más tarde para aprovechar aquellos ratos en los que el lugar de trabajo está más tranquilo, a fin de reducir la sobrecarga sensorial.
La institucionalización de las fórmulas de trabajo flexible es esencial para promover una cultura de inclusión. Este método no debe quedar a discreción de cada directivo, sino que debe incorporarse a las políticas organizativas, garantizando un enfoque estructurado de los ajustes razonables. De este modo, la seguridad laboral y la estabilidad financiera de las personas con discapacidad no se ven afectadas, al tiempo que se reconocen y atienden sus necesidades especiales.
Organización flexible de las tareas
La reorganización de las tareas en el lugar de trabajo (lo que se conoce como «personalización del puesto de trabajo») puede formar parte de una estrategia de empleo con apoyo que permita a las personas aceptar un puesto de trabajo pese a los obstáculos con los que puedan toparse. Esta reorganización podría comenzar a aplicarse durante un período inicial del empleo e ir acompañada de evaluaciones individualizadas. Los ajustes razonables a través de la personalización del puesto de trabajo consisten en intercambiar funciones o tareas especializadas entre puestos de trabajo para aprovechar al máximo las capacidades específicas de una persona con discapacidad, de modo que esta pueda desempeñar aquellas tareas para las que esté mejor capacitada o en las que obtenga mejores resultados. Por ejemplo, una persona con discapacidad intelectual que no pueda gestionar pagos puede trabajar aun así en una tienda o mercado atendiendo a los clientes y presentándoles sus productos.
Además de realizar ajustes organizativos, es importante que los directivos y los compañeros de trabajo muestren una actitud receptiva hacia sus compañeros con discapacidad. Para ello, los compañeros deben comprender que se han introducido fórmulas especiales a fin de facilitar el trabajo de las personas con discapacidad, no para concederles privilegios adicionales. Cuando las personas con discapacidad se sienten cómodas y socialmente incluidas en el lugar de trabajo, más allá de unos simples ajustes logísticos, es probable que desempeñen sus tareas con mayor eficacia y que se sientan parte integrante del equipo.
2.3 ¿Qué no se considera un ajuste razonable?
Es posible que algunas prácticas o cambios se consideren erróneamente ajustes razonables, pero que no cumplan necesariamente los requisitos de la Directiva relativa a la igualdad de trato en el empleo o de la Convención de las Naciones Unidas. Los ajustes razonables no son lo mismo que la accesibilidad. La Observación General sobre la accesibilidad del Comité sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad especifica que la accesibilidad se relaciona con grupos de personas, mientras que los ajustes razonables se refieren a casos individuales18.
También aclara que la accesibilidad es una condición previa, mientras que los ajustes razonables se introducen a posteriori, como una manera de superar los obstáculos persistentes y de responder a las necesidades de cada individuo19. La accesibilidad, en determinadas circunstancias, también puede ser un componente de los ajustes razonables. Además, cuando la accesibilidad ya se ha implantado, los ajustes razonables en lo que se refiere a dispositivos técnicos resultan mucho más sencillos y económicos.
i) Ajustes mínimos con escaso impacto
La realización de pequeños cambios en el lugar de trabajo puede que no baste para cumplir los requisitos de los ajustes razonables. Por sí solos, ajustes tales como activar un tamaño de fuente mayor en una pantalla de ordenador o designar a un tutor para que ayude a un empleado con discapacidad, si bien son útiles, podrían no abordar adecuadamente todos los obstáculos a los que se enfrenta un empleado a la hora de ejecutar sus tareas o progresar en su carrera profesional. Es preciso que diseñe a medida los ajustes razonables a fin de satisfacer los requisitos específicos de sus empleados, de forma que les permitan participar plenamente en el lugar de trabajo.
ii) Ajustes que no responden a las necesidades manifestadas
Cuando un empleador ofrece un servicio que no se ajusta a las necesidades expresadas por la persona con discapacidad, esta acción no se considera un ajuste razonable con arreglo a la CDPD. Por sí solos, ajustes tales como facilitar a un empleado sordo subtítulos opcionales durante las reuniones, en lugar de los servicios de interpretación solicitados en la lengua de signos nacional, no responden adecuadamente a los retos a los que se enfrenta un empleado sordo en el desempeño de su trabajo.
iii) Soluciones temporales
Tal vez se pregunte si ofrecer soluciones temporales o a corto plazo puede considerarse un ajuste razonable, por ejemplo, permitir que un empleado con movilidad reducida trabaje desde casa durante un breve período o concederle permisos intermitentes. Si bien las medidas temporales pueden ser adecuadas en determinadas situaciones, puede que no basten para satisfacer las necesidades a largo plazo del empleado, por lo que casi con toda seguridad deberá estudiar ajustes de carácter más permanente. En otras palabras, las medidas y procesos de ajuste razonable deben integrarse en los procedimientos del lugar de trabajo.
iv) Prácticas de segregación o exclusión
Es posible que un empleador piense que segregar a los empleados con discapacidad es una forma de ajuste razonable, como por ejemplo ubicarlos en lugares de trabajo distintos o limitar sus interacciones con sus compañeros. En ocasiones puede ser útil, por ejemplo, cuando a un empleado le resulte mucho más fácil concentrarse y trabajar lejos de otras personas. Sin embargo, es preciso ser precavido al diseñar esta clase de soluciones. Los empleados con discapacidad necesitan interactuar con sus compañeros. Ajustar el entorno de trabajo en detrimento de esta necesidad y, en general, de las preferencias y capacidades individuales de los empleados con discapacidad no constituiría un ajuste razonable, sino que perpetuaría la estigmatización, obstaculizaría las oportunidades de desarrollo profesional de dichos empleados y perjudicaría a su inclusión en el lugar de trabajo. En otras palabras, sería un caso de segregación. Los ajustes razonables tienen por objeto facilitar la participación igualitaria y la inclusión, y no aislar a las personas por su discapacidad.
v) No permitir el uso de prótesis y aparatos ortopédicos
Las prótesis y los aparatos ortopédicos son productos médicos de uso personal que corrigen, mejoran o sustituyen una parte o función del cuerpo, como las prótesis o implantes auditivos, los brazos o piernas ortopédicos, las sillas de ruedas y las gafas. En ocasiones, una Administración pública decide que algunos de estos aparatos (principalmente las prótesis o implantes auditivos) no pueden utilizarse durante los exámenes de oposición de la función pública a menos que una persona con discapacidad haya solicitado «ajustes razonables». Esta prohibición pasa por alto el hecho de que estos dispositivos (como las gafas, los implantes y las sillas de ruedas) no constituyen medidas de accesibilidad ni ajustes razonables, sino que son indisociables de la persona e inherentes a ella. Los empleadores deben ser conscientes de ello y considerar la posibilidad de permitir su uso durante los procesos de contratación.
3 Eliminemos los obstáculos al talento: la adopción de un enfoque moderno de la discapacidad
En toda Europa, nuestra actitud hacia la discapacidad y las personas que la sufren ha ido evolucionando con el tiempo. Adoptar un enfoque inclusivo centrado en las personas y ayudarlas a superar los obstáculos a los que se enfrentan, en lugar de centrarse en sus deficiencias, es clave para introducir ajustes eficaces en su lugar de trabajo con el objetivo de ayudar a todos sus empleados a prosperar en un entorno productivo en el que se apoyen entre sí.
Céntrese en el talento, los méritos, las competencias y las capacidades de las personas con discapacidad, como lo haría en el caso de los empleados sin discapacidad.
Si una discapacidad afecta a una persona en el trabajo, pregúntele qué estrategias utiliza en el día a día fuera del trabajo para hacer frente a los obstáculos a los que se enfrenta. Tal vez sea posible aplicar algunas de esas estrategias en el lugar de trabajo.
Es conveniente que diseñe los ajustes centrándose en las personas, teniendo en cuenta los requisitos, dificultades y fortalezas específicos de personas con discapacidades distintas. Un diálogo abierto y respetuoso con sus empleados puede ayudarle a determinar y comprender sus requisitos especiales.
Póngase en contacto con los sindicatos de su lugar de trabajo para estudiar soluciones de ajuste razonable a través de la negociación colectiva.
Realizar ajustes razonables va más allá de cumplir la ley. En el contexto del empleo, el enfoque ideal de la discapacidad debería ser:
- centrado en las personas,
- holístico y
- biopsicosocial,
y debería incorporar los conceptos de:
- inclusión,
- bienestar,
- empoderamiento,
- accesibilidad, así como
- el reconocimiento de distintos tipos de discapacidad.
¿Qué implica un enfoque biopsicosocial?
El enfoque biopsicosocial reconoce que la discapacidad no solo afecta a meros factores biológicos, que es algo más que una enfermedad o deficiencia, mental o física, que afecta a la persona en cuestión; en su lugar, concierne a una combinación de factores biológicos, psicológicos y sociales, y sitúa a la persona en el centro del proceso de ajuste razonable, atendiendo a sus necesidades, preferencias y fortalezas particulares.
El modelo biopsicosocial reconoce que la discapacidad es multidimensional. Si bien tiene en cuenta las deficiencias y afecciones crónicas de una persona, también toma en consideración los aspectos psicológicos (factores cognitivos y emocionales) y sociales (relacionados con las barreras sociales, las actitudes y la inclusión) que determinan en su conjunto la forma en que una persona experimenta su discapacidad.
El aspecto centrado en las personas de este enfoque presta atención a las necesidades, preferencias y fortalezas únicas de cada individuo, y reconoce que cada persona con discapacidad, pese a enfrentarse a retos particulares, cuenta con sus propias capacidades. No existe un único enfoque válido para todos. Si entabla conversaciones significativas con sus empleados, podrá entender mejor sus circunstancias específicas y adaptar sus ajustes en consecuencia. Este enfoque individualizado promueve un sentimiento de pertenencia, dignidad y respeto, lo cual se traduce en una mayor satisfacción y eficacia del proceso de ajuste.
3.1 Consideración de una amplia variedad de discapacidades
Al tomar en consideración los distintos tipos de discapacidad descritos en la CDPD y adoptar un enfoque integral y centrado en las personas respecto de los ajustes, puede crear un entorno de trabajo inclusivo que brinde igualdad de oportunidades al personal con discapacidad física, sensorial, intelectual o psicosocial, así como al personal de más edad.
Discapacidades físicas
Existe una amplio abanico de dolencias que pueden afectar a la movilidad, la destreza o el funcionamiento físico de una persona, como es el caso de las lesiones de médula espinal, la distrofia muscular y la pérdida de una extremidad.
Es preciso que garantice la accesibilidad física en el lugar de trabajo, lo que incluye la instalación de rampas, pasamanos, pasillos anchos y señalizados, ascensores y aseos accesibles. Los ajustes razonables podrán consistir en escritorios o puestos de trabajo regulables, productos de apoyo, equipos modificados y plazas de aparcamiento accesibles.
Discapacidades sensoriales
Las deficiencias visuales pueden abarcar desde la baja visión hasta la ceguera completa, mientras que las deficiencias auditivas pueden variar desde la pérdida parcial de audición hasta la sordera. Entre las personas con discapacidad auditiva, algunas se comunican en una lengua hablada y otras en una lengua de signos.
Puede proporcionar escritorios y sillas regulables, lectores de pantalla, materiales en braille, sistemas de reconocimiento de voz, opciones de subtitulado e intérpretes de lengua de signos para quienes se comunican en una lengua de signos, o dispositivos de escucha asistida para quienes se comunican en una lengua hablada. Para propiciar la comunicación, tal vez sea necesario disponer de documentos accesibles o en formatos alternativos. Celebre las reuniones en espacios accesibles y facilite los materiales de la reunión en formatos accesibles, por ejemplo en braille o en una versión electrónica legible por lectores de pantalla.
Discapacidades intelectuales
Entre ellas se incluyen las limitaciones del funcionamiento cognitivo y de las capacidades de adaptación. Las personas con discapacidad intelectual pueden necesitar apoyo adicional para comprender y llevar a cabo sus tareas en el trabajo.
Debe facilitarles instrucciones claras, materiales simplificados y formación. Los ajustes pueden consistir en la modificación de procesos de trabajo, el desglose de tareas complejas, la concesión de más tiempo para realizar las tareas, la facilitación de material visual y el apoyo de orientadores laborales o tutores.
Discapacidades psicosociales
Algunas enfermedades mentales pueden afectar al bienestar emocional y a la funcionalidad de una persona en el día a día, como es el caso de la depresión, los trastornos de ansiedad, el trastorno bipolar y el trastorno de estrés postraumático.
Debe crear un entorno de trabajo comprensivo y libre de estigmas que deje flexibilidad en la planificación y promueva la formación y la sensibilización en materia de salud mental. Los ajustes razonables pueden consistir en la modificación del horario de trabajo, asesoramiento, ajustes en el lugar de trabajo para reducir el estrés o la asignación de un espacio tranquilo.
La accesibilidad es uno de los aspectos clave para garantizar unos ajustes razonables. Abarca tanto la accesibilidad física como la digital, la de los productos y servicios20, y la comunicación. Al garantizarla, los empleadores ponen de manifiesto su compromiso con la creación de lugares de trabajo inclusivos.
Al tomar en consideración los diversos tipos de discapacidad descritos en la CDPD y adoptar un enfoque integral y centrado en las personas respecto de los ajustes, los empleadores pueden crear entornos de trabajo inclusivos que brinden igualdad de oportunidades al personal con discapacidad física, sensorial, intelectual o psicosocial.
3.2 Apoyo al personal de más edad
Al expandir los principios de los ajustes razonables para tener en cuenta las necesidades del personal de más edad, puede partir de la base de un entorno de trabajo inclusivo. Aprovechar las oportunidades que surjan para mejorar la ergonomía, así como ofrecer horarios de trabajo flexibles, opciones de jubilación gradual y formación continua para el desarrollo de capacidades, puede resultar beneficioso para los empleados de más edad, al tiempo que transforma el lugar de trabajo en un espacio más adaptable y resiliente para todos. Este enfoque multigeneracional se ajusta a los objetivos más generales de sostenibilidad social, pues garantiza que el lugar de trabajo sea un espacio diverso, inclusivo y productivo.
Es habitual, pero con frecuencia erróneo, asumir que la discapacidad de las personas de más edad es meramente el resultado del proceso de envejecimiento, y es esencial poner en duda esta afirmación. Debe procurar diferenciar entre los cambios propios del envejecimiento y una discapacidad determinada que pueda requerir apoyo y ajustes específicos. Cuando la discapacidad en la vejez no se reconoce adecuadamente, los obstáculos a la accesibilidad podrían pasar en ocasiones inadvertidos, lo que puede impedir que las personas mayores con discapacidad accedan plenamente a las oportunidades de empleo.
Como empleador, puede crear entornos favorables implantando horarios flexibles, opciones para trabajar a distancia, espacios de trabajo de diseño ergonómico y oportunidades de aprendizaje continuo adaptadas a las necesidades de las personas mayores, especialmente aquellas con discapacidad. De este modo, no solo enriquecerá su cultura organizativa, sino que además reforzará su ventaja competitiva en el mercado como se enumera a continuación.
- Experiencia y conocimientos especializados
Las personas mayores han acumulado años de experiencia y poseen un rico repositorio de conocimientos. Sus puntos de vista, acuñados durante décadas, pueden ser de valor inestimable en los puestos que impliquen tomar decisiones, solucionar problemas, tutorizar a empleados jóvenes y relacionarse con el cliente. - Diversidad e innovación
Una mano de obra diversa, que abarque a empleados de edades muy distintas, promueve una gran variedad de perspectivas, lo cual es clave para la innovación. La diversidad de experiencias vitales y puntos de vista puede enriquecer el pensamiento colectivo y propiciar soluciones creativas. - Eficiencia en cuanto a costes
Al ofrecer horarios flexibles u opciones para trabajar a distancia, las empresas pueden retener los conocimientos especializados de valor inestimable de los trabajadores de más edad a un coste posiblemente más reducido en comparación con las fórmulas tradicionales de trabajo presencial. - Imagen del empleador
El reconocimiento como empleador sensible a las necesidades de los trabajadores de más edad puede mejorar su imagen de marca. Demuestra un compromiso con la inclusión y la responsabilidad social, lo cual puede atraer a una reserva de talentos más amplia y causar una buena impresión a los consumidores. - Cumplimiento de la legislación y mitigación
del riesgo
La aplicación de políticas de inclusión y de ajustes razonables demuestra el cumplimiento de las normas jurídicas y previene riesgos asociados a la pérdida de personal directivo o de conocimientos especializados.
3.3 Contratación de personal con discapacidad aplicando ajustes razonables: ¿qué beneficios cabe esperar?
El personal se siente apoyado y valorado
Promover los ajustes razonables como un derecho puede contribuir a crear un lugar de trabajo más inclusivo, diverso y comprensivo, así como una cultura de equidad e igualdad de oportunidades. Esto envía un mensaje claro de que se apoya y se valora al personal con discapacidad, y de que quienes se enfrentan a obstáculos pueden sentirse cómodos siendo ellos mismos en el trabajo. Puede incluso que, gracias a ello, aumente el número de solicitudes de empleo si más personas con discapacidad se sienten animadas a postularse.
El apoyo adecuado da pie a una mayor permanencia
Los empleados que se benefician de ajustes adecuados tienen más probabilidades de sentirse apoyados, valorados y capacitados para dar lo mejor de sí en el trabajo. Esto, a su vez, puede mejorar la satisfacción laboral, la fidelidad y las tasas de permanencia generales dentro de la organización.
Mayor eficiencia y productividad
Cuando los empleados cuentan con los ajustes que necesitan para superar las barreras ligadas a su discapacidad, pueden desempeñar sus tareas con mayor eficacia y eficiencia; la optimización de sus condiciones de trabajo les permite aprovechar plenamente sus capacidades y competencias y mejorar, de este modo, su productividad y los resultados de su rendimiento. El Foro Europeo de la Discapacidad dedicó su séptimo informe europeo sobre derechos humanos al derecho a trabajar de las personas con discapacidad. En él cita las conclusiones de otros informes sobre la productividad de las personas con discapacidad. Por ejemplo, un estudio realizado entre gestores de recursos humanos constató que el 72 % de los empleados con discapacidad a los que se garantizan ajustes razonables obtienen un rendimiento que se califica de medio, superior a la media o excelente21.
Beneficios económicos para las empresas inclusivas
Un estudio del Foro Económico Mundial reveló que, en el período de cuatro años analizado, las empresas más inclusivas lograron unos ingresos un 28 % superiores a los de las empresas menos inclusivas, el doble de ingresos netos y unos márgenes de beneficio un 30 % más elevados22.
Mejora de la reputación de la organización
La promoción de los ajustes razonables como un derecho pone de manifiesto el compromiso de una organización con la diversidad, la inclusión y el cumplimiento de sus obligaciones legales. Este compromiso mejora la reputación de la organización tanto a nivel interno como externo, lo que ayuda a atraer a los mejores talentos y a mantener relaciones positivas con los clientes y las partes interesadas, al tiempo que atribuye al empleador un carácter socialmente responsable e inclusivo.
Cultura positiva en el lugar de trabajo y mano de obra sostenible
Una cultura positiva en el lugar de trabajo ayuda a acabar con el estigma y los prejuicios asociados a la discapacidad, y fomenta el respeto y la comprensión. También pueden realizarse ajustes en beneficio del personal que de más edad, teniendo en cuenta los obstáculos específicos que se deriven de una discapacidad y diferenciándolos de los cambios asociados al envejecimiento que estén experimentando los trabajadores de más edad. Esta cultura inclusiva es beneficiosa para todo el personal y ayuda a crear un entorno en el que se celebre la diversidad y todos se sientan valorados y apoyados.
3.4 Cómo aumentar la sensibilización
Cada vez son más los empleadores que reconocen y comprenden los beneficios potenciales de los ajustes razonables y los promueven activamente como práctica habitual.
Hay varias maneras de aumentar la sensibilización en el seno de su organización o empresa sobre la importancia y los beneficios de los ajustes razonables.
• Formación y talleres
Las sesiones de formación y los talleres sobre sensibilización en materia de discapacidad y ajustes razonables (impartidos por el departamento de recursos humanos de su organización, por ejemplo) pueden instruir al personal directivo y a otros trabajadores acerca de los derechos de los empleados con discapacidad, los beneficios de realizar ajustes y las mejores prácticas para llevarlos a cabo. Durante los talleres interactivos, los participantes pueden analizar los retos y las oportunidades que se les presenten debatiendo diferentes estudios de casos y escenarios.
• Campañas de comunicación
Las campañas de sensibilización pueden servir para destacar la importancia de los ajustes razonables y fomentar una cultura de inclusión. Puede utilizar los boletines internos, páginas de la intranet y la señalización digital para compartir información, historias de éxito y testimonios de empleados que se hayan beneficiado de ajustes, no solo para aumentar la sensibilización, sino también para desmontar ideas erróneas y promover actitudes positivas hacia los ajustes razonables.
• Liderazgo, compromiso y defensa
Es aconsejable que los dirigentes, ejecutivos y directivos ayuden a defender la causa de los ajustes razonables. Si usted ocupa un puesto de liderazgo y puede demostrar su compromiso, marcará la pauta desde arriba y alentará una adopción y aceptación más amplia de este enfoque dentro de su organización.
• Colaboración con organizaciones de personas con discapacidad
Las asociaciones con organizaciones de personas con discapacidad, grupos de defensa de sus intereses o expertos externos en este ámbito pueden aportar conocimientos especializados y orientaciones adicionales. Sus conocimientos y recursos pueden mejorar la comprensión por parte de su organización de los ajustes razonables y de las experiencias de los empleados con discapacidad, lo que dará pie a ideas y enfoques nuevos.
• Evaluación y mejora continua
Es conveniente que recabe las opiniones de los empleados, del personal de recursos humanos y de los directivos para localizar ámbitos susceptibles de mejora, hacer frente a los retos y celebrar los éxitos. El seguimiento y la evaluación continuos pueden ayudar a su organización a perfeccionar su enfoque, lo que hará que aumente la sensibilización del personal y maximizará los beneficios de los ajustes razonables.
El modelo de «revelación optativa»
El modelo de «revelación optativa» reconoce el derecho de una persona a decidir si revelar o no su discapacidad. Permite a las personas hablar sobre los ajustes razonables cuando estén preparadas para ello y dispuestas a hacerlo.
Esto significa que una persona con discapacidad puede mantener el control de su información personal.
Este enfoque respeta la autonomía individual y permite a las personas compartir su condición de persona con discapacidad y hablar sobre los ajustes que necesitan (que pueden conllevar un proceso de ajuste flexible) a su propio ritmo.
El respeto de esta decisión individual promueve la privacidad y la confidencialidad, pues garantiza que los datos personales sensibles se compartan únicamente con las personas pertinentes, como el personal de RR. HH. o los supervisores, lo que contribuye a mantener un espacio seguro para entablar conversaciones abiertas y francas.
Al crear un entorno en el que las personas no se vean obligadas a revelar su discapacidad, este modelo puede reducir el estigma y el riesgo de trato discriminatorio, de modo que el trabajo realizado por el personal que se enfrenta a obstáculos pueda evaluarse en función de las capacidades, competencias y resultados de la persona en cuestión, y no de su discapacidad.
3.5 Asignación de ajustes razonables
Puede dar con una solución sostenible para el personal con discapacidad mediante un proceso bien organizado de asignación de ajustes razonables. Los ajustes que se ofrezcan deben ser eficaces y eficientes y diseñarse a medida de la persona en cuestión. Las soluciones facilitadas deben ser sostenibles a lo largo del tiempo. Es posible que necesite llevar a cabo evaluaciones exhaustivas para los empleados con discapacidad, teniendo en cuenta el asesoramiento de expertos cuando esté disponible, y es conveniente que haga partícipes a sus empleados del proceso de toma de decisiones. Su objetivo debe ser dar con ajustes que respondan a las necesidades inmediatas de aquellos empleados que, sin dichos ajustes, se enfrentarían a obstáculos en su trabajo, atendiendo también a la sostenibilidad a largo plazo.
El proceso de asignación de ajustes razonables se rige por las obligaciones legales y la legislación contra la discriminación. Si no está seguro de cuáles son los requisitos exactamente, debe consultar a su Administración local o a su organización patronal, que podrían ayudarle a localizar las leyes correspondientes. El cumplimiento de la legislación protege los derechos de los empleados con discapacidad y reduce el riesgo de litigios o denuncias de discriminación, al tiempo que crea y mantiene un entorno de trabajo justo y equitativo.
La negociación colectiva y el diálogo social entre empleadores y sindicatos desempeña un importante papel en la negociación y aplicación de medidas de ajuste razonable en el lugar de trabajo para las personas con discapacidad. A través de estos debates colaborativos, los sindicatos se convierten en enérgicos defensores de los trabajadores con discapacidad y aprovechan su fuerza colectiva para ejercer su influencia y garantizar los ajustes necesarios. Al abordar necesidades específicas y fomentar un ambiente inclusivo, este diálogo refuerza el compromiso con la igualdad de oportunidades, haciendo del lugar de trabajo un espacio accesible para todos en el que se presta apoyo a cada persona.
3.6 Prácticas inclusivas en todas las fases del empleo
El empleo de personas con discapacidad es un proceso que comienza con la fase de contratación, abarca el mantenimiento del empleo e implica facilitar una progresión profesional sin trabas. En esta sección se exponen algunas medidas que los empleadores pueden adoptar en cada fase del empleo para fomentar un entorno de trabajo inclusivo.
I. Contratación
El empleo de mano de obra diversa comienza con un proceso de contratación inclusivo. Como empleador, es usted quien está al frente del proceso, mientras que las agencias de contratación y las autoridades públicas desempeñan funciones de apoyo.
Colaboración
- Colabore con agencias de contratación especializadas que tengan experiencia en la contratación de personas con discapacidad.
- Coopere con las autoridades públicas para obtener orientación y apoyo, a fin de asegurarse de que cumple los requisitos legales.
Accesibilidad
- Procure que los anuncios de empleo sean accesibles e inclusivos, proporcionando formatos o textos alternativos si es necesario.
- En el anuncio de empleo debe solicitarse a los candidatos que indiquen si tienen alguna necesidad específica o requieren algún tipo de ajuste para poder asistir a la entrevista.
- Diseñe el proceso de entrevista de forma que sea inclusivo y accesible, ofreciendo ajustes razonables como intérpretes de lengua de signos o espacios accesibles, dispositivos de escucha asistida o sistemas de reconocimiento de voz.
Sensibilización y formación
Organice programas de sensibilización y sesiones de formación para desmontar mitos y fomentar un ambiente de acogida para los candidatos con discapacidad. Para consultar más información sobre la organización de programas de formación, véase la sección «Facilitar la comunicación acerca de los ajustes razonables».
II. Mantenimiento del empleo
El mantenimiento del empleo es decisivo para crear un entorno laboral beneficioso. No se trata solo de mantener al personal en plantilla, sino también de garantizar su bienestar y productividad.
Ajustes razonables
- Ofrezca la realización de ajustes razonables sin demasiada demora.
- Cree lugares de trabajo inclusivos y accesibles y proporcione tecnología de apoyo.
- Facilite asistencia personal.
- Ofrezca horarios de trabajo flexibles y opciones para trabajar a distancia (si lo solicitan los empleados con discapacidad).
- Ajuste las obligaciones laborales para adecuarlas a las capacidades de las personas con discapacidad.
- Organice un transporte accesible.
- Utilice herramientas de comunicación accesibles.
- Ofrezca un programa de reincorporación al trabajo a aquellos empleados que tengan que dejar su puesto de trabajo para recuperarse de un accidente, una enfermedad u otra dolencia que pueda afectar a su capacidad para desempeñar sus funciones.
- Haga comprobaciones periódicas para conocer y atender las necesidades que vayan surgiendo.
Redes de apoyo
Fomente los grupos de apoyo entre iguales, por ejemplo, un grupo de recursos para empleados con discapacidad, y los programas de mentoría a fin de contribuir a la inclusión social y profesional de los empleados con discapacidad.
Aprendizaje y desarrollo continuos
Brinde oportunidades para el desarrollo de capacidades y la formación; asegúrese de que se ponen a disposición espacios y materiales didácticos accesibles y apropiados para su finalidad.
III. Progresión profesional
Promover una cultura de crecimiento y oportunidades para todos los empleados es esencial para crear un lugar de trabajo equitativo.
Evaluación del desempeño
- Garantice que las evaluaciones del desempeño sean justas, estén exentas de sesgos y se basen en las capacidades y los logros de cada persona.
- Fomente un diálogo abierto para conocer las aspiraciones y los objetivos profesionales de los empleados con discapacidad.
Oportunidades de ascenso
Fomente un proceso de ascenso transparente asegurándose de que todos los empleados, independientemente de su discapacidad, tengan acceso a oportunidades de promoción profesional. Si una persona posee las cualificaciones y la experiencia adecuadas para el puesto de trabajo y puede competir para lograr un ascenso, debe tenerse en cuenta cualquier ajuste razonable que pueda ser necesario.
Desarrollo de capacidades
Ofrezca programas de mentoría y de formación en materia de liderazgo a fin de preparar a los empleados con discapacidad para ocupar puestos de mayor responsabilidad.
Colaboración con socios externos
Colabore con grupos de defensa de los intereses de las personas con discapacidad y con servicios de readaptación profesional para obtener orientaciones sobre la facilitación de la progresión profesional.
La incorporación de ajustes razonables y de la inclusión en todas las fases del empleo no es un mero requisito legal; también contribuye de manera significativa a crear un entorno de trabajo armonioso y productivo. Los empleadores, en colaboración con socios externos, son agentes clave en la promoción de una cultura de accesibilidad, igualdad de oportunidades y crecimiento para todos los empleados, lo cual constituye una base sólida sobre la que crear una empresa progresista y socialmente responsable.
La contratación, el mantenimiento del empleo y la progresión profesional son parte del mismo proceso continuo de fomento de un entorno laboral inclusivo. En esta sección se ha ilustrado en qué medida están interconectadas estas fases del empleo. Las presentes directrices muestran un análisis exhaustivo de medidas con las que garantizar un entorno laboral comprensivo e inclusivo a lo largo de todo el ciclo del empleo.
3.7 Facilitar la comunicación acerca de los ajustes razonables
Existen varias estrategias para garantizar una comunicación eficaz cuando el personal solicita y recibe ajustes razonables.
Canales de comunicación claros, inclusivos y accesibles
Los empleados con discapacidad deben poder utilizar canales de comunicación que les permitan acceder fácilmente a información sobre el proceso de ajuste. Puede crear una dirección de correo electrónico específica, por ejemplo, junto con una línea telefónica de ayuda o una página web, a través de la cual el personal pueda presentar solicitudes de ajustes razonables y pedir aclaraciones si necesita hablar acerca de sus necesidades individuales. Debe facilitar la información pertinente en un lenguaje fácilmente comprensible y en múltiples formatos para maximizar la accesibilidad.
Políticas y procedimientos transparentes para los ajustes razonables
Puede asignar a un miembro del personal la supervisión de la diversidad y la inclusión. En colaboración con los miembros del personal con discapacidad, podría elaborar un documento de orientación o material de referencia sobre los ajustes razonables. Es importante implicar a las personas con discapacidad en el proceso de elaboración de dichas orientaciones, práctica que se ajustaría a los principios de inclusión y al enfoque de «nada sobre nosotros sin nosotros», adoptado por numerosas organizaciones de personas con discapacidad y asociado a la CDPD. Sus políticas y procedimientos deben describir claramente el proceso de ajuste y debe ponerse a disposición de todos los empleados, incluidos aquellos con discapacidad, los documentos pertinentes, de modo que tengan una idea clara de las etapas que conlleva. Asimismo, ha de indicarse claramente con qué personas o departamentos deben ponerse en contacto. Las políticas y orientaciones han de hacer hincapié en la confidencialidad y asegurar al personal que todas las solicitudes de ajustes que presenten se tramitarán con delicadeza y respetando su privacidad.
Mediación externa
Cuando una persona y un empleador no logren alcanzar fácilmente un acuerdo, puede ser conveniente solicitar asistencia a un mediador externo imparcial. Este puede ayudarle a negociar un acuerdo y a tomar una decisión aceptable para ambas partes sobre qué ajustes llevar a cabo.
Educación y formación para todos
Es aconsejable que las organizaciones impartan programas formativos o educativos para aumentar la sensibilización y dar a conocer mejor el proceso de ajuste razonable. Los propios empleados con discapacidad deben recibir formación, en caso necesario, para garantizar que entienden cómo seguir eficazmente el proceso. Es importante velar por que los miembros del personal con discapacidad conozcan sus derechos. Las organizaciones deben ser conscientes de que, según la CDPD, la discapacidad es un concepto que evoluciona y que resulta de la interacción entre las personas con deficiencias y las barreras debidas a la actitud y al entorno. No todos los tipos de discapacidad son visibles. El cambio de enfoque de la Convención con respecto a la discapacidad, que se aleja de un enfoque médico y basado en la beneficencia y adopta en su lugar uno basado en los derechos humanos, debe reflejarse en el proceso de ajuste razonable de la organización.
El personal de recursos humanos y toda persona que desempeñe alguna función en la coordinación de los ajustes razonables también necesitarán formación, entre otras cuestiones, sobre la legislación aplicable y las mejores prácticas en este ámbito, así como sobre la tramitación de las solicitudes con delicadeza. También debe impartirse formación a los jefes de equipo y a los directivos, quienes deben contribuir a mantener un entorno inclusivo y de apoyo en su departamento u organización, un lugar en el que a los empleados con discapacidad se les faciliten los ajustes que necesiten para superar los obstáculos a los que se enfrentan y para realizar su trabajo aprovechando todo su potencial, de manera que sus compañeros lo comprendan y lo respalden.
¿Quiénes pueden impartir formación?
- Expertos internos.
Si su organización cuenta con un Departamento de Diversidad e Inclusión o con expertos en derechos de las personas discapacidad y ajustes razonables, serían los candidatos idóneos para impartir la formación. - Asesores externos.
También es posible contratar a profesionales especializados en diversidad, inclusión y cumplimiento de la legislación en materia de discapacidad en el lugar de trabajo para que impartan la formación. - Agencias estatales.
Algunos países cuentan con organizaciones gubernamentales dedicadas a la diversidad y la inclusión en el lugar de trabajo. A menudo ofrecen recursos didácticos o incluso servicios de formación directos. - Organizaciones sin ánimo de lucro y grupos de
defensa de los intereses de las personas con
discapacidad.
Las organizaciones centradas en los derechos y la inclusión de las personas con discapacidad suelen prestar servicios de formación o recomendar a expertos en formación.
¿Cómo debe organizarse la formación?
- Evaluación de las necesidades.
Antes de impartirla, evalúe qué tipo de formación es necesaria, ya sea con fines de sensibilización general o de cumplimiento de la legislación, ya sea formación especializada para el personal directivo y de RR. HH. - Elaboración de un currículo.
A partir de la evaluación de las necesidades, elabore el currículo de formación, que puede incluir presentaciones, talleres, estudios de casos y sesiones interactivas. - Modalidad de formación.
Decida si la formación será presencial, en línea o híbrida. Escoja la modalidad que escoja, asegúrese de que sea inclusiva y accesible. - Calendario.
Planifique cuándo se celebrarán las sesiones de formación. Prográmelas cuando más personas puedan asistir. - Participación de las personas con discapacidad.
A ser posible, implique a las personas con discapacidad en la planificación e impartición de la formación a fin de garantizar que sea verdaderamente inclusiva. - Observaciones y evaluación.
Después de impartir la formación, recabe las observaciones de los participantes para evaluar su eficacia y los aspectos susceptibles de mejora. - Formación continua.
Estudie la posibilidad de hacer que la formación sea un proceso continuo, con actualizaciones periódicas para adaptarse a cualquier cambio en la legislación o las políticas internas. - Documentación.
Lleve un registro de quiénes han asistido a las sesiones de formación, cuándo se han impartido y qué materiales se han utilizado. Podría ser importante de cara al cumplimiento de la legislación y las evaluaciones internas posteriores.
Si es metódico a la hora de planificar e impartir la formación, podrá garantizar que cumpla eficazmente su propósito de promover un entorno más inclusivo.
Comunicación y consulta individualizadas
Cuando un empleado con discapacidad solicite ajustes razonables, debe entablarse un diálogo abierto y respetuoso con él. Se le debe dar la oportunidad de expresar sus necesidades y preocupaciones particulares en un entorno confidencial y comprensivo. Si es necesario concretar los detalles de los ajustes que necesita el empleado, este debe desempeñar un papel activo en el proceso de toma de decisiones y resolución de problemas en relación con los obstáculos a los que se enfrenta. En otras palabras, se debe escuchar su opinión y tener en cuenta sus perspectivas. Este enfoque promueve un sentimiento de apropiación e inclusión en el proceso. Tramite la solicitud lo antes posible.
Estos son los pasos que usted, como empleador, puede seguir para entablar un diálogo abierto con el empleado y hacerle partícipe activamente en la introducción de los ajustes razonables.
1. Formulación inicial de la necesidad
El empleado comunica que necesita un ajuste razonable sin revelar necesariamente la naturaleza específica de su discapacidad, a menos que se sienta cómodo para hacerlo.
El empleador confirma que ha recibido la solicitud y manifiesta su voluntad de debatir posibles soluciones. El diálogo inicial debe tener lugar sin demora.
2. Preparación del terreno
Confidencialidad. Confirme que la conversación será confidencial y que la información solo se compartirá con quienes necesiten conocerla.
Ambiente respetuoso. Cree un ambiente receptivo en el que el empleado pueda sentirse cómodo para hablar de sus necesidades con franqueza.
3. Necesidades y retos
El empleado describe las dificultades específicas a las que se enfrenta en el lugar de trabajo debido a su discapacidad.
El empleador formula preguntas abiertas para comprender mejor dichas dificultades, sin hacer suposiciones.
4. Ajustes propuestos
El empleado ofrece sugerencias de ajustes razonables con los que se podría hacer frente a esas dificultades.
El empleador responde con sugerencias o ajustes adicionales basados en la capacidad operativa de la organización.
5. Marco jurídico
El empleador explica los derechos legales del empleado y las obligaciones del propio empleador con arreglo a la legislación y las políticas aplicables.
El empleado confirma que lo entiende y formula preguntas en caso de necesitar una aclaración.
6. Coste y logística
El empleador plantea cualquier preocupación sobre el coste o la viabilidad de los ajustes propuestos.
El empleado ofrece alternativas o comparte información sobre la eficacia de ajustes similares en otros lugares.
7. CALENDARIO DE APLICACIÓN
El empleador indica un plazo razonable en el que se llevará a cabo el ajuste.
El empleado confirma el calendario o lo negocia en caso necesario.
8. SEGUIMIENTO Y REVISIÓN
Ambas partes acuerdan cómo evaluarán la eficacia del ajuste y cuándo volverán a reunirse para revisar sus resultados satisfactorios.
9. Documentación
El empleador resume por escrito los puntos clave del diálogo, los ajustes acordados y el calendario, y lo comparte con el empleado.
El empleado revisa la exactitud del
documento y le da su aprobación.
Este paso debe realizarse sin demora.
3.8 Facilitación de orientación
Es preciso facilitar orientaciones y asesoramiento para satisfacer las necesidades de los empleados con discapacidad, los directivos, el personal responsable de tramitar las solicitudes de ajustes, y los jefes de equipo o compañeros que vayan a dar la bienvenida a empleados con discapacidad a su departamento o equipo.
Al empleado con discapacidad
Si se enfrenta a algún obstáculo en el trabajo, se le deben facilitar recursos educativos y material de formación sobre sus derechos, los distintos ajustes razonables que están a su disposición y cualquier otro tipo de apoyo y orientación que se le pueda ofrecer. Puede ser remitido a redes de apoyo a personas con discapacidad, servicios especializados u otros recursos.
Es preciso que se establezcan canales para expresar sus necesidades, preocupaciones y observaciones, así como que se le den seguimiento para garantizar que los ajustes sean eficaces. En caso necesario, los ajustes deben readaptarse con el paso del tiempo.
A los empleados responsables de tramitar las solicitudes de ajustes
Debe recibir formación exhaustiva sobre la sensibilización en materia de discapacidad, los ajustes razonables, las obligaciones legales y las mejores prácticas a la hora de tramitar las solicitudes.
También deben elaborarse orientaciones sobre la comunicación efectiva con aquellos empleados que hayan solicitado ajustes, las cuales deben abordar, entre otras cosas, la escucha activa, el mantenimiento de la confidencialidad y la demostración de empatía, respeto y una buena comprensión del concepto.
Además, han de diseñarse directrices y procedimientos claros para la tramitación de las solicitudes de ajustes (que incluyan detalles tales como los plazos y la documentación requerida). Se le debe ofrecer apoyo y recursos permanentes, en particular acceso a asesoramiento especializado y a mediadores, así como oportunidades de formación y desarrollo pertinentes.
Para los jefes de equipo y los equipos que vayan a dar la bienvenida a empleados con discapacidad
Debe recibir formación y orientación continuas sobre la sensibilización en materia de discapacidad, el fomento de un entorno de trabajo inclusivo y la gestión de equipos diversos. Debe entablar un diálogo abierto con los empleados con discapacidad con el fin de alcanzar la máxima comprensión y colaboración.
3.9 Búsqueda de ajustes menos costosos: cómo lograr un equilibrio
Es importante lograr un equilibrio entre la necesidad de ajustes para satisfacer las necesidades específicas de cada persona, por un lado, y la viabilidad y los costes, por otro. El objetivo ha de ser dar con los ajustes más sencillos que den respuesta eficazmente, a un coste razonable, a las necesidades y las circunstancias particulares de cada empleado.
Al adoptar un enfoque individualizado para abordar las necesidades y circunstancias únicas de cada miembro del personal con discapacidad, puede ofrecer soluciones a medida que eliminen eficazmente los obstáculos y promover la igualdad de oportunidades.
Un estudio de la Red de Ajustes en el Empleo de los Estados Unidos reveló que el 60 % de los ajustes en el lugar de trabajo pueden realizarse sin coste alguno y que el coste medio es de 500 USD (491 EUR) por empleado23. Los ajustes ayudan a mantener a los trabajadores en el empleo, a mejorar la asistencia al trabajo y la productividad, y a reducir los gastos de seguro24.
Maximizar la eficacia, la permanencia y la productividad
El principal objetivo de los ajustes razonables es permitir a los empleados con discapacidad desempeñar sus tareas de manera eficaz. Si bien el coste y la viabilidad serán evidentemente factores importantes que tener en cuenta, debe prevalecer la eficacia de los ajustes a la hora de satisfacer las necesidades del empleado. Cuanto mejor se adapten los ajustes a las necesidades específicas y personales de los empleados con discapacidad, más positivo será su efecto sobre la permanencia y la productividad.
3.10 Seguimiento y revisión
El proceso de seguimiento y revisión de los ajustes razonables es esencial para garantizar su eficacia continuada e introducir cualquier cambio o adaptación que pueda ser necesario.
Es preciso que evalúe si la solución que se ha ofrecido continúa siendo eficaz. Para ello, puede ser necesario celebrar reuniones periódicas de comprobación, revisar los parámetros del rendimiento laboral, recabar observaciones de los supervisores o compañeros o escuchar las propias aportaciones del empleado sobre si el ajuste ha facilitado su trabajo y de qué manera. Al evaluar la eficacia del ajuste, es posible que detecte algún aspecto susceptible de mejora o que pueda explorar soluciones alternativas si la que se ha facilitado no responde adecuadamente a las necesidades del empleado.
Las necesidades de los empleados con discapacidad pueden evolucionar con el tiempo, por lo que es importante que introduzca los cambios o ajustes necesarios. Puede que haga falta readaptar el ajuste a la luz de nueva información o a raíz de un cambio en las circunstancias del empleado, como un cambio en su afección o la atribución de nuevas responsabilidades laborales. Debe entablar una comunicación abierta y transparente con el empleado para determinar si es necesario introducir adaptaciones o modificaciones alternativas en los ajustes ya realizados para garantizar que sigan siendo eficaces.
A lo largo de este proceso de seguimiento y revisión, es fundamental que conserve documentación y registros exactos, lo cual implica documentar los detalles del ajuste, los cambios realizados, las observaciones del empleado y los resultados del proceso de seguimiento. La documentación ayuda a rastrear el historial de los ajustes que se hayan proporcionado, facilita futuras consultas y garantiza el cumplimiento de los requisitos legales.
Lo ideal es adoptar una mentalidad de mejora constante respecto a los ajustes razonables. Como jefe o directivo, debe aprender de cada caso de ajuste, determinar cuáles son las mejores prácticas e introducir cambios cuando sea necesario. Las revisiones o evaluaciones periódicas de la eficacia de los ajustes pueden resultar muy útiles como base para la toma de decisiones en el futuro.
4 Información y apoyo
Si bien la introducción de ajustes para el personal con discapacidad acarrea, a menudo, cambios y costes, hay asistencia tanto financiera como práctica disponible.
En muchos países de la UE, hay ayuda financiera disponible para cubrir la totalidad o una parte de los costes que supone la realización de ajustes razonables. Esta contribución puede concederse en forma de ayudas o subvenciones, en ocasiones acompañadas de apoyo logístico para determinar los ajustes adecuados y solicitar las ayudas o subvenciones. El importe de la ayuda financiera varía considerablemente dentro de Europa, al igual que los tipos de ajustes que pueden optar a financiación, si bien los programas suelen financiar la adaptación de un puesto de trabajo utilizado por una persona con discapacidad. En algunos casos, también hay ayudas disponibles para pagar a orientadores laborales o cubrir los gastos de desplazamiento.
Para poder optar a financiación, las ayudas profesionales o técnicas deben estar relacionadas con la discapacidad y utilizarse para las actividades específicas de un puesto de trabajo u otras tareas pertinentes. Las ayudas técnicas para el empleo, consistentes tanto en programas como en equipos informáticos, pueden considerarse una forma específica de ajuste. En ocasiones, estas permiten a los empleados con discapacidad realizar tareas que de otro modo no podrían llevar a cabo en absoluto.
La financiación pública puede cubrir el coste de la formación de una persona para utilizar la ayuda para el empleo. El importe concedido se decide caso por caso y depende de diversos criterios, como el grado de discapacidad, los costes totales de las medidas y el importe de los gastos relacionados con la discapacidad que, de lo contrario, asumiría el empleador.
Puede recibir financiación para cubrir específicamente los costes de creación de nuevos lugares de trabajo para las personas con discapacidad grave, posiblemente tras un período de empleo en un taller protegido. En tales circunstancias, los puestos subvencionados deben reservarse a largo plazo para dichas personas.
En la mayoría de los países de la UE hay disponibles ayudas o subvenciones para realizar ajustes razonables en determinadas circunstancias, aunque los importes varían y a veces los procesos de solicitud son onerosos desde el punto de vista administrativo. Tenga en cuenta que es posible que las subvenciones deban reembolsarse parcialmente si el empleador rescinde el contrato en un plazo determinado.
En algunos países de la UE, los empleadores pueden recibir apoyo logístico para ayudarles a planificar y aplicar ajustes razonables, posiblemente como complemento del apoyo financiero. Este apoyo suele prestarlo el sector público, ya sea a través de organismos generales o departamentos de la Administración, como el servicio de empleo, aunque en algunos países existen organizaciones especializadas que prestan apoyo a los empleadores para contratar a personas con discapacidad.
En el apartado de «Apoyo financiero», al final de las presentes directrices, se enumera una selección de organizaciones y fuentes de ayuda a escala de la UE.
4.1 Dónde buscar ayuda
- Los sitios web oficiales de los departamentos de la Administración nacional, regional o local responsables del empleo, el trabajo, los asuntos sociales o los derechos de las personas con discapacidad suelen proporcionan información sobre las ayudas, las subvenciones y los programas de apoyo que puede haber disponibles para ayudar a los empleadores a implantar ajustes razonables.
- Algunas organizaciones, asociaciones y organizaciones no gubernamentales (ONG) del ámbito del empleo y la discapacidad se especializan en ayudar a los empleadores y a las personas con discapacidad. A menudo proporcionan recursos, orientación e información sobre el apoyo financiero y logístico disponible para los ajustes razonables. Cabe citar como ejemplo el Foro Europeo de la Discapacidad25 y la Unión Europea de Ciegos26. La Red Europea de Organismos para la Igualdad ofrece una revisión de la jurisprudencia reciente en varios países europeos27.
- La Comisión Europea y sus distintas direcciones ofrecen información sobre oportunidades de financiación, programas y recursos para empleadores a efectos de la aplicación de ajustes razonables, y varias páginas web de la UE destacan a menudo iniciativas en el ámbito de los derechos de las personas con discapacidad, el empleo y la inclusión social.
- La serie «Promoción de la igualdad» de la Organización Internacional del Trabajo tiene por objeto ayudar a cualquier empleador, independientemente de su tamaño y sector económico, a realizar ajustes razonables en todas las fases del ciclo del empleo28.
- Los centros de apoyo a las empresas, las cámaras de comercio, las organizaciones profesionales o sectoriales y las asociaciones comerciales suelen publicar orientaciones y recursos para empleadores, entre ellos información sobre ayudas financieras, subvenciones y apoyo logístico.
- Las agencias y oficinas de empleo locales también pueden tener información sobre ayudas, subvenciones o programas de apoyo para empleadores.
4.2 Asociaciones
En el marco de una asociación, los empleadores a título individual pueden colaborar con organismos externos para determinar y aplicar un ajuste razonable adecuado para un empleado en particular. Además de las asociaciones con oficinas de empleo y otras organizaciones de contratación, centros de rehabilitación profesional u organizaciones de la sociedad civil, los empleadores también pueden colaborar con médicos de empresa, equipos de salud ocupacional o sindicatos.
En la mayoría de los países de la UE existe alguna forma de asociación para ayudar a los empleadores a realizar ajustes razonables, que a menudo los asiste asesorándolos o prestándoles apoyo para determinar los ajustes adecuados. Aunque a veces pueden establecerse asociaciones con organismos públicos como las agencias de empleo responsables de la colocación de personas con discapacidad en un puesto de trabajo, las ONG y las organizaciones patronales también suelen participar.
En toda Europa existen numerosos ejemplos de asociaciones que ofrecen apoyo, como ayuda financiera, asesoramiento (p. ej., asesoramiento individualizado sobre los ajustes adecuados, guías para los empleadores, asesoramiento sobre el diseño de lugares de trabajo adaptados a la discapacidad), redes de apoyo (p. ej., de empresas o una red de empleadores con experiencia en la contratación de personal con capacidad de trabajo reducida), un coordinador laboral para encontrar oportunidades de contratación y determinar las tareas adecuadas para quienes tienen una capacidad de trabajo parcial, y bases de datos (p. ej., el registro de ajustes en una base de datos y servicios de mediación para llegar a un acuerdo sobre las condiciones de trabajo). A veces, los expertos en salud ocupacional también establecen asociaciones con los empleadores.
La Confederación Europea de Sindicatos (CES) desempeña un importante papel a la hora de facilitar ajustes razonables para las personas con discapacidad, como parte de su trabajo en el ámbito del empleo y los derechos laborales en toda Europa. Como una de las organizaciones representantes de los trabajadores y sindicatos de la UE más destacadas, la CES defiende los derechos e intereses de los trabajadores, incluidos aquellos con discapacidad, afanándose por garantizar que las políticas en el lugar de trabajo, los convenios colectivos y la legislación laboral promuevan prácticas inclusivas y ajustes razonables. La CES colabora activamente con empleadores, responsables políticos y partes interesadas para concienciar acerca de las necesidades de los trabajadores con discapacidad y promover la integración de medidas inclusivas en materia de discapacidad.
En algunos países, como España, los sindicatos y las organizaciones patronales han firmado acuerdos marco, convenios colectivos nacionales y provinciales y acuerdos a nivel de empresa u organización en relación con medidas tales como las adaptaciones y la reubicación cuando sean necesarias.
4.3 Buenas prácticas
The 'Illustrative Examples' section of the Guide- lines presents best practices for ensuring reasonable accommodation (RA) by employers. Below is an overview of potential measures that can be implemented. For more detailed information, please refer to the 'Illustrative Examples' section.
Medidas técnicas
- Equipos para adaptar un puesto de trabajo (por ejemplo, un sistema de vídeo para aumentar la imagen, un asiento ergonómico), p. ej.: p. X.
- Programas informáticos para personas con una deficiencia visual
- Equipos de comunicación para personas con deficiencias sensoriales
- Utilización de símbolos sencillos para las personas con discapacidad intelectual
- Utilización de colores que contrasten en el entorno de trabajo para ayudar al personal con discapacidad visual a encontrar su camino
- Utilización de plataformas de videoconferencia accesibles (con reconocimiento de voz)
- Utilización de alarmas visuales para personas con discapacidad auditiva (por ejemplo, para señalizar una emergencia, la entrada de una persona, una llamada telefónica o el inicio y el fin de la jornada laboral)
Medidas organizativas
- Adaptación del espacio de trabajo, los locales y los equipos
- Modificaciones físicas o arquitectónicas para facilitar el acceso al lugar de trabajo
- Facilitación de un espacio silencioso o un lugar de trabajo individual para favorecer la concentración
- Ofrecimiento de la opción de teletrabajar
- Asistencia humana, como un intérprete de lengua de signos, un intérprete de «la palabra complementada», un tutor o un compañero con el que trabajar en pareja
- Ajuste del horario de trabajo, como el trabajo a tiempo parcial o un horario de trabajo diferente al del resto del equipo, es decir, un horario personalizado al que no se aplique el horario colectivo
- Pausas más frecuentes durante la jornada laboral (por ejemplo, para los trabajadores con diabetes)
- Comunicación con las personas con discapacidad intelectual en un lenguaje simplificado
- Facilitación de un asiento (en un puesto de trabajo en el que se suele estar de pie)
- Traducción de las instrucciones de trabajo a una lengua de signos o a un lenguaje fácil de leer y comprender
- Asignación a un puesto de trabajo geográficamente próximo al domicilio del trabajador con discapacidad
- Adaptación de un vehículo para permitir a una persona con discapacidad desplazarse al trabajo y volver si el transporte público no es accesible
- Elección de los lugares de reunión teniendo en cuenta la accesibilidad y las comunicaciones
- Reestructuración del equipo o distribución de las tareas dentro de un equipo (reorganizando las tareas)
- Sensibilización sobre la discapacidad
Buenas prácticas en la aplicación
- Determinación de las limitaciones funcionales para la descripción del puesto de trabajo y el apoyo necesario
- Realización de ajustes razonables teniendo en cuenta, en la medida de lo posible, las necesidades y preferencias del empleado con discapacidad
- Seguimiento de la eficacia de la adaptación, introduciendo los ajustes necesarios
- Consulta con expertos, como asesores en materia de inclusión de personas con discapacidad, profesionales de recursos humanos y expertos jurídicos en Derecho laboral y derechos de las personas con discapacidad
4.4 Fuentes adicionales de información
Varios Estados europeos cuentan con sus propias publicaciones y otras fuentes de información para empleadores en relación con los ajustes razonables. Puede haberlas creado algún Ministerio, organismo de igualdad o servicio de empleo o, en ocasiones, una unidad especializada en el empleo de personas con discapacidad en el sector público. En muchos países, las organizaciones patronales, los sindicatos y las ONG (incluidas las organizaciones de personas con discapacidad) también desempeñan algún papel.
Otras fuentes que cabe citar son las iniciativas a favor de la inclusión de personas con discapacidad, las revistas académicas, los materiales jurídicos (como los resúmenes de jurisprudencia), los conjuntos de herramientas para empleadores relacionados con la discapacidad (a menudo creados por organismos públicos u organizaciones sin ánimo de lucro, o a través de iniciativas específicas en el ámbito de la discapacidad), los seminarios web y la formación en línea, y la orientación de asociaciones de un sector específico.
En el apartado de «Apoyo financiero» figura una lista exhaustiva de organismos a escala europea a los que se puede consultar.
APOYO FINANCIERO
Los fondos a nivel nacional, regional y local son las principales fuentes de apoyo financiero para que los empleadores realicen ajustes razonables en el lugar de trabajo. Para obtener más información específica por países, consulte el informe del EDE titulado Striving for an inclusive labour market [«Trabajando por un mercado laboral inclusivo en Europa», documento en inglés]29.
Algunas fuentes de financiación de la UE
Como complemento, la financiación de la Unión Europea puede utilizarse para realizar ajustes razonables y promover la accesibilidad y la inclusión en el lugar de trabajo.
- El Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER)
https://ec.europa.eu/regional_policy/funding/erdf_en?etrans=es - El Fondo Social Europeo (FSE+)
https://ec.europa.eu/european-social-fund-plus/es - El Fondo de Cohesión
https://ec.europa.eu/regional_policy/funding/cohesion-fund_es
- Horizonte Europa30
Horizonte Europa, el programa de investigación e innovación de la UE, ofrece oportunidades de financiación para proyectos relacionados con la discapacidad y la accesibilidad. Las organizaciones pueden solicitar financiación en el marco de convocatorias o temas específicos centrados en tecnologías inclusivas, productos de apoyo o diseño inclusivo del lugar de trabajo. El programa promueve el desarrollo de soluciones y tecnologías innovadoras que faciliten los ajustes razonables en el lugar de trabajo.
Las organizaciones pueden encontrar convocatorias de propuestas u oportunidades de financiación pertinentes publicadas por la Comisión Europea o varias agencias de la UE. Estas convocatorias suelen establecer objetivos específicos, criterios de admisibilidad y prioridades de financiación relacionadas con la accesibilidad y los ajustes razonables. Las organizaciones deben revisar cuidadosamente las directrices, preparar una propuesta de proyecto y presentarla dentro de los plazos especificados.
El proceso de solicitud depende del programa o iniciativa de financiación específico. Por lo general, las organizaciones deben presentar una propuesta de proyecto en la que se especifiquen los objetivos, las actividades, los resultados esperados y el presupuesto de su proyecto de ajuste razonable. Entre los criterios de admisibilidad pueden figurar la adecuación del proyecto a las prioridades de la UE, su potencial repercusión, requisitos de asociación y la sostenibilidad financiera. Es posible que las organizaciones tengan que demostrar su capacidad, sus conocimientos especializados y su experiencia en la ejecución de proyectos similares.
Obtener financiación de la UE para iniciativas de ajustes razonables reporta varios beneficios. En primer lugar, proporciona recursos financieros para respaldar la ejecución de proyectos que promueven la accesibilidad y la inclusión en el lugar de trabajo. También ofrece oportunidades de creación de redes de contactos, colaboración e intercambio de conocimientos con otras organizaciones y expertos que trabajan en el mismo ámbito. Además, recibir financiación de la UE mejora la visibilidad y la credibilidad del trabajo de la organización y puede dar pie a un mayor reconocimiento a escala nacional e internacional.
Al conocer el proceso de solicitud, los criterios de admisibilidad y los posibles beneficios de obtener financiación de la UE, las organizaciones pueden aprovechar recursos como los de los Fondos Estructurales y de Inversión Europeos (Fondos EIE), Horizonte Europa y el Programa de la Unión Europea para el Empleo y la Innovación Social (EaSI) a fin de promover la accesibilidad, la inclusión y la igualdad de oportunidades en el lugar de trabajo para los empleados con discapacidad.
Organizaciones que proporcionan información y asesoramiento
- Foro Europeo de la Discapacidad (EDF, por sus
siglas en inglés)
La mayor organización central representante de las personas con discapacidad en Europa, que defiende los derechos de todas las personas con cualquier tipo de discapacidad. https://www.edf-feph.org/ - AGE Platform Europe (AGE)
Promueve una sociedad para personas de todas las edades en la que todas tengan igualdad de oportunidades de inclusión y participación en todas las etapas de su vida. https://www.age-platform.eu/ - Unión Europea de Empleo con Apoyo (EUSE, por sus
siglas en inglés)
Organización no gubernamental que facilita el desarrollo de empleo con apoyo para ayudar a las personas con discapacidad a acceder a empleo de calidad con asistencia permanente. https://euse.org/about-euse/ - Inclusion Europe
Organización centrada en los derechos y la inclusión de las personas con discapacidad intelectual y sus familias. https://www.inclusion-europe.eu/ - Red Europea de Vida Independiente (ENIL, por sus
siglas en inglés)
Defiende los derechos de las personas con discapacidad a llevar una vida independiente y a ser incluidas en la comunidad. https://enil.eu/ - Mental Health Europe (MHE)
Trabaja para promover los derechos y el bienestar de las personas con enfermedades mentales. https://www.mhe-sme.org/ - Unión Europea de Ciegos (UEC)
Representa los intereses de las personas ciegas y con baja visión en Europa. https://www.euroblind.org/ - Unión Europea de Personas Sordas (EUD, por sus
siglas en inglés)
Promueve los derechos de las personas sordas y el reconocimiento de las lenguas de signos en Europa. https://www.eud.eu/ - Asociación Europea de Dislexia (EDA, por sus
siglas en inglés)
Defiende los derechos y las necesidades de las personas con dislexia en toda Europa. https://eda-info.eu/ - Autismo Europa
Asociación internacional centrada en la promoción de los derechos y la inclusión de las personas con trastornos del espectro del autismo. https://www.autismeurope.org/ - Asociación Europea de Proveedores de Servicios
para Personas con Discapacidad (AEPSPD)
Representa a los proveedores de servicios que trabajan con personas con discapacidad, incluidas las discapacidades físicas, intelectuales y sensoriales. https://www.easpd.eu/ - Asociación Europea del Síndrome de Down (EDSA,
por sus siglas en inglés)
Defiende los derechos y el bienestar de las personas con síndrome de Down. ttps://www.edsa.eu/ - COFACE Families Europe
Defiende los derechos y la inclusión de las personas con discapacidad y sus familias en Europa. www.coface-eu.org - Federación Europea de Progenitores de Niños con
Discapacidad Auditiva (FEPEDA, por sus siglas en
francés)
Promueve la igualdad de derechos de los niños y jóvenes sordos e hipoacúsicos y de sus familias. https://fepeda.eu/ - Plataforma Europea de Esclerosis Múltiple (EMSP,
por sus siglas en inglés)
Trabaja para mejorar la calidad de vida de las personas con esclerosis múltiple en Europa. https://emsp.org/ - Federación Europea de Personas Hipoacúsicas
(EFHOH, por sus siglas en inglés)
Representa los intereses de las personas hipoacúsicas en toda Europa. https://www.efhoh.org/ - Federación Europea de Asociaciones Neurológicas
(EFNA, por sus siglas en inglés)
Se centra en la defensa y el apoyo de las personas con trastornos neurológicos, incluidas enfermedades como la epilepsia, la enfermedad de Parkinson y la esclerosis múltiple. https://www.efna.net/ - Red europea de Servicios Públicos de Empleo
Creada para maximizar la eficiencia de los servicios públicos de empleo (SPE). https://ec.europa.eu/social/main.jsp?catId=105&langId=es
Este listado no es exhaustivo. Existen muchas otras organizaciones y asociaciones a nivel nacional, regional y local que defienden los derechos de las personas con discapacidad en toda Europa. Para obtener más información específica por países, consulte el informe del EDE titulado Striving for an inclusive labour market [«Trabajando por un mercado laboral inclusivo en Europa», documento en inglés]31.
EJEMPLOS ILUSTRATIVOS
Los métodos de ajuste razonable («AR») ilustrados con los siguientes ejemplos muestran qué medidas pueden adoptar los empleadores para cumplir la obligación legal (2000/78/CE32) de realizar ajustes razonables y garantizar el empleo de las personas con discapacidad. Siguiendo estos métodos, pueden aplicarse medidas de ajuste razonable en un breve período de tiempo.
Téngase en cuenta que la lista de métodos aquí presentada no es exhaustiva.
método 1
Facilitación de tecnología de apoyo
Los empleadores pueden obtener ayuda y apoyo para contratar a personas que se enfrentan a obstáculos en su trabajo proporcionándoles tecnología de apoyo. Por ello, es útil conocer la disponibilidad de distintos productos de apoyo y soluciones informáticas y averiguar cómo acceder a ellos.
1.1 Gestora de proyectos con trastorno del espectro del autismo en la industria farmacéutica
| País | Austria |
|---|---|
| Empleador | Una empresa líder de la industria farmacéutica. |
| Obstáculo para el empleado | Trastorno del espectro del autismo, que requiere un entorno específico para la realización de tareas repetitivas que exigen una gran concentración y precisión. |
| AR facilitado | Un espacio tranquilo en la oficina para que la empleada trabaje sin molestias externas. |
| Objetivo | Facilitar las responsabilidades de la gestora de proyectos estructurando y administrando las instalaciones técnicas adecuándolas a sus puntos fuertes únicos. |
| Beneficio para el empleador | Favorecer la aptitud natural de la empleada para realizar tareas que requieren una atención y precisión meticulosas da lugar a resultados de mayor calidad en su trabajo. El pequeño ajuste de facilitar una oficina tranquila genera importantes beneficios en forma de un trabajo esencial de gran calidad. También deja patente el compromiso del empleador con un entorno de trabajo inclusivo, atrayendo una reserva de talentos diversa y posiblemente dando pie a innovaciones que surjan a raíz de esa diversidad. |
| Coste | Mínimo, dado que la medida implica la disponibilidad de un espacio tranquilo en la oficina. |
1.2 Trabajador del sector minorista con discapacidad visual en el área de venta
| País | Austria |
|---|---|
| Empleador | Cadena de supermercados |
| Obstáculo para el empleado | Deficiencia visual |
| AR facilitado | Teléfono móvil equipado con una aplicación de lectura en voz alta y otra de escaneo. |
| Objetivo | Permitir que el empleado desempeñe funciones como la reposición de productos en las estanterías y la formación de empleados nuevos. |
| Beneficio para el empleador | Realizando una pequeña inversión tecnológica, el supermercado no solo garantiza que las tareas se lleven a cabo de manera eficiente, sino que además aprovecha los conocimientos exhaustivos del empleado sobre la ubicación de los productos para formar al personal nuevo. Esto supone una mejora de la productividad y crea un entorno de aprendizaje para todos los empleados. El supermercado también adquiere una reputación como lugar de trabajo inclusivo, lo cual puede atraer a una base de clientes diversa y diferenciarla de la de sus competidores. |
| Coste | Mínimo, teniendo en cuenta que se trata de una pequeña inversión tecnológica. |
1.3 Coordinador de un centro de llamadas con discapacidad visual
| País | Austria |
|---|---|
| Empleador | Principal proveedor de servicios en el mercado austriaco de bienes inmuebles residenciales |
| Obstáculo para el empleado | Deficiencia visual |
| AR facilitado | Dispositivos de lectura especializados y una pantalla de ordenador específica. |
| Objetivo | Permitir que el empleado coordine las llamadas con eficacia y tramite las consultas de los clientes de manera eficiente. |
| Beneficio para el empleador | El empleador se beneficia de contar con un coordinador del centro de llamadas específico y eficiente que puede gestionar con facilidad las interacciones complejas con los clientes gracias a las tecnologías de apoyo. Estos ajustes no solo garantizan una mano de obra competente y leal, sino que también contribuyen a un mayor nivel de satisfacción y permanencia de los clientes. Además, al fomentar un entorno de trabajo inclusivo, la empresa mejora su reputación como organización socialmente responsable, haciendo que resulte más atractiva para clientes y empleados potenciales. |
| Coste | Entre mínimo y moderado, dada la adquisición de dispositivos especializados. |
1.4 VProfesional de la contabilidad y la informática con discapacidad visual
| País | Austria |
|---|---|
| Empleador | Organización sin ánimo de lucro en el sector del comercio justo |
| Obstáculo para el empleado | Deficiencia visual |
| AR facilitado | Lupa electrónica, lector de pantalla, lector de monitor para material impreso e iluminación especial. |
| Objetivo | Facilitar la transición de los servicios sobre el terreno a un puesto especializado de contabilidad e informática tras el permiso de maternidad. |
| Beneficio para el empleador | Con una inversión relativamente modesta en tecnologías de apoyo, la organización conserva a una empleada cualificada y versátil capaz de asumir responsabilidades tanto del ámbito de la contabilidad como de la informática. Así no solo se garantiza que las funciones cruciales sean desempeñadas por una persona experimentada y comprometida, sino que además se envía un mensaje firme sobre la dedicación de la organización a la inclusión. El conjunto de capacidades de la empleada, en combinación con el espacio de trabajo adaptado, mejora la productividad y la calidad del trabajo, lo que, en última instancia, es ventajoso para la misión y los beneficios netos de la organización. |
| Coste | Entre mínimo y moderado, teniendo en cuenta la inversión en tecnologías de apoyo. |
1.5 Actores ciegos y con discapacidad visual
| País | Croacia |
|---|---|
| Empleador | Teatro croata para ciegos consolidado, célebre por atraer a los mejores talentos nacionales en lo que respecta a dirección, dramaturgia y escenografía. |
| Obstáculo para el empleado | Deficiencia visual |
| AR facilitado | Espacio, escenografía, guiones y estilos de dirección adaptados, así como incorporación de un guía vidente para los actores. |
| Objetivo | Facilitar las tareas de interpretación de los actores ciegos y con discapacidad visual, proporcionándoles al mismo tiempo los medios necesarios para conocer y moverse por el espacio del escenario. |
| Beneficio para el empleador | El teatro no solo destaca por su talento, sino también por sus enfoques innovadores y adaptativos, ganando así una reputación por su carácter inclusivo y su creatividad sin límites. Los ajustes permiten contratar a una reserva infrarrepresentada de actores especializados de gran talento, enriqueciendo así las producciones del teatro y diversificando su base de talentos. La contratación de actores con diversas capacidades abre nuevas perspectivas en el mundo de la narración, lo que podría atraer a un público más amplio y comprometido. |
| Coste | Moderado, teniendo en cuenta el espacio adaptado y el método de trabajo ajustado. |
1.6 Empleados con discapacidad visual en el sector bancario
| País | Chipre |
|---|---|
| Empleador | Banco con una plantilla de unos quinientos trabajadores |
| Obstáculo para el empleado | Deficiencias visuales, incluidas la ceguera y la baja visión |
| AR facilitado | Tecnología de apoyo personalizada, como lectores de pantalla, magnificadores y configuraciones especiales de los escritorios. |
| Objetivo | Adaptar cada puesto de trabajo a las necesidades de los tres empleados con una deficiencia visual, garantizando que puedan llevar a cabo sus tareas de manera eficaz. |
| Beneficio para el empleador | Además de cumplir los requisitos reglamentarios y de responsabilidad social, el banco consigue una plantilla diversa que aporta una perspectiva única, gracias a la cual podría atraer a una base de clientes más amplia. El suministro de tecnología de apoyo también es señal de una cultura inclusiva, lo cual mejora la marca del empleador y puede atraer a los mejores talentos de todos los ámbitos. El banco también se beneficia de la dedicación y las capacidades de estos empleados, que están muy motivados en parte debido a la voluntad del empleador de adaptarse a sus necesidades. |
| Coste | Moderado, teniendo en cuenta la inversión en tecnologías de apoyo personalizadas. |
1.7. Diseñador gráfico con dificultades para la gestión del tiempo
| País | Dinamarca |
|---|---|
| Empleador | Agencia de diseño |
| Obstáculo para el empleado | Dificultades para gestionar el tiempo debido a las secuelas del estrés y una depresión grave. |
| AR facilitado | Una aplicación móvil que ayuda al diseñador gráfico a gestionar el tiempo y a asignarlo a tareas y subtareas de manera eficaz. |
| Objetivo | Propiciar que el diseñador gráfico se concentre en su trabajo dándole las herramientas que necesita para gestionar mejor el tiempo. |
| Beneficio para el empleador | Al ofrecer un ajuste sencillo pero eficaz, el empleador conserva a un diseñador gráfico con talento que ahora es más productivo y se concentra mejor. Esta inversión no solo potencia el rendimiento del empleado, sino que también demuestra a todos los trabajadores que la empresa está comprometida con su bienestar y sus logros, lo que podría elevar la moral y la productividad generales en el lugar de trabajo. |
| Coste | Mínimo, dado que el ajuste consiste en una aplicación informática que ayuda con la gestión del tiempo. |
1.8. Usuario de silla de ruedas con una trayectoria progresiva
| País | Dinamarca |
|---|---|
| Empleador | Empresa |
| Obstáculo para el empleado | Usuario de silla de ruedas con una enfermedad progresiva |
| AR facilitado | Inicialmente, se creó una oficina en el domicilio del empleado equipada con dispositivos especiales. Se diseñaron planes para instalar ascensores para sillas de ruedas y puertas de acceso automáticas, y para modificar el lugar de trabajo y los aseos a fin de favorecer la accesibilidad en silla de ruedas. Participaron múltiples partes interesadas, entre ellas personas clave y asesores en materia de discapacidad. |
| Objetivo | Dar cabida a un empleado altamente cualificado que puede contribuir significativamente a los objetivos de la empresa, pero que necesita un entorno accesible en silla de ruedas. |
| Beneficio para el empleador | Aprovechar la experiencia de un empleado altamente cualificado mejora la productividad y aporta una perspectiva única al equipo. El compromiso de la empresa de realizar ajustes integrales también eleva su reputación como empleador inclusivo y con capacidad de adaptación, lo que puede reportar una ventaja competitiva tanto en la adquisición de talento como en las relaciones con los clientes. |
| Coste | Moderado, pero con un rendimiento de la inversión a largo plazo, habida cuenta del talento mantenido en la empresa. |
1.9. Empleado con movilidad reducida en una empresa de muebles
| País | Estonia |
|---|---|
| Empleador | Empresa mediana de fabricación de muebles con unos 45 empleados |
| Obstáculo para el empleado | Movilidad reducida y movimiento limitado de las manos; incapacidad para realizar trabajos físicos que impliquen desplazarse largas distancias o elevar las manos por encima de la altura de los hombros. |
| AR facilitado | El empleador ajustó el espacio de trabajo para reducir al mínimo la necesidad de recorrer largas distancias y solicitó ayudas técnicas a la Caja del Seguro de Desempleo de Estonia. Esta Caja proporcionó una herramienta de elevación neumática y compensó los costes de un elevador por vacío. |
| Objetivo | Adaptar el entorno de trabajo y proporcionar las herramientas necesarias para que el empleado pueda trabajar cómoda y eficazmente, a pesar de sus restricciones de movilidad. |
| Beneficio para el empleador | El empleador consigue un trabajador comprometido y capacitado, lo que enriquece la diversidad del lugar de trabajo y posiblemente le permita optar a incentivos con cargo a fondos públicos para contratar a personas con discapacidad. |
| Coste | Mínimo, dado que está financiado por la Caja del Seguro de Desempleo de Estonia. |
1.10. Diversidad de empleados en una empresa de fabricación de lámparas
| País | Finlandia |
|---|---|
| Empleador | Empresa de fabricación de lámparas con veinte empleados, dirigida por una persona con discapacidad |
| Obstáculo para el empleado | Diversos, entre ellos la discapacidad, la edad, el estatuto de refugiado y la condición de migrante. En torno al 30 % de la mano de obra pertenece a grupos vulnerables. |
| AR facilitado | El empleador ofrece a los empleados con discapacidad visual los equipos de iluminación y dispositivos de ayuda visual necesarios nada más incorporarse. |
| Objetivo | Crear un entorno laboral inclusivo en el que todas las personas, independientemente de su origen o estado de salud, tengan la oportunidad de trabajar. |
| Beneficio para el empleador | Promueve la diversidad y la inclusión, aportando a la empresa un amplio abanico de perspectivas y experiencias. También puede mejorar la reputación de la empresa como empleador equitativo. |
| Coste | Moderado, financiado por el propio empleador, que optó por no solicitar ayuda financiera pública debido a las trabas burocráticas. |
1.11. Adaptaciones en el lugar de trabajo: realización de los ajustes necesarios
| País | Francia |
|---|---|
| Empleador | Grupo Bonduelle |
| Obstáculo para el empleado | Discapacidad que requiere ajustes en el lugar de trabajo |
| AR facilitado | Modificaciones de los puestos de trabajo de los empleados con una discapacidad reconocida para abordar los obstáculos y hacer accesibles el mayor número posible de puestos de trabajo. Las modificaciones pueden consistir en ajustes ergonómicos de los puestos de trabajo, equipos especializados, asistencia en el transporte, mejoras de la accesibilidad, formación, herramientas de comunicación para diferentes tipos de discapacidad y adaptaciones específicas de los programas o equipos informáticos para diversas deficiencias. |
| Objetivo | Hacer accesibles los puestos de trabajo introduciendo los ajustes necesarios recomendados por el médico del trabajo y otros agentes implicados, como los sindicatos. |
| Beneficio para el empleador | Facilitación de la inclusión y la accesibilidad para los empleados con discapacidad. |
| Coste | Costes cubiertos por el fondo Handipol y Agefiph en determinadas condiciones específicas, aplicando límites máximos al importe de la factura. Se debe consultar a la Comisión si el presupuesto excede los 5 000 EUR por persona al año. |
1.12. Técnico de apoyo informático con hiperacusia
| País | Francia |
|---|---|
| Empleador | Empresa que presta servicios de apoyo informático |
| Obstáculo para el empleado | Hiperacusia, una afección auditiva que provoca que la persona sea excesivamente sensible a los ruidos cotidianos, lo que le causa molestias y afecta a su rendimiento laboral. |
| AR facilitado | Consulta con un médico del trabajo para efectuar una evaluación ergonómica previa a la contratación; adquisición de unos cascos que aíslan de ruidos extraños; instalación de un filtro de pantalla para reducir la iluminación molesta; adaptación de una silla especializada para una mayor comodidad; extensión del teclado y el ratón de los compañeros que le rodean a fin de reducir el ruido. |
| Objetivo | Propiciar que el empleado se concentre en sus tareas sin que le molesten los ruidos cotidianos de la oficina, mejorando así su productividad y bienestar. |
| Beneficio para el empleador | Mejora del rendimiento y la productividad del empleado y de la cultura en el lugar de trabajo, ya que sus compañeros mostraron solidaridad y comprensión. El enfoque adoptado por el empleador fue holístico, incorporó conocimientos especializados en medicina y ergonomía desde la fase de contratación, y resultó ser beneficioso tanto para el empleador como para el empleado. |
| Coste | Moderado, dado que los costes de los equipos ergonómicos y de consulta fueron asumidos por el empleador, pero dieron lugar a un aumento de la productividad, lo que lo convierte en una inversión valiosa. |
1.13. Contable con hemiplejía izquierda
| País | Francia |
|---|---|
| Empleador | Empresa |
| Obstáculo para el empleado | Hemiplejía izquierda, que afecta a la movilidad y a la motricidad fina del lado izquierdo del cuerpo. |
| AR facilitado | Reunión inicial con un ergonomista y otras partes interesadas para definir los objetivos y las herramientas que deben utilizarse; observaciones en el puesto de trabajo para poner de relieve las dificultades a las que se enfrenta el empleado, como la disposición de la sala, la colocación del mobiliario y la silla poco ergonómica; presentación de un informe de actividad con las soluciones organizativas y materiales propuestas; oferta de múltiples opciones de escritorios para que el empleado elija, facultándolo así para la toma de decisiones. |
| Objetivo | Adaptar el espacio de trabajo de manera que compense la discapacidad del empleado, permitiéndole así continuar su trabajo como contable de manera eficaz. |
| Beneficio para el empleador | Conservación de mano de obra cualificada sin necesidad de contratación de personal nuevo o de reciclaje profesional, y mejora de la moral de los trabajadores al ponerse de manifiesto el compromiso del empleador con la inclusión y el bienestar de los empleados. |
| Coste | Moderado, al incluir el coste de la evaluación ergonómica, el mobiliario y otros accesorios cubierto por el empleador. |
1.14. Enfermera con deficiencia auditiva en una Unidad de Oncología Pediátrica
| País | Alemania |
|---|---|
| Empleador | Empresa de atención sanitaria con unos 3 400 empleados y múltiples hospitales afiliados |
| Obstáculo para el empleado | Deficiencia auditiva, especialmente aguda en determinadas situaciones, como en contextos de ruido o perturbaciones acústicas o al usar el teléfono. |
| AR facilitado | Colocación de equipos reforzados de señalización en la Unidad, entre ellos alertas visuales sobre las pantallas centrales del puesto de enfermería y en los pasillos; instalación de un sistema de señalización por radio para enviar señales desde los Infusomats a un receptor que porta la enfermera, e instalación asimismo de un nuevo teléfono inalámbrico equipado con control del volumen, configuración de la vibración, indicadores luminosos intermitentes y conexión por Bluetooth con las prótesis auditivas de la enfermera. |
| Objetivo | Permitir a una enfermera cualificada desempeñar eficazmente sus funciones en una unidad de oncología pediátrica pese a su deficiencia auditiva. |
| Beneficio para el empleador | La introducción de estos ajustes especializados garantiza la conservación de una enfermera altamente cualificada y especializada en un entorno sanitario sensible. Además, ejemplifica el compromiso de la organización con una mano de obra inclusiva, lo cual puede elevar la moral, atraer a los mejores talentos y reforzar la reputación de la empresa en el sector sanitario. |
| Coste | Moderado, pero genera un valor significativo a largo plazo a través de la conservación de la empleada, la mejora de la atención a los pacientes y la creación de una reputación. |
1.15. Funcionario usuario de silla de ruedas
| País | Italia |
|---|---|
| Empleador | Organismo público |
| Obstáculo para el empleado | Discapacidad física que dificulta el acceso a la plaza de aparcamiento que se le ha asignado debido al uso de la silla de ruedas. |
| AR facilitado | A petición del empleado, facilitación inmediata de un pase para una plaza de aparcamiento accesible en la que es más fácil moverse con una silla de ruedas. |
| Objetivo | Facilitar al empleado la llegada al trabajo y la vuelta a casa evitando que tenga dificultades para desplazarse por una plaza de aparcamiento menos accesible. El empleado llega a trabajar a tiempo y de buen ánimo, dispuesto a contribuir de forma productiva. |
| Beneficio para el empleador | Coste y esfuerzo mínimos para reajustar la asignación de las plazas de aparcamiento. La solicitud del empleado se atendió con prontitud, lo que facilitó su desplazamiento diario al trabajo e hizo que resultara menos estresante. El empleador demostró flexibilidad y actuó rápido para satisfacer las necesidades específicas del empleado. Esto también demuestra que incluso las acciones pequeñas pueden contribuir a un entorno de trabajo más inclusivo, en beneficio tanto de los empleados como de los empleadores. |
| Coste | Mínimo, dado que solo implicó reasignar una plaza de aparcamiento. |
1.16. Ajustes razonables para un trabajador con discapacidad motriz
| País | Italia |
|---|---|
| Empleador | ASL (autoridad sanitaria local) |
| Obstáculo para el empleado | Dificultades en el lugar de trabajo a raíz de una discapacidad motriz agravada por una enfermedad cardíaca. |
| AR facilitado | Traslado del puesto de trabajo a una oficina plenamente accesible y ajuste del horario de trabajo para adecuarlo a una discapacidad agravada. |
| Objetivo | Propiciar un entorno laboral inclusivo y favorable para el cambio de circunstancias del empleado. |
| Beneficio para el empleador | Mejora del rendimiento, el mantenimiento en el empleo y la moral de los empleados gracias a un lugar de trabajo mejor adaptado que promueve su fidelidad y su satisfacción. Mayor apoyo a los empleados con discapacidad, cultivando así un lugar de trabajo que valora la inclusión y atiende a los requisitos individuales específicos. |
| Coste | Mínimo o moderado, que puede incluir el coste de las modificaciones o los ajustes de la oficina, compensado por la mejora de la satisfacción y la productividad de los empleados. |
1.17. Empleado con discapacidad física recién contratado
| País | Luxemburgo |
|---|---|
| Empleador | Centro de enseñanza superior en Luxemburgo con unos 300 profesores y 7 000 estudiantes |
| Obstáculo para el empleado | Discapacidad física que requiere ajustes específicos del asiento y el escritorio. |
| AR facilitado | Colaboración con los servicios locales de salud ocupacional para determinar las necesidades del empleado; facilitación de una silla especializada y un escritorio regulable tomando como base las recomendaciones. |
| Objetivo | Crear un espacio de trabajo cómodo y funcional que permita al empleado desempeñar eficazmente su trabajo. |
| Beneficio para el empleador | La consulta con expertos garantiza que el ajuste sea adecuado y eficaz, mejorando así el rendimiento y la satisfacción del empleado. Promueve una cultura de inclusión que puede mejorar la reputación del centro y atraer a una reserva de talentos más amplia. |
| Coste | Moderado, que incluye la compra de mobiliario especializado y la consulta con los servicios de salud ocupacional. |
1.18. Empleado de gran antigüedad con miositis por cuerpos de inclusión
| País | Países Bajos |
|---|---|
| Empleador | Una empresa en la que el empleado lleva trabajando 35 años |
| Obstáculo para el empleado | Miositis por cuerpos de inclusión, una enfermedad muscular rara que ha afectado gravemente a la movilidad y la fuerza muscular del empleado. |
| AR facilitado | Adaptación de las funciones del empleado, de forma que deje su puesto de fontanero para ocupar otro que pueda asumir físicamente. Compra de asientos especializados, en particular una silla móvil y un taburete ergonómicos, para minimizar la tensión de las piernas mientras trabaja en el departamento de aluminio. El empleado valora positivamente los ajustes y la posibilidad de seguir contribuyendo a la empresa. Aunque la naturaleza de su trabajo ha cambiado, sigue sintiéndose valioso y realizado en su nuevo puesto. |
| Objetivo | Permitir que el empleado continúe trabajando a pesar de su estado de salud, preservando su valor para la empresa y la satisfacción personal que le reporta poder trabajar. |
| Beneficio para el empleador | Mantiene a un empleado experimentado y especializado, preservando sus conocimientos institucionales. Demuestra un compromiso con el bienestar y la inclusión de los empleados. Recibe una ayuda financiera parcial de la UWV (Agencia de Gestión de los Seguros para Trabajadores por Cuenta Ajena) para cubrir los ajustes, lo cual reduce la carga de los costes. |
| Coste | Moderado; incluye principalmente el coste de los asientos especializados. No obstante, está subvencionado por la UWV, lo que reduce el impacto financiero en el empleador. |
1.19. Comercial de venta telefónica con baja visión
| País | Polonia |
|---|---|
| Empleador | Una conocida empresa de venta telefónica |
| Obstáculo para el empleado | El comercial adolece de una baja visión, lo que puede afectar a su capacidad para utilizar plenamente la tecnología convencional de la oficina. |
| AR facilitado | Ordenador adaptado para adecuarse mejor a las limitaciones visuales del empleado; instalación de un magnificador y un sintentizador vocal en el puesto de trabajo del empleado a petición suya. |
| Objetivo | Permitir que el empleado dirija eficazmente un equipo de venta telefónica, promoviendo al mismo tiempo un lugar de trabajo inclusivo en el que todas las personas, independientemente de su discapacidad, puedan contribuir aprovechando todo su potencial. Estos ajustes le ayudan a gestionar las dificultades ocasionales debidas a su discapacidad y, al mismo tiempo, a realizar un trabajo sobresaliente. |
| Beneficio para el empleador | Mantiene a un jefe de equipo altamente capacitado y empático que puede identificarse con los empleados subordinados con discapacidad. Establece un patrón de inclusión, lo cual mejora la marca del empleador y puede atraer a una reserva de talentos más amplia. Contribuye a una cultura de trabajo globalmente positiva. El compromiso del empleador con los ajustes razonables cumple un doble objetivo: permite al empleado trabajar de manera eficiente a pesar de su baja visión y además mejora la eficacia del equipo en su conjunto. |
| Coste | Moderado, teniendo en cuenta la adquisición de equipos y programas informáticos especializados. |
1.20. Gestor de almacén con deficiencia auditiva
| País | Portugal |
|---|---|
| Empleador | Fábrica de helados |
| Obstáculo para el empleado | El candidato tiene una deficiencia auditiva, lo que dificulta la gestión de pedidos por teléfono, el procedimiento habitual de la empresa. |
| AR facilitado | Sustitución del sistema de pedidos telefónicos por un ordenador en el que se reciben los pedidos por correo electrónico en el almacén. La transición de un sistema de pedidos telefónicos a uno basado en el correo electrónico es una solución simple pero eficaz que no solo beneficia al empleado, sino que también puede agilizar el proceso de pedidos de la empresa. |
| Objetivo | Facilitar el trabajo del candidato como gestor del almacén, permitiéndole de manera eficaz gestionar el inventario, tramitar los pedidos y coordinarse con los comercios sin necesidad de comunicación oral. El candidato puede desempeñar sus tareas de gestión sin toparse con barreras de comunicación, lo que le permite ser más productivo y eficiente en este puesto de trabajo. Su deficiencia auditiva ya no limita su capacidad para gestionar eficazmente el almacén. |
| Beneficio para el empleador | Agiliza el proceso de pedidos, al hacerlo potencialmente más eficiente y reducir el riesgo de malentendidos que podrían producirse por teléfono. Envía un mensaje firme sobre el compromiso de la empresa con la diversidad y la inclusión, lo que mejora su reputación empresarial. Amplía la reserva de talentos al demostrar que la empresa está dispuesta a adaptar sus procedimientos para acoger a candidatos cualificados con discapacidad. |
| Coste | Entre mínimo y moderado, dada la instalación inicial de un ordenador y posiblemente un programa informático para tramitar los pedidos por correo electrónico. |
1.21. Empleada administrativa con múltiples deficiencias en un hospital
| País | Suecia |
|---|---|
| Empleador | Hospital del sector público |
| Obstáculo para el empleado | Múltiples deficiencias, como distrofia muscular, pérdida de visión y sensibilidad a la sobrecarga cognitiva. |
| AR facilitado | Programa informático y pantalla especiales para la pérdida de visión; oficina espaciosa cerca de las salas de descanso y asignación de una plaza de aparcamiento accesible para sillas de ruedas; espacio de oficina privado para evitar la sobrecarga cognitiva; silla de descanso en la oficina; pausas para el almuerzo más largas de lo habitual; reuniones cada dos semanas con su superior para revisar su calendario y planificarlo con antelación. |
| Objetivo | Facilitar que la empleada desempeñe sus tareas administrativas atendiendo a sus múltiples necesidades y velando por que su lugar de trabajo la apoye en todos los aspectos: físico, visual y cognitivo. |
| Beneficio para el empleador | Mantiene a una empleada valiosa con capacidades especializadas en tareas administrativas. Establece un patrón de referencia para los ajustes razonables integrales, impulsando así la reputación del hospital como empleador inclusivo. Promueve el bienestar y la satisfacción laboral de los empleados, lo que probablemente mejore la productividad general. El hospital sueco establece un elevado patrón de referencia de cómo los empleadores pueden ir más allá de los ajustes mínimos para fomentar verdaderamente un entorno de trabajo inclusivo. |
| Coste | Entre moderado y elevado, teniendo en cuenta la adquisición de equipos especializados, las modificaciones de la oficina y los ajustes de la programación. |
1.22. Acuerdo de integración profesional en ENEDIS, manteniendo el empleo y asegurando el desarrollo profesional de las personas con discapacidad durante el período 2021-2023
| País | Francia |
|---|---|
| Empleador | ENEDIS |
| Obstáculo para el empleado | Algunos tipos de discapacidad requieren adaptaciones del puesto de trabajo o de las herramientas para que el empleado conserve su puesto o se reincorpore al trabajo. Las modificaciones vienen recomendadas por el médico del trabajo de la empresa, se llevan a cabo en consulta con los sindicatos y se finalizan lo antes posible antes de que el empleado comience a trabajar. |
| AR facilitado | El acuerdo alcanzado entre los sindicatos y el empleador preveía servicios y equipos correspondientes a los ajustes de los puestos de trabajo, algunos de ellos previstos específicamente para las situaciones de teletrabajo, conforme a lo recomendado por el médico del trabajo. En el caso del trabajo a distancia, se realizan adaptaciones para facilitar el trabajo del empleado en casa, reproduciendo los ajustes físicos del puesto de trabajo en la medida de lo posible. |
| Objetivo | Garantizar un marco fiable dentro de la empresa para que los empleados con discapacidad tengan acceso a las adaptaciones y los ajustes necesarios en el lugar de trabajo o cuando trabajen a distancia. |
| Beneficio para el empleador | Al facilitar las adaptaciones y los ajustes necesarios, el empleador apoya la inclusión y el empleo continuado de las personas con discapacidad. |
| Coste | La empresa había previsto un «presupuesto en materia de discapacidad» para proporcionar los servicios y equipos correspondientes a los ajustes de los puestos de trabajo y a las adaptaciones necesarias para el teletrabajo, como la adaptación física de los puestos de trabajo en casa y los equipos compensatorios. |
método 2
Asistencia personal
Las personas que tienen problemas de memoria o de concentración pueden seguir aprovechando sus conocimientos recurriendo a servicios de asistencia personal. Numerosos sitios web ofrecen acceso a asistentes personales para empleadores, oficinas de empleo y particulares. «Handicap og Job», en Dinamarca, es un buen ejemplo de ello. Los empleadores pueden obtener de estas fuentes información sobre asistencia personal y medios de ayuda, subsidios salariales para nuevos titulados y tutores de apoyo. Las evaluaciones individualizadas se centran en las fortalezas y las necesidades del empleado en particular que se enfrenta a algún obstáculo y, a continuación, el empleador puede determinar cuál es el mayor potencial de dicho empleado.
2.1. Investigador novel en la Escuela de Negocios de Amberes
| País | Bélgica |
|---|---|
| Empleador | Escuela de Negocios de Amberes (AMS) |
| Obstáculo para el empleado | Discapacidad intelectual |
| AR facilitado | Proceso de contratación accesible; ajustes razonables adaptados a las necesidades de la persona en cuestión; participación y formación de los compañeros de trabajo para apoyar la nueva contratación, e implantación de un sistema de tutoría. La persona en cuestión obtuvo su primer empleo remunerado y se sintió verdaderamente incluida en el lugar de trabajo. |
| Objetivo | Permitir que la persona con discapacidad intelectual trabaje como investigador novel, realizando tareas de investigación significativas como miembro de un equipo. |
| Beneficio para el empleador | Demostró el valor de un entorno de trabajo diverso e inclusivo. Estableció un sistema de tutoría exitoso que se aplicará a futuros empleados nuevos, mejorando así el proceso de incorporación para todos los compañeros de trabajo. Las medidas mejoraron las dinámicas del equipo al fomentar un entorno inclusivo. La iniciativa tuvo una repercusión mayor: dado que el sistema de tutoría fue tan exitoso, ahora se aplicará a todos los empleados nuevos. |
| Coste | Entre mínimo y moderado, en vista de la adaptación del proceso de contratación, algunos ajustes razonables del espacio de trabajo o las herramientas, y la implantación de un sistema de tutoría. |
2.2. Pensionista con discapacidad en un taller de vehículos
| País | Dinamarca |
|---|---|
| Empleador | Taller de vehículos local |
| Obstáculo para el empleado | El empleado tiene una discapacidad intelectual que requiere apoyo adicional para comprender y comenzar tareas. |
| AR facilitado | Subsidios salariales para contratar al empleado veinte horas a la semana y a un asistente personal diez horas a la semana para guiarle y ayudarle con sus tareas. |
| Objetivo | Ofrecer al pensionista con discapacidad la oportunidad de trabajar en un ámbito en el que disfruta y está capacitado, contribuyendo así al taller. El asistente personal ayuda al empleado a adaptarse a sus tareas profesionales, permitiéndole desempeñar su función. |
| Beneficio para el empleador | Contratar al pensionista con discapacidad diversifica la mano de obra y, gracias a ello, es posible que el empleador pueda optar a subsidios salariales públicos, lo que constituye un incentivo financiero. La contratación de la persona con discapacidad también puede mejorar el perfil de responsabilidad social del taller y atraer así a más clientes que valoren las empresas inclusivas. |
| Coste | Entre mínimo y moderado, dado que el coste de la contratación de un asistente personal durante diez horas semanales es compensado parcialmente por subsidios salariales del Gobierno por contratar al pensionista con discapacidad. |
2.3. Secretaria con problemas de memoria
| País | Dinamarca |
|---|---|
| Empleador | Empresa |
| Obstáculo para el empleado | La secretaria adolece de problemas de memoria debido a una lesión cerebral, lo que hace que le resulte difícil planificar y estructurar su jornada laboral. |
| AR facilitado | Una hora de asistencia personal cada mañana, en la que un compañero ayuda a la secretaria a organizar las tareas del día. |
| Objetivo | Proporcionar a la secretaria el apoyo necesario para el desempeño eficaz de sus funciones de secretaría, garantizando así su crecimiento profesional y su satisfacción laboral, lo que también contribuye a mantener su implicación y productividad a lo largo de todo el día. |
| Beneficio para el empleador | Conserva a una empleada valiosa cuya función es esencial para el buen desarrollo de las actividades de la oficina. Aprovechar la subvención de cinco horas semanales ayuda a cubrir los costes, y la presencia de un asistente no solo beneficia a la secretaria, sino que además agiliza la planificación de la oficina, lo que conlleva una mejora de la productividad global. |
| Coste | Entre mínimo y moderado, teniendo en cuenta que el coste se compensa con una subvención de cinco horas semanales para favorecer el empleo de personas con discapacidad. |
2.4. Ingeniero informático con autismo
| País | Portugal |
|---|---|
| Empleador | Empresa multinacional en el sector de la energía |
| Obstáculo para el empleado | El ingeniero informático es autista, lo que puede afectar a su capacidad para cumplir determinados requisitos académicos, participar en presentaciones grupales, pruebas escritas y entrevistas, e integrarse sin dificultades en un equipo. |
| AR facilitado | Flexibilidad en el requisito de titulación académica: inicialmente hacía falta un título de máster, pero se aceptó el título del candidato; proceso de contratación personalizado: las pruebas escritas y de presentación en grupo se llevaron a cabo de forma individual para ajustarse a las necesidades del candidato; fase de integración: la empresa seleccionó el espacio de trabajo y al equipo que mejor se ajustaban al perfil del empleado y organizó reuniones con futuros directivos para sensibilizarlos y asesorarlos sobre las rutinas diarias. |
| Objetivo | Permitir al candidato participar plenamente en el proceso de contratación y contribuir de manera significativa a la plantilla, respetando al mismo tiempo sus dificultades y puntos fuertes especiales debidos a su trastorno. |
| Beneficio para el empleador | El empleador consigue un ingeniero informático cualificado con capacidades especializadas. El fomento de un entorno inclusivo pone de manifiesto la responsabilidad social de la empresa y puede atraer a una reserva de talentos más amplia. Los futuros directivos toman conciencia de la diversidad de sus equipos, lo que mejora sus capacidades de gestión y promueve un entorno laboral más inclusivo. |
| Coste | Mínimo, teniendo en cuenta el coste de adaptación del proceso de contratación, incluido el tiempo dedicado a realizar pruebas y presentaciones individualizadas, así como el tiempo dedicado por los directivos a asistir a reuniones para aumentar su sensibilización. |
2.5. Adaptación del proceso de contratación y orientación laboral para empleados autistas
| País | Dinamarca |
|---|---|
| Empleador | Diversas empresas y organizaciones |
| Obstáculo para el empleado | Cada persona autista es única y necesita apoyo personalizado para acceder al empleo, por ejemplo, a fin de garantizar que la comunicación sea accesible y satisfacer cualquier necesidad sensorial en el lugar de trabajo. |
| AR facilitado | Una empresa de orientación laboral ofrece ayuda a los empleadores para garantizar un proceso de contratación accesible para los candidatos autistas, y presta apoyo para su incorporación, así como asesoramiento periódico en el trabajo a los directivos y los empleados autistas. |
| Objetivo | La empresa de orientación laboral ayuda a emparejar las capacidades y características de las personas autistas con puestos que se adecúen a su forma singular de trabajar, aprovechando al mismo tiempo sus puntos fuertes particulares. Les ayuda a encontrar empleadores que aprovechen al máximo sus capacidades y que, al mismo tiempo, se ajusten adecuadamente a sus dificultades. |
| Beneficio para el empleador | Los empleadores reciben apoyo para crear equipos con capacidades diversas. |
| Coste | Moderado |
método 3
Ajuste
del espacio de trabajo
(incluido el de teletrabajo)
El apoyo al empleo para los trabajadores con discapacidad o con enfermedades crónicas conlleva ajustar el espacio de trabajo, incluido el de teletrabajo. Tanto los empleadores del sector público como los del sector privado no solo pueden ajustar el mobiliario, los equipos y los locales, sino también ofrecer la opción de teletrabajar. De esta forma, los usuarios de sillas de ruedas con una discapacidad física grave o las personas con una deficiencia visual, por ejemplo, también pueden teletrabajar si es necesario.
3.1. Juez usuario de silla de ruedas
| País | Bélgica |
|---|---|
| Empleador | Sistema judicial del sector público |
| Obstáculo para el empleado | Discapacidad física a raíz de un accidente de esquí que le provocó una tetraplejía, lo que le ocasiona dificultades para acceder a una sala de vistas tradicional y trabajar en ella. |
| AR facilitado | Se adaptó un puesto de trabajo en el domicilio del juez, en el que puede teletrabajar tres o cuatro días a la semana; otros de los ajustes consisten en horarios de trabajo flexibles y apoyo financiero para realizar modificaciones en el espacio de trabajo. |
| Objetivo | Permitir que el juez retome sus funciones y contribuya eficazmente al sistema judicial, disfrutando de una posición equivalente a la de sus compañeros sin discapacidad física. |
| Beneficio para el empleador | Conserva a un juez experimentado, preservando así la calidad del poder judicial. Demuestra un compromiso con la inclusión y la diversidad, lo que podría atraer a talentos más diversos en el futuro. Sienta un precedente para los ajustes razonables en el sector público. |
| Coste | Moderado, teniendo en cuenta el coste de adaptación del puesto de trabajo en el domicilio. |
3.2. Operador informático con deficiencias visuales
| País | Rumanía |
|---|---|
| Empleador | Empresa informática |
| Obstáculo para el empleado | El empleado tiene deficiencias visuales, lo que dificulta el uso de equipos informáticos convencionales y afecta a su capacidad para desplazarse a diario al lugar de trabajo debido a la inaccesibilidad del transporte público. |
| AR facilitado | El empleador cubrió el coste del equipo especializado que el empleado encargó por internet; se le ofrecieron plazos más flexibles para gestionar varios proyectos y se le permite trabajar principalmente desde casa; los compañeros de trabajo prestan ayuda adicional en aquellas tareas que su software de apoyo no puede asumir. |
| Objetivo | Permitir al empleado ejercer eficazmente como operador informático y contribuir a los proyectos de la empresa, atendiendo a sus deficiencias visuales. |
| Beneficio para el empleador | Contrata y conserva a un operador informático con talento que puede aportar valiosas capacidades al equipo. Mejora la reputación de la empresa por lo que respecta a la inclusión, lo que puede atraer a una reserva de talentos más diversa. Las medidas de ajuste también cultivan un ambiente de trabajo comprensivo y colaborativo. |
| Coste | Moderado, teniendo en cuenta la adquisición de equipos informáticos especializados y adaptaciones de software. |
método 4
Horario de trabajo flexible
Adaptar la jornada laboral a las necesidades individuales de las personas con discapacidad puede permitirles desempeñar una función en el mercado laboral. Se trata de una solución que, en sí misma, no conlleva herramientas especiales ni adaptaciones físicas, ni requiere subvenciones públicas. El único requisito en este caso es que el empleador deje espacio a los empleados con discapacidad, que pueden tener que funcionar de manera distinta a la mayoría del resto de los trabajadores.
4.1. Informática profesional con un hijo con múltiples discapacidades
| País | Croacia |
|---|---|
| Empleador | Gran empresa de telecomunicaciones |
| Obstáculo para el empleado | La empleada es madre de un niño con múltiples discapacidades y defiende activamente los derechos de su hijo. Esta situación requiere un horario de trabajo flexible y un ambiente comprensivo en su equipo. |
| AR facilitado | La empresa permite los horarios de trabajo flexibles y fomenta una cooperación de calidad dentro de su equipo; la cultura de la empresa promueve la colegialidad, que es esencial para que la empleada logre un equilibrio entre sus responsabilidades profesionales y su papel como defensora activa y como madre. |
| Objetivo | Permitir que la madre siga desempeñando su trabajo profesional de gran calidad y pueda cuidar al mismo tiempo a su hijo con discapacidad. |
| Beneficio para el empleador | Conserva a una informática profesional altamente cualificada con veinte años de experiencia en la empresa. Además, mejora su reputación como empleador inclusivo y comprensivo, contribuyendo a su selección en 2020 como uno de los empleadores del año de personas con discapacidad. |
| Coste | Entre mínimo y moderado, principalmente en lo que respecta al esfuerzo de gestión para garantizar un entorno laboral flexible y comprensivo. |
4.2. Especialista en informática con una enfermedad mental diagnosticada
| País | Dinamarca |
|---|---|
| Empleador | Centro de Pequeñas Empresas para empresas informáticas emergentes |
| Obstáculo para el empleado | Diagnóstico de un problema de salud mental, un tipo de esquizofrenia, que requiere que la empleada tenga un horario de trabajo distinto y que se lleven a cabo consultas psicológicas durante el horario laboral. |
| AR facilitado | El empleador permite a la empleada trabajar principalmente por la noche, cuando es más productiva; también se ajusta a su necesidad de consultar a un psicólogo una vez a la semana durante el horario laboral. |
| Objetivo | Permitir que la empleada trabaje de manera eficiente en función de sus necesidades individuales, contribuyendo al mismo tiempo a los objetivos del centro de prestar asistencia a las empresas informáticas emergentes. |
| Beneficio para el empleador | El empleador consigue a una especialista en informática comprometida cuyo horario de trabajo especial puede ser un activo para proyectos que requieren atención las veinticuatro horas. Además, el enfoque inclusivo constituye un ejemplo positivo para otras empresas del centro, fomentando así una cultura de diversidad y aceptación. |
| Coste | Mínimo, que cubre principalmente la flexibilidad en la gestión para adaptarse al horario de trabajo de la empleada y a sus necesidades de consulta psicológica. |
método 5
Organización flexible de las tareas
La práctica conocida como «personalización del puesto de trabajo» forma parte de la estrategia de empleo con apoyo y puede ayudar a las personas que se enfrentan a obstáculos particulares a trabajar e involucrarse. Esta práctica podría comenzar a aplicarse durante un período inicial del empleo e ir acompañada de evaluaciones individualizadas. Los ajustes razonables a través de la personalización del puesto de trabajo permiten intercambiar funciones o elementos especializados a fin de aprovechar al máximo las capacidades específicas de una persona con discapacidad, de modo que esta pueda desempeñar aquellas tareas para las que esté mejor capacitada o en las que obtenga mejores resultados.
5.1. Educación inclusiva para aprendices (EFP) en ingeniería mecánica
| País | Austria |
|---|---|
| Empleador | Empresa activa a nivel mundial en el ámbito de la ingeniería mecánica |
| Obstáculo para el empleado | Los alumnos jóvenes con discapacidad pueden tener dificultades para cursar el ciclo de tres años de educación y formación profesionales (EFP) en ingeniería mecánica. |
| AR facilitado | En asociación con una ONG, la empresa ofrece un programa de EFP a medida de dos años que permite a los aprendices centrarse en partes específicas del ámbito de la ingeniería mecánica que se ajusten a sus puntos fuertes y capacidades personales; el programa utiliza métodos como la aligeración del puesto de trabajo (job stripping) para analizar cuáles son las tareas más adecuadas para cada alumno. |
| Objetivo | Ofrecer una educación inclusiva que dote a los alumnos jóvenes con discapacidad de un título de EFP reconocido en ingeniería mecánica. El objetivo último es prepararlos para entrar en el mercado laboral general y, potencialmente, para un futuro empleo dentro de la propia empresa. |
| Beneficio para el empleador | Al ofrecer este programa inclusivo, la empresa contribuye a la responsabilidad social y puede encontrar nuevos talentos, reduciendo así la tasa de abandono de los programas de aprendizaje profesional. El programa de EFP inclusiva mejora la reputación de la empresa y abre la puerta a una mano de obra más diversa. |
| Coste | Moderado, que incluye la asociación con la ONG, la personalización del programa de aprendizaje profesional y la acogida del programa en los locales de la empresa. |
5.2. Apicultor con una deficiencia visual
| País | Croacia |
|---|---|
| Empleador | Explotación apícola familiar |
| Obstáculo para el empleado | El apicultor tiene una deficiencia visual, lo que dificulta las tareas que requieren el uso de la vista, como el manejo del equipo, las adquisiciones y el control de calidad. |
| AR facilitado | Utilización de un ordenador adaptado a sus capacidades, así como de herramientas y medios de ayuda personalizados diseñados por el propio apicultor; este recibió formación a través de conferencias profesionales y tutorías a cargo de un apicultor experimentado. |
| Objetivo | Gestionar todos los aspectos de la actividad apícola, desde las adquisiciones y la venta hasta la comercialización, el diseño de los productos y el control de calidad, adaptando las herramientas y los métodos a sus necesidades especiales. |
| Beneficio para el empleador | Como jefe de su propia explotación familiar, el apicultor ha transformado con éxito una afición en una profesión. Las herramientas adaptadas y la formación no solo le permiten realizar las tareas de manera eficiente, sino que además le han ayudado a ganar múltiples premios por la calidad de sus productos. |
| Coste | Entre mínimo y moderado, teniendo en cuenta el ordenador adaptado y el desarrollo de herramientas personalizadas. |
5.3. Empleados de un hotel
| País | Lituania |
|---|---|
| Empleador | Hotel en Vilna |
| Obstáculo para el empleado | Las personas con diversos tipos de discapacidad pueden tener limitaciones que les impidan desempeñar eficazmente todas las tareas propias de los puestos tradicionales en un hotel. |
| AR facilitado | Estrategia de personalización de los puestos de trabajo, consistente en adecuar cada puesto de trabajo a partir de unas evaluaciones individuales para poner de relieve las capacidades únicas de las personas con discapacidad. |
| Objetivo | Ajustar a medida los puestos de trabajo para que las personas con discapacidad puedan maximizar su productividad y satisfacción laboral, promoviendo así la diversidad y la inclusión en el lugar de trabajo. |
| Beneficio para el empleador | Aprovecha las capacidades y competencias únicas de los empleados con discapacidad, con la posibilidad de subsanar así las lagunas en funciones o tareas que otros empleados podrían no desempeñar tan bien. Mejora la diversidad en el lugar de trabajo y pone de relieve el compromiso del empleador con la responsabilidad social. |
| Coste | Entre mínimo y moderado, teniendo en cuenta que los costes iniciales asociados a las evaluaciones individuales y a la personalización de los puestos de trabajo se ven compensados por los beneficios de cubrir las funciones especializadas con mayor eficacia. |
Ejemplos de medidas sistémicas
Además de las valiosas lecciones que pueden extraerse de ejemplos concretos de ajustes razonables, existe una serie de estrategias sistémicas que pueden adoptarse a nivel nacional. Estas estrategias pueden ponerlas en marcha tanto instituciones públicas y sindicatos como el sector privado. Al aplicar estas medidas sistémicas, la facilitación de ajustes razonables se integra a la perfección en cada fase del proceso de empleo: la contratación, el mantenimiento de los trabajadores en el empleo y la progresión profesional. De esta forma, no solo se promueve un lugar de trabajo inclusivo y diverso, sino que además la productividad general y la moral de la mano de obra mejoran. Los empleadores desempeñan un papel fundamental en esta transformación y, al adoptar estas prácticas, pueden liderar el proceso de creación de un entorno de trabajo más equitativo y accesible para las personas con discapacidad.
1. KLAPjob: empleos flexibles para las personas con discapacidad intelectual
| País | Dinamarca |
|---|---|
| Empleador | Varios ayuntamientos, empresas y organizaciones a través de la iniciativa KLAPjob |
| Obstáculo para el empleado | Las personas con discapacidad intelectual y otras dificultades cognitivas se enfrentan a retos en los entornos laborales tradicionales. |
| AR facilitado | KLAPjob ofrece empleo flexible y personalizado con salarios subvencionados, y ayuda a emparejar a los candidatos con un puesto de trabajo en función de sus capacidades y preferencias. |
| Objetivo | Permitir que las personas con discapacidad intelectual o una deficiencia cognitiva de otro tipo encuentren un empleo apropiado que se ajuste a sus capacidades, aumentando así su grado de inclusión social e independencia. |
| Beneficio para el empleador | Los empleadores pueden beneficiarse de una subvención que les permite reducir el salario por hora que pagan, al tiempo que diversifican su mano de obra y cumplen los objetivos de responsabilidad social. |
| Coste | Mínimo, dado que los empleadores se benefician de una reducción de 3 EUR del salario por hora, lo que podría compensar los costes relacionados con cualquier ajuste necesario. |
2. Vídeos instructivos
| País | Dinamarca |
|---|---|
| Empleador | Consejo Nacional de Servicios Sociales |
| Obstáculo para el empleado | Amplia variedad de discapacidades |
| AR facilitado | Una serie de diez vídeos que muestran ejemplos de buenas prácticas de ajustes razonables en diversos entornos laborales para las personas con discapacidad. Una serie de diez vídeos que ilustran las mejores prácticas en cuanto a ajustes razonables destinados a ayudar a las personas con discapacidad a obtener o conservar un empleo. |
| Objetivo | Concienciar sobre las dificultades a las que se enfrentan las personas con discapacidad y los ajustes que necesitan para acceder al empleo o conservar un puesto. Los vídeos tienen por objeto educar tanto a los empleadores como a los empleados. |
| Beneficio para el empleador | Al facilitar estos recursos educativos, el Consejo Nacional de Servicios Sociales refuerza su papel como plataforma de conocimientos y alienta mejores prácticas en el lugar de trabajo. Esto, a su vez, podría dar lugar a mayores tasas de empleo para las personas con discapacidad, lo que beneficiaría al mercado laboral y a la sociedad en su conjunto. |
| Coste | Moderado, teniendo en cuenta el perfil de la plataforma. |
3. Pasaporte para Ajustes Razonables
| País | Irlanda |
|---|---|
| Empleador | Todos: sector público y privado |
| Obstáculo para el empleado | Solicitar y acceder a un ajuste razonable. |
| AR facilitado | Ajuste razonable acordado e introducido. |
| Objetivo | Favorecer que las personas con discapacidad soliciten y obtengan sin trabas un ajuste razonable individual y personalizado. Esta solicitud de ajustes razonables suprime información errónea sobre el proceso de ajuste razonable. |
| Beneficio para el empleador | La principal organización patronal y el principal sindicato han acordado este pasaporte. De este modo, se ofrecen garantías tanto al empleador como al empleado sobre el proceso de ajuste razonable. |
| Coste | Ninguno |
4. Promover el empleo de personas con discapacidad intelectual
| País | Malta |
|---|---|
| Empleado | Todos |
| Obstáculo para el empleado | Sesgo que favorece la contratación de personas con discapacidad intelectual. |
| AR facilitado | Una serie de diecisiete currículum vitae en forma de vídeos en los que se muestran las capacidades de las personas con discapacidad intelectual. |
| Objetivo | Informar de que las personas con discapacidad intelectual, una vez que reciben apoyo, son empleados valiosos. Los vídeos recogen comentarios de empleadores, orientadores laborales, compañeros de trabajo, terapeutas y trabajadores sociales de los participantes, así como de otras personas que trabajan con ellos. Demuestran que las personas con discapacidad intelectual a menudo también aportan al lugar de trabajo otras competencias y capacidades valiosas, como la determinación, la puntualidad, la creatividad, el trabajo en equipo y el deseo de aprender. |
| Beneficio para el empleador | Estos currículum vitae en vídeo se utilizan como parte de un paquete de recursos en línea que está disponible en el canal de YouTube de la Universidad de Malta y que muestra su potencial, creando un recurso para que los empleadores y diversos profesionales valoren positivamente las capacidades de las personas con discapacidad intelectual, así como para que el personal académico y los estudiantes los utilicen en la enseñanza, el aprendizaje y la investigación. |
| Coste | Moderado |
5. Subvención de los ajustes razonables para empleados
| País | Reino Unido |
|---|---|
| Empleador | REISS |
| Obstáculo para el empleado | Persona con pérdida de audición que tiene dificultades para entender a sus compañeros durante las reuniones del equipo y en los actos del personal. |
| AR facilitado | Access to Work es el programa de empleo que apoya a empleadores, empleados y trabajadores por cuenta propia a través de subvenciones personalizadas. |
| Objetivo | Ayudar a una persona con pérdida de audición, que requiere apoyo para la comunicación durante los actos importantes del personal y las reuniones del equipo. Esto favorece la inclusión y la participación significativa del empleado. |
| Beneficio para el empleador | El empleador puede garantizar la plena inclusión del personal a través de una subvención de Access to Work, sin tener que cubrir el coste de los sistemas de reconocimiento de voz. El empleador puede apoyar con confianza al empleado para que permanezca en el puesto de trabajo. |
| Coste | La subvención cubre el coste del apoyo a la comunicación profesional (sistema de reconocimiento de voz). También hay varios porcentajes de reparto de los costes entre el programa y los empleadores en relación con los equipos de escucha asistida. La subvención máxima concedida es de 59 200 GBP (68 000 EUR) por empleado al año. |
6. Facilitación de intérpretes profesionales y acreditados de lenguas de signos nacionales para que los empleados sordos cumplan sus mandatos políticos
| País | Variable |
|---|---|
| Empleador | La Unión Europea, los Parlamentos nacionales o los grupos políticos |
| Obstáculo para el empleado | La información y la comunicación se codifican en las lenguas habladas nacionales, lo que significa que las personas sordas no pueden contribuir plenamente a su entorno de trabajo debido a la diferencia lingüística, sumada a la falta de información accesible en la lengua de signos nacional. |
| AR facilitado | El Parlamento Europeo, los partidos políticos y los Gobiernos nacionales han garantizado la facilitación de intérpretes profesionales y acreditados de lenguas de signos nacionales para las personas sordas que ostenten un mandato político. Su objetivo era eliminar cualquier barrera comunicativa que les supusiera un impedimento para contribuir plenamente a su lugar de trabajo y realizar su labor en pie de igualdad con sus homólogos sin deficiencias auditivas. |
| Objetivo | Aumentar las oportunidades de las personas sordas para desempeñar de manera significativa un mandato político como medio de subsistencia y, de este modo, incrementar la igualdad de oportunidades para todas las personas en todos los ámbitos de la sociedad. |
| Beneficio para el empleador | Los empleadores pueden fomentar la diversidad y la inclusión en el lugar de trabajo y contribuir a reducir la marginación de las personas con discapacidad, así como a que se las vea como contribuyentes económicos en lugar de como cargas para la sociedad. |
| Coste | Variable, pero debe estar cubierto por financiación pública, en consonancia con los principios de accesibilidad, igualdad y no discriminación expuestos en la CDPD (artículos 5, 9 y 27). |
7. Proyecto experimental del Observatorio Nacional de las Condiciones de las Personas con Discapacidad encaminado a crear una unidad técnica que se ocupe a nivel individual de los trabajadores con discapacidad
| País | Italia |
|---|---|
| Empleador | Acuerdo potencialmente aplicable a todos los empleadores de grandes empresas |
| Obstáculo para el empleado | Falta de apoyo especializado en las empresas para los trabajadores con discapacidad. |
| AR facilitado | Creación de unidades técnicas dentro de las grandes empresas, dedicadas a abordar los problemas individuales a los que se enfrentan los trabajadores con discapacidad. |
| Objetivo | Crear, a través de la negociación colectiva, proyectos personalizados que aborden las condiciones de trabajo de los empleados con discapacidad, gestionados por profesionales cualificados (gestores de asuntos relacionados con la discapacidad, etc.). |
| Beneficio para el empleador | Ajustes mejorados para los trabajadores con discapacidad, fomentando un entorno de trabajo más inclusivo y abordando sus necesidades individuales. |
| Coste | Variable, en función del tamaño y los recursos de la empresa, pero normalmente asumido como una inversión en el fomento de un lugar de trabajo inclusivo. |
8. Jornada laboral de siete horas para las personas con discapacidad
| País | Polonia |
|---|---|
| Empleador | Disposición aplicable a todos los trabajadores |
| Obstáculo para el empleado | Carga física y psicológica de una jornada laboral de ocho horas. |
| AR facilitado | NSZZ «Solidarność» luchó con éxito por reimplantar la jornada laboral de siete horas como forma de empleo estándar para las personas con una discapacidad oficialmente reconocida. La propuesta presentada por el sindicato ante el Tribunal Constitucional se declaró válida, por lo que se modificó la ley. |
| Objetivo | Aliviar la carga de trabajo de los empleados con discapacidad. |
| Beneficio para el empleador | Instauración de una cultura de inclusión. |
| Coste | El coste de una hora de trabajo al día. |
9. Convenio colectivo en el Ministerio de Transición Ecológica y Cohesión Territorial
| País | Francia |
|---|---|
| Empleador | Ministerio de Transición Ecológica y Cohesión Territorial |
| Obstáculo para el empleado | Algunas situaciones de discapacidad pueden requerir ajustes específicos de diversos tipos, entre ellos medidas humanas, técnicas u organizativas, para hacer frente a las dificultades a las que se enfrentan los empleados debido a su discapacidad. Los equipos de los empleados son cruciales para compensar eficazmente estas dificultades, ya que permiten a los empleados con discapacidad desempeñar sus funciones como cualquier otro trabajador de la plantilla. |
| AR facilitado | Ajustes razonables facilitados con arreglo a las recomendaciones del médico del trabajo, en consulta con el asesor en materia de prevención. El médico del trabajo explica al personal directivo las necesidades específicas del empleado y por qué los ajustes son razonables. En ausencia de un médico del trabajo, se puede consultar a un médico autorizado o al médico responsable de su tratamiento. |
| Objetivo | Introducir medidas y sistemas de apoyo conocidos para facilitar los ajustes y la ayuda necesarios, lo que incluye la utilización de los recursos facilitados por el FIPHFP (Fondo para la Inserción de Personas con Discapacidad en la Función Pública). |
| Beneficio para el empleador | Mayor inclusión y accesibilidad, garantizando que los empleados con discapacidad puedan desempeñar sus tareas de manera eficaz dentro de la plantilla. |
| Coste | Costes de implantación de la formación y los medios de ayuda necesarios cubiertos por el FIPHFP. |
Notas finales
1 Council Directive 2000/78/EC of 27 November 2000 establishing a general framework for equal treatment in employment and occupation, [2000] OJ L303/16, https://eur-lex.europa.eu/legal-content/EN/TXT/?uri=CELEX:32000L0078.
2 COM(2021) 139 final.
3 Registro de grupos de expertos de la Comisión y otras entidades similares (europa.eu).
4 Foro Económico Mundial (FEM) (2019), «What Companies Gain by Including People with Disabilities» [«Lo que ganan las empresas con la inclusión de personas con discapacidad», documento en inglés], 23 de abril, https://www.weforum.org/agenda/2019/04/what-companies-gain-including-persons-disabilities-inclusion.
5 Organismos de igualdad. Comisión Europea (europa.eu).
1 Véase también: i) el informe de síntesis del Conocimiento Europeo sobre Discapacidad (EDE, por sus siglas en inglés): Waddington, L. (2023), Striving for an inclusive labour market in Europe: Positive actions and reasonable accommodation to facilitate hiring and employment of persons with disabilities involving employers and employer initiatives [«Trabajando por un mercado laboral inclusivo en Europa: acciones positivas y ajustes razonables para facilitar la contratación y el empleo de personas con discapacidad con la participación de los empleadores y sus iniciativas», documento en inglés]; ii) el informe estadístico del EDE: Grammenos, S. (2023), The employment of persons with disabilities – Statistics, Data 2020 [«La contratación de personas con discapacidad: estadísticas. Datos de 2020», documento en inglés]; y iii) la página web del Conocimiento Europeo sobre Discapacidad (EDE): https://ec.europa.eu/social/main.jsp?catId=1532&langId=es.
2 Véase https://www.un.org/disabilities/documents/convention/convoptprot-s.pdf, y en particular sus artículos 2 y 5.
3 CRPD/C/GC/8: Observación general n.º 8 (2022) sobre el derecho de las personas con discapacidad al trabajo y al empleo | .
4 CRPD/C/GC/8: Observación general n.º 8 (2022) sobre el derecho de las personas con discapacidad al trabajo y al empleo | ACNUDH.
5 Directiva 2000/78/CE del Consejo, de 27 de noviembre de 2000, relativa al establecimiento de un marco general para la igualdad de trato en el empleo y la ocupación (DO L 303 de 2.12.2000, p. 16), https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:32000L0078.
6 Para más información, véase: https://ec.europa.eu/commission/presscorner/detail/es/ip_21_810.
7 Véase https://ec.europa.eu/social/main.jsp?catId=1597&langId=es.
8 Véase https://data.consilium.europa.eu/doc/document/ST-14495-2022-INIT/es/pdf.
9 Véase https://ec.europa.eu/social/main.jsp?catId=1226&langId=es.
10 Directiva (UE) 2022/2464 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 14 de diciembre de 2022, por la que se modifican el Reglamento (UE) n.º 537/2014, la Directiva 2004/109/CE, la Directiva 2006/43/CE y la Directiva 2013/34/UE, por lo que respecta a la presentación de información sobre sostenibilidad por parte de las empresas.
11 Para obtener más información, véase el siguiente documento: «European Human Rights Report Issue 7 – 2023, The Right to Work: The employment situation of persons with disabilities in Europe» [«Informe europeo sobre derechos humanos. Ejemplar n.º 7 – 2023. El derecho al trabajo: la situación del empleo de las personas con discapacidad en Europa», documento en inglés] (edf-feph.org), p. 49.
12 Véase https://ec.europa.eu/social/main.jsp?catId=1540&langId=en.
13 Sentencia del Tribunal de Justicia de 11 de abril de 2013, HK Danmark, asuntos acumulados C-335/11 y C-337/11, ECLI:EU:C:2013:222.
14 Sentencia de 18 de enero de 2024, Ca Ca Negreta, C-631/22, ECLI:EU:C:2024:53.
15 Para obtener más información, véase el siguiente documento: informe de síntesis del EDE, Waddington, L. (2023), Striving for an inclusive labour market in Europe: Positive actions and reasonable accommodation to facilitate hiring and employment of persons with disabilities involving employers and employer initiatives [«Trabajando por un mercado laboral inclusivo en Europa: acciones positivas y ajustes razonables para facilitar la contratación y el empleo de personas con discapacidad con la participación de los empleadores y sus iniciativas», documento en inglés].
16 Véase https://ec.europa.eu/social/main.jsp?catId=1540&langId=es.
17 Véanse el documento Reasonable-Accommodation-Disability-Discussion-Paper.pdf (equineteurope.org), pp. 23-26, y el anexo https://urldefense.com/v3/__https:/equineteurope.org/wp-content/uploads/2021/03/Annex-_Reasonable-Accomodation.pdf__;!!DOxrgLBm!HUfzVgkJ6dC-UBcYKNd8PNF2sRuplVhh8vAyQhiRmIwcCm2JuRJ11F5lcV5YR1W7kP6NG3trjk4bc3wvVcIUdj9YbztZBFNIwuVF$.
18 Comité de las Naciones Unidas sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (2014), Observación general N.º 2 sobre accesibilidad, https://www.ohchr.org/es/documents/general-comments-and-recommendations/general-comment-no-2-article-9-accessibility-0.
19 Para leer más información sobre la aplicación de este concepto en las prácticas basadas en la legislación en materia de igualdad, véanse el documento de reflexión de Equinet de 2021 sobre los ajustes razonables para las personas con discapacidad: exploración de los retos de su aplicación práctica, y la Red europea de expertos jurídicos en materia de igualdad de género y no discriminación (2016) de la Comisión Europea.
20 Véase https://ec.europa.eu/social/main.jsp?catId=1202&langId=es.
21 Para obtener más información, véase «European Human Rights Report Issue 7 – 2023, The Right to Work: The employment situation of persons with disabilities in Europe» [«Informe europeo sobre derechos humanos. Ejemplar n.º 7 – 2023. El derecho al trabajo: la situación del empleo de las personas con discapacidad en Europa», documento en inglés] (edf-feph.org), p. 69.
22 Para obtener más información, véase «European Human Rights Report Issue 7 – 2023, The Right to Work: The employment situation of persons with disabilities in Europe» [«Informe europeo sobre derechos humanos. Ejemplar n.º 7 – 2023. El derecho al trabajo: la situación del empleo de las personas con discapacidad en Europa», documento en inglés] (edf-feph.org), p. 69.
23 Para obtener más información, véase el siguiente documento: «European Human Rights Report Issue 7 – 2023, The Right to Work: The employment situation of persons with disabilities in Europe» [«Informe europeo sobre derechos humanos. Ejemplar n.º 7 – 2023. El derecho al trabajo: la situación del empleo de las personas con discapacidad en Europa», documento en inglés] (edf-feph.org), p. 77.
24 Para obtener más información, véase el siguiente documento: «European Human Rights Report Issue 7 – 2023, The Right to Work: The employment situation of persons with disabilities in Europe» [«Informe europeo sobre derechos humanos. Ejemplar n.º 7 – 2023. El derecho al trabajo: la situación del empleo de las personas con discapacidad en Europa», documento en inglés] (edf-feph.org), p. 77.
25 Véase: Fomentando la diversidad y la inclusión mediante ajustes en el lugar de trabajo: .
26 Véase: EBU guidance on reasonable accommodation for visually impaired employees and applicants_Sept2023.pdf (euroblind.org) [«Orientaciones de la UEC sobre los ajustes razonables para empleados y solicitantes de empleo con discapacidad visual (septiembre de 2023)», documento en inglés].
27 Véase: Annex-_Reasonable-Accomodation.pdf (equineteurope.org).
28 Véase: https://labordoc.ilo.org/discovery/delivery/41ILO_INST:41ILO_V1/1247199440002676.
29 Véase la página web del EDE: https://ec.europa.eu/social/main.jsp?catId=1532&langId=es.
30 Para consultar más información sobre Horizonte Europa, véase: https://research-and-innovation.ec.europa.eu/funding/funding-opportunities/funding-programmes-and-open-calls/horizon-europe_en?prefLang=es.
31 Véase la página web del EDE: https://ec.europa.eu/social/main.jsp?catId=1532&langId=es.
32 Véase https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=celex%3A32000L0078.
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