
Asistencia conjunta a los proyectos en las regiones europeas (Jaspers): es hora de orientarla mejor
Acerca del informe En 2006, la Comisión Europea emprendió, junto con el Banco Europeo de Inversiones, una nueva iniciativa denominada «Asistencia conjunta a los proyectos en las regiones europeas» (Jaspers), cuyo objetivo era ofrecer asesoramiento gratuito e independiente para ayudar a los Estados miembros que se unieron a la UE en 2014 a preparar «grandes proyectos» de alta calidad. El Tribunal constató deficiencias en la definición de los objetivos principales y las funciones y responsabilidades de Jaspers, lo que ponía en riesgo la rendición de cuentas. Se observaron insuficiencias significativas en la configuración de la nueva función de revisión de calidad independiente, que suponía un elevado riesgo de falta de imparcialidad. Aunque Jaspers contribuyó a una aprobación más rápida de los proyectos y a una mayor calidad de la documentación de estos, en general no pudo influir en la absorción de fondos de la UE. Su impacto en la capacidad administrativa de los Estados miembros no se tradujo en un mayor grado de independencia con respecto a su asistencia. Las insuficiencias observadas, combinadas con deficiencias significativas en la planificación, el seguimiento y la evaluación de las actividades de Jaspers, ponen en riesgo el éxito del funcionamiento de la iniciativa, especialmente en términos de eficiencia y eficacia.
Resumen
Sobre Jaspers
IEn 2005, la Comisión Europea decidió emprender una nueva iniciativa junto con el Banco Europeo de Inversiones (BEI), conocida como «Asistencia conjunta a los proyectos en las regiones europeas» (Jaspers), para ofrecer asesoramiento gratuito independiente a los Estados miembros que se adhirieron a la UE en 2004 o años posteriores con el fin de ayudarles a preparar propuestas de alta calidad de grandes proyectos de inversión para su financiación a través del Fondo de Cohesión y el Fondo Europeo de Desarrollo Regional de la UE.
¿Cómo llevó a cabo la fiscalización el Tribunal?
IIEl Tribunal evaluó si Jaspers había contribuido positivamente al desarrollo y la calidad general de los proyectos cofinanciados por la UE en los Estados miembros que apoyó, y si mejoró la capacidad administrativa de estos últimos.
IIILa fiscalización del Tribunal abarcó cuatro Estados miembros: Croacia, Malta, Polonia y Rumanía. La fiscalización del Tribunal abarcó la ejecución de los tres programas de desmantelamiento desde 2006 hasta el final de 2016. En Croacia y Polonia, el Tribunal trabajó en colaboración con sus entidades fiscalizadores superiores (EFS), que estaban auditando el impacto de Jaspers a escala nacional al mismo tiempo1.
¿Qué constató el Tribunal?
IVHabía deficiencias en la definición de los objetivos principales y las funciones y responsabilidades de Jaspers, por lo cual, la iniciativa no orientó su asistencia con la suficiente precisión. Aunque Jaspers se concibió como una iniciativa para el período de programación 2007-2013, pasó a ser una iniciativa a más largo plazo al ampliarse al período de programación 2014-2020. Jaspers no cuenta con unos objetivos cuantificables que indiquen que su finalidad se ha cumplido. Al inicio del período de programación 2014-2020, Jaspers también comenzó a apoyar proyectos escalonados y alentó a los Estados miembros a utilizar más su asistencia gratuita durante la fase de ejecución de proyectos; nada de ello era una prioridad.
VSe observaron insuficiencias significativas en la configuración de la nueva función de revisión de calidad independiente (RCI) para el período de programación 2014 2020. La independencia funcional del servicio de RCI de Jaspers se vio menoscabada porque la misma persona se encargaba de la aprobación del trabajo de las divisiones de RCI y de asesoramiento. Además, en octubre de 2017, no se habían adoptado procedimientos que definieran los procesos de RCI en Jaspers. El Tribunal observó un elevado riesgo de falta de imparcialidad en relación con la función de asesoramiento de Jaspers. Por otra parte, aunque las RCI constituían una parte fundamental del proceso de aprobación de grandes proyectos por la Comisión, esta no participaba directamente en el modo en que los RCI se llevaban a cabo en la práctica, exponiéndose así al riesgo de que no se realizaran de la manera prevista.
VIJaspers contribuyó a una aprobación más rápida de los proyectos, y tuvo un impacto limitado en la calidad de estos últimos. Por otra parte, incidió favorablemente en la calidad de la documentación subyacente de los proyectos. El Tribunal constató además que la asistencia prestada por Jaspers era relativamente completa. En el período de programación 2007-2013, la Comisión necesitó en conjunto menos tiempo para aprobar grandes proyectos si habían recibido asistencia de Jaspers. Sin embargo, el Tribunal observó que Jaspers en general no pudo influir en la absorción de fondos europeos. En el período de programación 2014-2020, el Tribunal constató que había podido reducirse considerablemente la duración total del proceso necesario para aprobar grandes proyectos. Por último, el Tribunal observó que los grandes proyectos asistidos por Jaspers se habían visto afectados con menos frecuencia por errores de legalidad y regularidad durante sus auditorías de cumplimiento de 2014 y 2015.
VIIEl impacto de Jaspers en la capacidad administrativa todavía no se tradujo en un mayor grado de independencia con respecto a su asistencia. En general, las autoridades nacionales y los beneficiarios de los proyectos afirmaron que Jaspers había tenido un impacto positivo en su capacidad administrativa, aunque algunos de ellos declararon que seguían dependiendo mucho de su asistencia. El Tribunal no encontró pruebas que confirmasen si se había materializado realmente esta mejora de la capacidad administrativa y constató que Jaspers había ido prestando con el tiempo mayor atención al refuerzo de capacidades administrativas de los Estados miembros.
VIIILas circunstancias expuestas, combinadas con deficiencias considerables en el seguimiento de las actividades de Jaspers, comprometen el buen funcionamiento de la iniciativa, especialmente en términos de eficiencia y eficacia. El BEI no se mostraba dispuesto a facilitar información sobre los costes reales de Jaspers y la Comisión solo pudo demostrar parcialmente la plausibilidad de los costes estándar de Jaspers utilizados hasta 2014 para el personal facilitado por el BEI.
Recomendaciones del Tribunal
IXLa Comisión debería:
- asumir un mayor control de la planificación estratégica de Jaspers, incluidos todos sus tipos de actividades, teniendo en cuenta que Jaspers se concibió inicialmente como iniciativa temporal y, por lo tanto, posibilitando su eliminación progresiva si se han cumplido sus objetivos principales;
- tomar medidas inmediatas para reducir el elevado riesgo de falta de imparcialidad cuando Jaspers lleva a cabo RCI para evaluar proyectos a los que ha prestado apoyo consultivo;
- obtener pleno acceso a la documentación pertinente para verificar la calidad de los procedimientos de RCI de Jaspers;
- orientar la asistencia de Jaspers en función de la fase de desarrollo del proyecto y seguir centrando la atención en la prestación de servicios de asesoramiento para grandes proyectos;
- integrar las actividades de Jaspers en su propia estrategia de asistencia técnica, con el objetivo de mejorar la coordinación con Jaspers a la hora de llevar a cabo actividades permanentes (frente a actividades puntuales) para desarrollar la capacidad administrativa de los Estados miembros; ajustar el papel, la naturaleza y la intensidad de las actividades de refuerzo de capacidades de Jaspers en los Estados miembros con el tiempo, a fin de incentivarles a alcanzar un nivel suficiente y sostenible de capacidad administrativa;
- implantar un sistema integral de seguimiento del grado en que se han cumplido los objetivos a corto y largo plazo de Jaspers y velar por que sus futuras evaluaciones sean suficientemente completas y extraer conclusiones sobre la consecución de sus principales objetivos; tomar medidas para optimizar la eficiencia y la eficacia de Jaspers y velar por que sus costes sean razonables y reflejen los verdaderos costes en los que se ha incurrido.
Introducción
¿Qué es Jaspers?
01Los Estados miembros que se adhirieron a la UE en 2004 o años posteriores pudieron beneficiarse de grandes importes de financiación a través del Fondo de Cohesión y el Fondo Europeo de Desarrollo Regional2. Rumanía, Bulgaria y Croacia también recibieron ayuda financiera de la UE a través del Instrumento de Ayuda Preadhesión (IAP) hasta su adhesión a la UE.
Al mismo tiempo, las administraciones de estos países disponían tan solo de una capacidad limitada para gestionar los fondos europeos y preparar y ejecutar proyectos de acuerdo con los requisitos de la UE.
02Para responder a insuficiencia, la Comisión Europea decidió emprender, junto con el BEI, una nueva iniciativa destinada a ofrecer asesoramiento técnico a los Estados miembros citados. En 2006 se acordó un memorando de entendimiento entre la Comisión, el Banco Europeo de Inversiones (BEI) y el Banco Europeo de Reconstrucción y Desarrollo (BERD), y posteriormente el KfW, para establecer la iniciativa, conocida como «Asistencia conjunta a los proyectos en las regiones europeas» (Jaspers), cuyo objetivo era ofrecer asesoramiento gratuito e independiente para ayudar a los Estados miembros a preparar «grandes proyectos» de alta calidad y necesitados de inversiones considerables para que recibieran cofinanciación de la UE. Este asesoramiento consistía, por ejemplo, en estudios de viabilidad, análisis costes-beneficios y cuestiones medioambientales (véase el apartado 57).
03Inicialmente se previó que Jaspers funcionase solo en el período de programación 2007-2013 y estuviese abierto únicamente a los Estados miembros que se adhirieron a la UE en 2004 y años posteriores3. Sin embargo, con arreglo a un acuerdo marco de asociación firmado en 2014, sus actividades se prorrogaron para abarcar asimismo el período de programación 2014-2020 (incluido un nuevo mandato para el Mecanismo «Conectar Europa» (MCE)5. También se abrió a todos los Estados miembros y países candidatos, siempre que estuviesen disponibles los recursos necesarios.
04La iniciativa de asistencia técnica Jaspers está gestionada por un departamento específico, el departamento Jaspers, perteneciente al BEI, que cuenta con una plantilla de aproximadamente 124 personas6. Su sede se encuentra radicada en Luxemburgo en las dependencias del BEI, a la que se suman tres centros regionales en Varsovia, Viena y Bucarest y una oficina en Bruselas. Jaspers está financiado conjuntamente por el BEI, la Comisión a través del presupuesto de la UE, y el BERD7. Los tres socios votan unánimemente para tomar decisiones estratégicas sobre la dirección y la supervisión de la iniciativa en el Comité Directivo de Jaspers, bajo la presidencia de la Comisión.
05El coste real de Jaspers, desde que comenzó a funcionar en 2006 hasta finales de 2016, ascendió a 284,2 millones de euros. Alrededor del 79 % del coste total de Jaspers (en torno a 223,5 millones de euros) se financió con cargo al presupuesto de la UE. Véase el cuadro 1 para mayor información. La contribución restante fue aportada por los demás socios en forma de efectivos asignados a Jaspers.
| Año | Coste real de Jaspers1 | Contribución de la Comisión1 | Porcentaje de cofinanciación de la Comisión | Plantilla [ETC] |
|---|---|---|---|---|
| A | B | B/A | ||
| 2006 | 0.0 | 3.9 | - | 15 |
| 2007 | 17.8 | 13.2 | 74% | 56 |
| 2008 | 21.2 | 16.0 | 75% | 61 |
| 2009 | 23.5 | 17.1 | 72% | 77 |
| 2010 | 30.2 | 23.4 | 77% | 88 |
| 2011 | 32.0 | 26.5 | 83% | 89 |
| 2012 | 30.4 | 24.2 | 80% | 91 |
| 2013 | 31.6 | 23.1 | 73% | 87 |
| 2014 | 28.9 | 21.8 | 75% | 96 |
| 2015 | 32.4 | 25.7 | 79% | 116 |
| 2016 | 36.0 | 28.8 | 80% | 124 |
| Total | 284.2 | 223.5 | 79% | - |
1Millones de euros.
Nota: Según los informes anuales de Jaspers, en 2006 no se soportaron costes reales Sin embargo, la Comisión efectuó pagos a Jaspers durante 2006. Las cifras no incluyen las los mandatos de Jaspers para el IPA y el MCE.
Fuente: Análisis de los informes anuales de Jaspers realizado por el TCE y respuestas de la Comisión.
¿Qué hace Jaspers?
06Cada tarea individual de Jaspers se conoce como «encargo». Los encargos adoptan las siguientes formas principales:
- apoyo individual a grandes proyectos y proyectos de menor tamaño (véase el apartado 7), incluido el apoyo temporal a grandes proyectos escalonados (véase el apartado 40);
- apoyo transversal (véase el apartado 8);
- medidas de refuerzo de capacidades (véase el apartado 9);
- funciones de revisión (véase el apartado 10):
- análisis cualitativos independientes (RCI);
- evaluaciones posteriores a la presentación (EPP).
El principal objetivo estratégico de Jaspers es prestar apoyo individual en la fase más temprana posible del desarrollo de un proyecto, ayudando a los Estados miembros beneficiarios a prepararlo para su financiación mediante subvenciones con cargo al Fondo Europeo de Desarrollo Regional y el Fondo de Cohesión8. En la práctica, Jaspers puede prestar apoyo en cualquier fase de la vida de un proyecto, desde la concepción hasta la aprobación y, excepcionalmente, después en la fase de ejecución. La mayoría de los encargos están relacionados con grandes proyectos: proyectos cuyo coste supera un umbral definido9, que requieren la aprobación de la Comisión. Jaspers también puede apoyar proyectos de menor tamaño aprobados por los Estados miembros, especialmente si presentan un valor estratégico específico.
08El apoyo transversal puede adoptar la forma de asesoramiento a grupos de proyectos distintos pero relacionados entre sí y ejecutados en uno o más Estados miembros, o también la forma de asesoramiento estratégico a autoridades de los Estados miembros.
09En 2011, Jaspers creó una plataforma de contactos dedicada a medidas de refuerzo de capacidades, que organiza cursos de formación y encuentros profesionales con el objetivo de mejorar la capacidad de las autoridades de los Estados miembros para elaborar proyectos conformes a la normativa de la UE, y difundir buenas prácticas.
10En 2015, Jaspers también comenzó a revisar solicitudes de grandes proyectos en el marco del procedimiento de la Comisión para la aprobación de este tipo de proyectos. Las revisiones pueden adoptar la forma de RCI (véanse los apartados 44 a 52), que corren a cargo de una división con sede en Bruselas que las realiza a petición de los Estados miembros, según se establece en el Reglamento sobre disposiciones comunes10. Desde 2015, Jaspers también puede facilitar revisiones en forma de EPP a petición de la Comisión, no de un Estado miembro. El alcance de las EPP es más limitado que el de los RCI. También pueden realizarse RCI y EPP de grandes proyectos que ya han recibido asesoramiento de Jaspers antes de presentar la solicitud.
11Entre el inicio de sus actividades en 2006 y finales de 2016, Jaspers completó 1 147 encargos. Alrededor de dos tercios de ellos correspondían a grandes proyectos. La ilustración 1 detalla el número de encargos finalizados, desglosados por categoría.
Ilustración 1
Encargos finalizados de Jaspers por categoría (2006-2016)
Fuente: TCE, a partir de los datos facilitados por Jaspers (a 31 de diciembre de 2016).
Casi el 50 % de los encargos finalizados de Jaspers se trataban de actividades en Polonia (307) y Rumanía (246). La ilustración 2 muestra el número de encargos de Jaspers en cada Estado miembro.
Ilustración 2
Encargos finalizados de Jaspers por Estado miembro
Fuente: TCE, a partir de los datos facilitados por Jaspers (a 31 de diciembre de 2016).
Entre 2006 y diciembre de 2016, la Comisión aprobó 963 grandes proyectos correspondientes al período de programación 2007-201311. De ellos, 511 (alrededor del 53 %) fueron apoyados por Jaspers. El importe total invertido en estos proyectos se situó en torno a los 77 600 millones de euros y la contribución de la UE ascendió a 46 200 millones de euros.
14El número de encargos de Jaspers durante los períodos de programación 2007-2013 y 2014-2020, desglosados por categoría y estado del encargo, se presenta en el anexo I.
Alcance y enfoque de la fiscalización
15El objetivo de la fiscalización era evaluar si Jaspers había contribuido positivamente a los proyectos cofinanciados por la UE en los Estados miembros. Para ello, el Tribunal se centró en tres aspectos diferentes. En primer lugar, examinó el marco institucional de Jaspers, cómo se administraba y el alcance de sus actividades. A este respecto, no auditó las propias actividades de préstamo del BEI relacionadas con los proyectos asistidos por Jaspers12. En segundo lugar, comprobó el impacto real de las actividades de Jaspers en los proyectos seleccionados y en la capacidad administrativa de los Estados miembros. Por último, analizó los sistemas implantados a distintos niveles para el seguimiento y la evaluación del trabajo y la eficiencia y eficacia de Jaspers.
16La fiscalización abarcó el período desde que Jaspers comenzó a funcionar en 2006 hasta finales de 2016 y, por tanto, incluye encargos de los dos períodos de programación 2007-2013 y 2014-2020. Cuando era procedente, el Tribunal también tuvo en cuenta información relativa al período transcurrido hasta agosto de 2017 proporcionada por la Comisión y el BEI.
17El Tribunal llevó a cabo su trabajo de auditoría en la Comisión, en el departamento de Jaspers del BEI y el Comité Directivo de Jaspers, y en cuatro Estados miembros seleccionados: Croacia, Malta, Polonia y Rumanía. El Tribunal seleccionó a estos Estados miembros basándose en la asistencia de Jaspers que habían recibido, su distribución geográfica y su nivel de experiencia en la utilización de fondos de la UE.
18La fiscalización del Tribunal se basó, en particular, en las siguientes fuentes de evidencia:
- entrevistas con funcionarios y beneficiarios a nivel nacional y europeo;
- un análisis de la documentación y los datos facilitados por organismos nacionales, el departamento Jaspers del BEI y la Comisión;
- un examen de una muestra de 28 encargos individuales de proyectos (que comprenden 25 correspondientes a grandes proyectos y 3 a proyectos de menor envergadura) y 9 encargos transversales de Jaspers (anexo II); la selección de la muestra se centró en encargos finalizados13;
- un examen de 343 notas de finalización de la acción correspondientes a encargos en los cuatro Estados miembros visitados;
- un análisis de los resultados del propio ejercicio de auditoría de cumplimiento del Tribunal efectuado en 2014 y 2015 y relativo a grandes proyectos.
Además, el Tribunal examinó el informe final de auditoría de grandes proyectos en la DG Política Regional y Urbana, publicado en octubre de 2017 por el servicio de auditoría interna de la Comisión, que incluía un examen de los procesos y controles establecidos por dicha Dirección General para aprobar y supervisar grandes proyectos en el período de programación 2014-2020 y abarcaba, entre otras, la función de RCI de Jaspers.
20Durante las partes de la fiscalización correspondientes a Croacia y Polonia, el Tribunal cooperó con las entidades fiscalizadores superiores (EFS) de estos dos países, que estaban auditando al mismo tiempo el impacto de Jaspers a escala nacional14. La cooperación incluyó intercambios de puntos de vista sobre el enfoque y la metodología de auditoría y debates sobre los resultados principales del trabajo de auditoría realizado en cada país.
Observaciones
La insuficiente definición de los objetivos principales de Jaspers causó deficiencias en su funcionamiento
21El Tribunal considera que unos objetivos estratégicos de máximo nivel definidos adecuadamente e inequívocos constituyen una base sólida para orientar los recursos de Jaspers a los ámbitos más importantes. También son importantes para las posteriores actividades de seguimiento y evaluación de Jaspers y para determinar los ámbitos donde es necesario apoyo adicional. El Tribunal considera asimismo esencial definir claramente las funciones y responsabilidades para garantizar la transparencia y la rendición de cuentas, evitar solapamientos y garantizar la imparcialidad cuando sea relevante. Para ello, evaluó el marco institucional de Jaspers cuando se creó en 2006 y cuando se prorrogó en 2014.
Los principales objetivos de Jaspers eran imprecisos y en parte contradictorios
22Jaspers se concibió inicialmente como una iniciativa para el período de programación 2007-2013. La idea detrás de Jaspers se describió por primera vez en un documento de reflexión publicado en 200515, en el que se indicaba que se daría prioridad para recibir apoyo de Jaspers a los grandes proyectos de los Estados miembros que se habían adherido a la Unión Europea en 2004 y años posteriores, así como de Grecia, España y Portugal16.
23El documento de reflexión señalaba igualmente que la Comisión y el BEI revisarían el funcionamiento de Jaspers después de los dos primeros años para decidir su futura orientación estratégica, puesto que no era posible prever con precisión la futura demanda cuando Jaspers comenzó a funcionar. Aunque el enfoque general contemplado en el documento de reflexión se trasladó al memorando de entendimiento de 2006 (véanse los apartados 2 y 3), algunos aspectos fueron prácticamente pospuestos. Uno de ellos fue la atención prestada al refuerzo de capacidades administrativas de los Estados miembros. Otro fue el compromiso de realizar una revisión después de dos años de funcionamiento.
24El objetivo estratégico general de Jaspers descrito en el memorando de entendimiento de 2006 era ayudar a los Estados miembros beneficiarios a preparar y presentar proyectos de alta calidad para recibir financiación mediante subvenciones con cargo a los Fondos Estructurales y de Cohesión. Asimismo la iniciativa tenía la finalidad de acelerar la absorción de los fondos disponibles de la UE. Ambos objetivos, la mejora de la calidad y la absorción, se mantuvieron para el siguiente período de programación 2014-2020. Aunque el documento de reflexión incluía una estimación aproximada de las presentaciones de grandes proyectos por año, no se efectuó una evaluación de necesidades propiamente dicha antes de poner en marcha la iniciativa Jaspers para el período de programación 2007-2013. En cambio, para el período de programación 2014-2020, la Comisión trabajó con Jaspers para realizar una evaluación formalizada de las necesidades antes de prorrogar el mandato de la iniciativa y abrirlo a todos los Estados miembros (véase el apartado 3).Sin embargo, el Tribunal constató que esta evaluación de las necesidades era demasiado optimista (véanse los apartados 52 y 87 a 90).
25El objetivo último de Jaspers, ayudar a los Estados miembros a aprovechar al máximo la ayuda disponible en los Fondos Estructurales y de Cohesión, es claro. Los dos principales objetivos establecidos para Jaspers no fueron lo suficientemente claros o específicos en ninguno de los dos períodos de programación. El objetivo de mejora de la calidad de los proyectos que se pretendía alcanzar con la iniciativa no estaba definido de manera específica, y el objetivo de mejora de la absorción de fondos europeos17 era vago. Además, estos dos objetivos se contradecían parcialmente; por ejemplo, mejorar un proyecto puede provocar mayores retrasos, perjudicando así la absorción (véase asimismo el apartado 96). Todo ello supuso una base insatisfactoria para evaluar la eficacia de la iniciativa.
26La Comisión no especificó sobre qué base juzgaría si se habían cumplido los principales objetivos de Jaspers y por qué medio. Por ejemplo, el aumento de la capacidad administrativa —que debería contribuir a mejorar la calidad de los proyectos y la absorción— se fijó como objetivo en el documento de reflexión, pero no se trasladó al memorando de entendimiento para el período de programación 2007-2013 Solo se incorporó al acuerdo marco de asociación que abarcaba el período de programación 2014-2020, sin referencia a objetivos específicos. Como consecuencia, no había objetivos específicos asociados al mismo en ninguno de los dos períodos, en cambio, el aumento de la capacidad administrativa se estableció como impacto a largo plazo. Esto provocó los problemas que se describen a continuación.
27El aumento de la capacidad administrativa es, por naturaleza, un objetivo que necesita revisarse con el tiempo: una vez que la capacidad administrativa de un Estado miembro ha aumentado, en un aspecto determinado, hasta el nivel deseado, disminuye la necesidad de nuevas medidas de refuerzo de capacidades. En tal caso, el Tribunal esperaría que se hubieran establecido objetivos temáticos que, una vez logrados, indicaran claramente que ya no eran necesarias determinadas medidas de refuerzo de capacidades. Sin embargo, en este caso ni la Comisión ni Jaspers establecieron objetivos específicos relativos a dicho refuerzo.
Las funciones y responsabilidades de las principales partes interesadas no estaban suficientemente claras
28El trabajo de Jaspers lo paga principalmente la Comisión y lo lleva a cabo el BEI a petición de los Estados miembros. Las funciones y responsabilidades de Jaspers y sus principales interlocutores18 no se definieron claramente en ninguno de los dos períodos de programación, ni siquiera en acuerdos formales firmados entre la Comisión y el BEI, como los acuerdos anuales de contribución.
29La única prueba de acuerdos formalizados de trabajo que observó el Tribunal eran los acuerdos entre Jaspers y los Estados miembros19, que eran de carácter general y se limitaban a encargos relacionados con grandes proyectos. Aparte de acuerdos a nivel de encargos individuales (denominados fichas de proyecto), cuando existían, el Tribunal no halló prueba alguna de la existencia de acuerdos formalizados institucionales para proporcionar asesoramiento transversal o estratégico, o actividades de refuerzo de capacidades, Tampoco encontró pruebas de que se hubiese exigido a los Estados miembros que demostrasen si se había hecho un buen uso del asesoramiento de Jaspers (incluida la asistencia a grandes proyectos).
30Además, los acuerdos de trabajo para los proyectos no eran suficientemente completos, lo que dio lugar al despliegue de prácticas que no siempre estaban en consonancia con los objetivos de Jaspers. En Polonia, por ejemplo, las autoridades nacionales decidieron sistemáticamente involucrar a Jaspers solo después de que ya se hubiesen aprobado los grandes proyectos a escala nacional, una decisión que iba en contra de las prioridades de Jaspers, que se propone intervenir lo antes posible en el procedimiento de planificación del proyecto
31Jaspers tampoco tenía acuerdos de trabajo formalizados con la Comisión. En concreto, no se adoptaron disposiciones para informar sobre los resultados de los encargos de Jaspers hasta 2008, dos años después de que comenzase la iniciativa. Estas disposiciones revestían la forma de una nota de finalización de la acción, un resumen estandarizado del trabajo que había realizado Jaspers en un proyecto, junto con recomendaciones a las autoridades nacionales en su caso. Desde 2008, cuando terminaba un encargo, Jaspers elaboraba una nota de finalización de la acción. Los Estados miembros estaban obligados a adjuntarla cuando presentaban una formulario de solicitud de gran proyecto a la Comisión para que esta la pudiese utilizar para su propio trabajo de evaluación.
32Unas expectativas poco claras y la falta de coordinación de las comunicaciones, asociadas a la falta de claridad en la forma de trabajar con Jaspers, desataron críticas de las autoridades nacionales en dos de los cuatro Estados miembros visitados20. El Tribunal considera que en la práctica la Comisión es un cliente que se beneficia de Jaspers. Jaspers y la Comisión consideran a los Estados miembros como los únicos clientes de Jaspers, ya que -excepto las evaluaciones posteriores a la evaluación, que se introdujeron en 2015 (véase el apartado 35)- Jaspers lleva a cabo su trabajo puramente en función de sus solicitudes.
33El BEI puede considerarse igualmente un cliente indirecto de Jaspers. En 2006, el BEI definió sus propios objetivos institucionales adicionales para Jaspers: entre ellos, el aumento de las oportunidades de préstamo y el estrechamiento de las relaciones con las autoridades nacionales21. Para el período de programación 2014-2020, el BEI esperaba una vez más beneficiarse de las mayores posibilidades de crédito derivadas de Jaspers prestando 10 000 millones de euros a proyectos apoyados por este último, es decir, el mismo importe que en el período de programación 2007-201322. Debido a la falta de atribuciones de fiscalización (véase el apartado 15), el Tribunal no evaluó si los beneficios derivados del préstamo hacían que la contribución del BEI a Jaspers mereciese la pena, ni tampoco verificó si se mitigaba adecuadamente el riesgo de imparcialidad insuficiente entre la labor consultiva de Jaspers y las actividades de préstamo del BEI.
34Jaspers en general se ceñía a su propia función designada, que no incluye elaborar documentación para proyectos, como análisis coste-beneficio y documentos de licitación. Sin embargo, en un limitado número casos (3 de 20 grandes proyectos auditados), el Tribunal comprobó que los Estados miembros habían pedido a Jaspers que lo hiciese de todas formas, y Jaspers había accedido. En efecto, al hacerlo, proporcionaba a los Estados miembros un trabajo de asesoramiento gratuito al contratar y pagar a consultores externos.
35En 2015, cuando la Comisión introdujo las evaluaciones posteriores a la presentación (véase asimismo el apartado 53) dejó de exigir que se presentasen notas de finalización de la acción junto con las solicitudes de grandes proyectos. Sin embargo, Jaspers no incorporó este cambio a sus acuerdos de trabajo con los Estados miembros y siguió exigiéndoles que presentasen una nota de finalización de la acción con cada solicitud de gran proyecto. En opinión del Tribunal, seguir exigiendo la nota es buena práctica por parte de Jaspers dado que tiene un alcance más amplio que la evaluación posterior a la presentación. Durante la fiscalización, la Comisión volvió a utilizar notas de finalización de la acción.
36Jaspers debería haber aportado mayores ventajas a la Comisión reduciendo la necesidad de consultores externos que realizasen un trabajo de apoyo a sus procedimientos de evaluación. Sin embargo, el Tribunal comprobó que la Comisión a veces no había aprovechado esta oportunidad y que, en alrededor del 7 % de los grandes proyectos aprobados en el período de programación 2007-2013 que habían recibido asistencia de Jaspers, la Comisión había utilizado empresas de consultoría externas para realizar un trabajo que en cierta medida se solapaba con el ya realizado por Jaspers.
En muchos casos, Jaspers no orientó su asistencia con suficiente precisión
37Las prioridades de asistencia de Jaspers se basaban en los deseos de los Estados miembros, que debían ser acordes con la política de cohesión de la UE. El propio Jaspers no estableció ningún ámbito prioritario particular para su asistencia a los Estados miembros. Tanto el documento de reflexión de 2005 como el manual de calidad interna de Jaspers, que no se introdujo hasta 2010, indicaban que debe consultarse a la Comisión sobre la selección de todos los encargos individuales o transversales antes de que el Comité Directivo pueda aprobar los planes de acción nacionales de Jaspers. Estos planes de acción tenían una importancia estratégica: definían el alcance y los límites de las actividades que podía llevar a cabo Jaspers en los Estados miembros. Sin embargo, en el período de programación 2007-2013 no siempre se consultó a la Comisión sobre los proyectos de menor envergadura o los encargos transversales.
38La introducción de planes de acción progresivos plurianuales en Jaspers en el período de programación 2014-2020 dio lugar a una planificación menos precisa y a consultas aún menos frecuentes con la Comisión, por lo su valor estratégico se redujo. En realidad, Jaspers aceptó casi todas (98 %) las solicitudes de encargo individual o transversal presentadas por los Estados miembros a lo largo de ambos períodos de programación. Para más detalles, véase el cuadro 2.
| Tipo de encargo | 2007-2013 | 2014-2020 | Global | ||||||
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Todos | rechazados | % | Todos | rechazados | % | Todos | rechazados | % | |
| Grandes proyectos | 916 | 31 | 3% | 367 | 0 | 0% | 1283 | 31 | 2% |
| Proyectos menores | 231 | 4 | 2% | 71 | 0 | 0% | 302 | 4 | 1% |
| Apoyo transversal | 221 | 1 | 0% | 144 | 0 | 1% | 365 | 2 | 1% |
| 1368 | 36 | 3% | 582 | 1 | 0% | 1950 | 37 | 2% | |
Nota: En principio, los encargos de refuerzo de capacidades, EPP y RCI no están sujetos a denegación.
Rechazado: una solicitud de encargo oficial denegada por Jaspers.
Fuente: TCE, a partir de un extracto de la base de datos de Jaspers (diciembre de 2016).
39Entre 2006 y finales de 201523 se interrumpieron alrededor del 22 % de los encargos individuales (grandes proyectos y proyectos de menor envergadura) y transversales. De ellos, el 85 % se canceló y el 15 % restante se suspendió24. Para más detalles, véase la ilustración 3. El trabajo realizado en estos encargos interrumpidos representó alrededor del 8 % del tiempo total trabajado por el personal de Jaspers en el período25. Las razones de la cancelación pueden ser numerosas, con casos en que los proyectos se reducen y dejan de ser grandes proyectos o incluso se abandonan. Sin embargo, en opinión del Tribunal, este elevado porcentaje de encargos interrumpidos indica una mala orientación.
Ilustración 3
Encargos cancelados y suspendidos (grandes proyectos, proyectos de menor envergadura y apoyo transversal) entre 2006 y finales de 2015
Nota: Encargos interrumpidos: encargos suspendidos y cancelados:
Suspendido: encargo suspendido por un Estado miembro o Jaspers
Cancelado: encargo cancelado por un Estado miembro.
Fuente: TCE, a partir de un extracto de la base de datos de Jaspers (diciembre de 2016).
El Tribunal constató que la Comisión finalmente no aprobó el 14 % de los grandes proyectos presentados por los Estados miembros en el período de programación 2007-2013 para recibir cofinanciación de la UE. El Tribunal valoró positivamente que, sobre la base de la información que figura en la base de datos de la Comisión, la mayoría de los grandes proyectos no aprobados (95 %) no habían recibido asistencia de Jaspers. Las razones fueron numerosas: se había reducido su tamaño o se habían dividido o, por retrasos, se habían suspendido para posibilitar su ejecución en el siguiente período de admisibilidad. Con menor frecuencia, la Comisión los rechazó o los Estados miembros los cancelaron.
41Además, el Tribunal constató que Jaspers empezó a prestar apoyo a grandes proyectos retrasados que tuvieron que transferirse desde el anterior período de programación (proyectos escalonados). A finales de 2015 había abierto 59 encargos de este tipo26. Esta actuación iba en contra de la prioridad principal de Jaspers de desarrollar nuevos grandes proyectos proporcionando asistencia consultiva convencional.
42El Tribunal también observó que Jaspers instaba además a los Estados miembros a prorrogar el uso de su asistencia para encargos horizontales y proyectos durante la fase de ejecución.
43La evaluación intermedia de Jaspers, llevada a cabo en nombre de la Comisión en diciembre de 2012, entre otras cosas recomendaba que Jaspers mejorara su enfoque estratégico y la formalización de sus acuerdos de trabajo con la Comisión El Tribunal observó que las cuestiones subyacentes seguían causando problemas en el período de programación 2014-2020.
Se observaron insuficiencias considerables en la configuración de la nueva función de RCI para el período de programación 2014-2020
44En noviembre de 2013, la Comisión nombró experto independiente a Jaspers dentro del marco de su estrategia de asistencia técnica para el período de programación 2014-202027. Lo hizo sin un proceso de evaluación previa formal. Para ejercer esta función, Jaspers comenzó el 2014 a llevar a cabo RCI mediante acuerdo con el BEI (y completó su primer informe RCI en 2016. La Comisión y Jaspers recomiendan especialmente utilizar las RCI para grandes proyectos que ya han recibido asistencia consultiva de Jaspers, aunque también pueden utilizarse para grandes proyectos que no hayan recibido anteriormente dicha asistencia.
45El informe RCI es una nueva función muy importante de Jaspers, que la Comisión quería que utilizaran los Estados miembros para la evaluación de los grandes proyectos. Por este motivo el Tribunal esperaba que se hubieran adoptado formalmente unos procedimientos internos de calidad. Sin embargo, a octubre de 2017, no se habían adoptado procedimientos que definieran los procesos de RCI en Jaspers. El único documento disponible era un proyecto de manual de procedimiento de RCI. Hasta octubre de 2017, Jaspers había emitido ocho informes de RCI, que daban lugar a la aprobación tácita de los grandes proyectos subyacentes por la Comisión.
46Para garantizar que las RCI sean imparciales, la Comisión exige que se lleven a cabo con plena independencia funcional de los servicios consultivos de Jaspers. Estaba previsto lograrlo mediante la separación física de las divisiones de asesoramiento y RCI. El proyecto de manual de procedimientos de RCI era el principal documento presentado al Tribunal relativo a dichos procedimientos. Contenía una serie de disposiciones que podían comprometer potencialmente la independencia funcional del RCI.
47El servicio de auditoría interna de la Comisión informa de que los controles de calidad de la DG Política Regional y Urbana no han abordado de manera adecuada cuestiones sobre conflictos de intereses potenciales entre las divisiones de asesoría y de RCI de Jaspers. El servicio de auditoría interna recomienda a la DG Política Regional y Urbana que analice los conflictos de intereses reales y percibidos entre las dos divisiones de Jaspers y desarrollen medidas atenuantes cuando sea necesario.
48El Tribunal también observó que el mismo director era responsable de aprobar el trabajo de las dos divisiones de asesoría y RCI, lo que menoscababa aún más la independencia de esta última división.
49Las revisiones de calidad independientes son una parte crucial del proceso de aprobación de grandes proyectos de la Comisión. Los requisitos sobre lo que debe contener una RCI se establecen en Derecho derivado. Sin embargo, la Comisión no contribuía directamente al manual de procedimientos que rige la forma de realizar dichas revisiones. Jaspers tampoco había firmado acuerdos de trabajo sobre los informes RCI con la Comisión.
50El procedimiento RCI difiere del procedimiento de asesoramiento en que supone para la Comisión la responsabilidad de demostrar una insuficiencia significativa en un informe RCI con el que esté en desacuerdo. En opinión del Tribunal, es difícil que la Comisión lo haga, puesto que ya no tiene acceso a la documentación subyacente. Salvo que lo haga, la RCI se acepta automáticamente pasados tres meses. En tal supuesto, las decisiones de la Comisión de aprobar grandes proyectos son en la práctica adoptadas por Jaspers, que es quien lleva a cabo la RCI.
51En el momento de la auditoría, Jaspers había elaborado acuerdos de trabajo normalizados sobre las RCI para todos los Estados miembros, pero no todos los Estados miembros los habían firmado. A finales de 2016, nueve Estados miembros habían firmado los acuerdos, pero entre ellos no estaban Rumanía28, la República Checa o Italia, que eran algunos de los Estados miembros que se esperaba que presentasen la mayor cantidad de grandes proyectos.
52Como se menciona en los apartados 87 y 90, el número de grandes proyectos para el período de programación 2014-2020 y su calendario de presentación fueron excesivamente optimistas. Del mismo modo, el Tribunal constató que se sobrestimó el uso de RCI por los Estados miembros. En diciembre de 2013, la Comisión esperaba que la mayoría de los principales beneficiarios de la política de cohesión utilizasen revisiones de calidad independientes. En julio de 2015, Jaspers calculó que aproximadamente el 50 % de los grandes proyectos se someterían a un procedimiento de RCI. En concreto, calculó que serían 20 en 2015, 70 en 2016 y 66 en 2017. En realidad, a finales de 2016, Jaspers solo había emitido tres informes RCI para grandes proyectos, todos los cuales ya habían recibido asistencia consultiva de Jaspers (incluida la emisión de una nota de finalización de la acción).
53La Comisión tenía intención desde el principio de que se le presentasen directamente todos los grandes proyectos que no utilizaron el procedimiento de RCI y después se sometiesen al procedimiento de EPP29.
No firmó ningún acuerdo con Jaspers sobre modalidades o métodos de trabajo que tuvieran que utilizarse para la EPP. Jaspers pudo comprometerse a respetar un plazo máximo para el procedimiento de EPP, en concreto 20 días laborales. Hasta finales de 2016, Jaspers completó 28 encargos de EPP (incluidos 24 para Polonia), frente a su propio cálculo previo de 90 encargos.
Jaspers tuvo repercusión en la calidad de los proyectos, pero no pudo incidir en la absorción
54El Tribunal trató de determinar si Jaspers había cumplido su objetivo general de aumentar la calidad de los proyectos y acelerar su aprobación por parte de la Comisión o las autoridades nacionales. La consecución de estos objetivos debería dar lugar al aumento de la cohesión económica y social y de la absorción de fondos de la UE.
La asistencia generalmente integral de Jaspers contribuyó a la mejora de la documentación de los proyectos y a una aprobación más rápida de estos últimos
55En general, cuando antes interviene Jaspers, mayor es el impacto. El Tribunal examinó las notas de finalización de la acción que se habían emitido para los 343 encargos de grandes proyectos finalizados en los cuatro Estados miembros que visitó el Tribunal. A efectos de este examen, se aplicaron distintas fases de la primera intervención de Jaspers (véase el recuadro 1).
Recuadro 1
Distintas fases de la intervención de Jaspers
- Fase conceptual: se determinan y priorizan las necesidades.
- Fase de estudio previo de viabilidad: se proponen posibles soluciones a las necesidades determinadas en la fase anterior.
- Fase de estudio de viabilidad: se selecciona una solución para atender las necesidades determinadas. El beneficiario define una serie de opciones de inversión para cubrir estas necesidades y comprueba las características principales y los costes probables de cada opción. En opinión del Tribunal, esta es la última fase en la que Jaspers puede lograr un impacto relativamente elevado en el proyecto mediante su intervención.
- Fase de solicitud: se concretan los detalles del proyecto sobre la base del estudio de viabilidad. El beneficiario prepara una solicitud de proyecto completa y pide a Jaspers que la evalúe o revise antes de presentarla a la autoridad de gestión o la Comisión.
- Fase de ejecución: incluye la ejecución física del proyecto. Normalmente se produce después de que la autoridad de gestión o la Comisión hayan aprobado el proyecto.
El Tribunal constató que Jaspers había intervenido principalmente en las fases de estudio previo de viabilidad (15 %) y estudio de viabilidad (52 %) de los proyectos. Durante la auditoría, las autoridades nacionales y los beneficiarios de los encargos de Jaspers auditados —excepto los examinados en Malta— afirmaron que Jaspers en general había intervenido lo suficientemente pronto durante el proceso de desarrollo de proyectos.
57En su análisis de las actividades de Jaspers, el Tribunal identificó trece ámbitos en los que Jaspers ofrece asistencia30. Cuando examinó las notas de finalización de la acción de los 343 encargos de grandes proyectos terminados en los cuatro Estados miembros visitados, constató que Jaspers había prestado asistencia con mayor frecuencia en los siguientes cinco ámbitos (clasificados por frecuencia en orden descendiente): estudio de viabilidad, formulario de solicitud de proyecto, análisis coste-beneficio, cuestiones medioambientales y cuestiones de financiación. El Tribunal observó que, según su propio manual interno de procedimientos, Jaspers solo puede ofrecer asesoramiento limitado en determinados ámbitos (como la contratación). También constató que los Estados miembros aplicaban restricciones a lo que Jaspers podía hacer en el ámbito de las ayudas estatales: Malta, por ejemplo, cuenta con un organismo específico que se ocupa de las ayudas estatales, por lo que Jaspers prácticamente nunca abordó este ámbito en el país.
58En la muestra de veinte grandes proyectos que auditó el Tribunal (véase el anexo II), los ámbitos en los que Jaspers prestó apoyo con mayor frecuencia fueron la revisión de los formularios de solicitud; el escrutinio de las propuestas generales y los estudios de viabilidad; los análisis coste-beneficio; y las cuestiones medioambientales. El Tribunal constató que la asistencia de Jaspers en general era completa y contribuyó a la calidad de la documentación de los proyectos, lo que reflejaba la política de Jaspers de proporcionar asistencia en varios ámbitos, independientemente del momento de intervención. Esta observación fue confirmada por los beneficiarios de los encargos y por las EFS tanto de Croacia como de Polonia durante las auditorías coordinadas. Además, el Tribunal observó que la mayoría de los beneficiarios de los encargos que auditó habían utilizado el apoyo de empresas de consultoría externas, también en los ámbitos donde Jaspers proporcionaba asesoramiento con frecuencia.
59En general, el Tribunal determinó que los encargos de Jaspers en su muestra de auditoría de veinte grandes proyectos (véase el anexo II) tendían a durar más cuando Jaspers intervenía en una fase inicial del proyecto. El sector de carreteras era una excepción: en este caso, los encargos donde Jaspers había intervenido más tarde, en la fase de solicitud de proyecto (en promedio, 1 688 días), duraban más que los encargos donde había intervenido antes, en la fase de estudio de viabilidad (834 días).
60Cabe esperar que los encargos duren más en los casos en que Jaspers intervenga antes. Sin embargo, esto debería dar lugar a una reducción del tiempo necesario para la aprobación del proyecto por la Comisión. El Tribunal constató que los proyectos de su muestra en los que Jaspers había intervenido en la fase de solicitud tardaron 207 días en ser aprobados por la Comisión, mientras que el tiempo de aprobación de proyectos donde Jaspers había intervenido antes, en la fase de estudio de viabilidad, eran 205 días: prácticamente no suponía ninguna reducción del tiempo de aprobación. Cuando Jaspers había intervenido en la fase de estudio previo de viabilidad, el tiempo de aprobación se redujo más sustancialmente a 183 días.
61Entre los cuatro Estados miembros visitados, los grandes proyectos asistidos por Jaspers en Malta fueron los que más rápido obtuvieron decisiones de la Comisión (en promedio, 126 días). Todos los grandes proyectos auditados por el Tribunal en Malta habían recibido asistencia de Jaspers y, a diferencia de los otros tres Estados miembros visitados, algunos de ellos habían sido revisados informalmente por la Comisión antes de que se presentasen oficialmente las solicitudes. De los grandes proyectos asistidos incluidos en la muestra, los de Croacia eran los que más habían tardado en recibir una decisión de la Comisión (281 días).
62Partiendo de la información que figura en las bases de datos de la Comisión y Jaspers sobre todos los grandes proyectos aprobados durante el período de programación 2007-2013, el Tribunal evaluó si los grandes proyectos que habían recibido asistencia de Jaspers habían sido aprobados por la Comisión con mayor rapidez. Constató que, en promedio, las decisiones sobre grandes proyectos que habían recibido asistencia de Jaspers se habían emitido un 22 % más rápido que las decisiones sobre proyectos que no habían recibido dicha asistencia31. Esta observación fue confirmada por las EFS tanto de Croacia como de Polonia durante la auditoría coordinada. El efecto era más visible en los sectores de energía y residuos sólidos (véase la ilustración 4).
Ilustración 4
Tiempo que necesitó la Comisión para adoptar decisiones sobre grandes proyectos durante el período de programación 2007-2013 (por sector)
1 Días transcurridos con el tiempo de interrupción restado.
Fuente: Análisis realizado por el TCE de la base de datos SFC de la Comisión (a 6 de abril de 2017).
El Tribunal habría esperado que la asistencia de Jaspers contribuyese a la calidad de las solicitudes de proyectos, reduciendo así la necesidad de que la Comisión los interrumpa durante el procedimiento de aprobación. Durante el período de programación 2007-2013, este fue efectivamente el caso en todos los sectores excepto el de carreteras, donde el panorama era tan negativo que elevó el número medio de interrupciones de proyectos asistidos y no asistidos en todos los sectores a un nivel similar. La ilustración 5 contiene detalles.
Ilustración 5
Número medio de interrupciones durante el período de programación 2007-2013
Fuente: Análisis realizado por el TCE de la base de datos SFC de la Comisión (a 6 de abril de 2017).
En el período de programación 2007-2013, aunque el procedimiento de aprobación de proyectos asistidos fue en general más rápido que en el caso de los proyectos no asistidos, la Comisión solo consiguió aprobar alrededor del 15 % de los grandes proyectos asistidos (76 de 513) y el 7 % de los grandes proyectos no asistidos (31 de 463) en el plazo de 90 días tras la recepción de la solicitud de proyecto32. Con respecto a los grandes proyectos asistidos, la Comisión superó su plazo de 90 días con una media de 198 días. Teniendo en cuenta las interrupciones, la Comisión emitió su decisión, en promedio, casi un año (342 días) después de la fecha en la que se presentó un gran proyecto.
65Otra ventaja prevista de las notas de finalización de la acción era que ayudarían a racionalizar el proceso de solicitud de grandes proyectos: si Jaspers no planteaba cuestiones importantes en su nota de finalización de la acción, la Comisión podría utilizarla en el marco de un procedimiento de aprobación «de vía rápida». En general, solo se utilizó para el 29 % de los proyectos de gran envergadura que habían recibido asistencia de Jaspers durante el período de programación 2007-2013 (véase el recuadro 2).
Recuadro 2
Efecto de racionalización del procedimiento de vía rápida en el proceso de solicitud de proyectos de gran envergadura
El Tribunal analizó el efecto que tenía el procedimiento de vía rápida que utilizaba notas de finalización de la acción en el tiempo que tardaba la Comisión en tomar una decisión sobre proyectos de gran envergadura asistidos por Jaspers. Constató que, en promedio, las decisiones que utilizaban el procedimiento de vía rápida eran alrededor de un 35 % más rápidas que las decisiones que no lo habían utilizado.
Para el período de programación 2014-2020, a finales de 2016, la Comisión había adoptado 17 decisiones sobre nuevos proyectos de gran envergadura sujetos al procedimiento de EPP (véase el apartado 53), con un tiempo medio de 111 días para la aprobación33. Esto supone una mejora significativa con respecto a la situación en el periodo de programación 2007-2013.
En general, Jaspers tuvo un impacto en la calidad de los grandes proyectos que auditó el Tribunal
67El Tribunal analizó el impacto de los servicios de asesoramiento de Jaspers en la calidad de los proyectos de gran envergadura. Lo hizo evaluando el efecto de los servicios de asesoramiento en el alcance o las realizaciones previstas de los proyectos; sus resultados o impacto; su coste; y su plazo de finalización. En más de la mitad de los proyectos auditados por el Tribunal, Jaspers aceptó las solicitudes de los Estados miembros de participar en la fase de solicitud para revisar la documentación de la solicitud de los proyectos (véase el apartado 55). El cuadro 3 contiene conclusiones cuantificadas de todos los proyectos de gran envergadura auditados.
| Aspecto | Impacto durante la planificación | ||||
|---|---|---|---|---|---|
| no significativo | impacto significativo | Muestra de proyectos1 | |||
| sin impacto | Impacto limitado | ||||
| 1 | Alcance/realizaciones del proyecto | 58% | 26% | 16% | 19 |
| 2 | Coste del proyecto | 35% | 45% | 20% | 20 |
| 3 | Resultados/impacto del proyecto | 63% | 32% | 5% | 19 |
| 4 | Calendario de ejecución del proyecto | 95% | 5% | - | 19 |
1Número de proyectos de gran envergadura (de los veinte en total) que habían avanzado lo suficiente en el momento de la auditoría para que el Tribunal pudiese extraer conclusiones.
Nota:
Sin impacto: no hay pruebas de cambios resultantes del impacto de Jaspers en los aspectos analizados.
Impacto moderado: hay pruebas de pequeños cambios resultantes del impacto de Jaspers en los aspectos analizados.
Impacto significativo: hay pruebas claras de cambios sustanciales (tangibles) resultantes del impacto de Jaspers en los aspectos analizados.
Fuente: Análisis del TCE, a partir de un examen de la muestra de auditoría de encargos individuales de grandes proyectos.
68En general, en la mayor parte de los casos, Jaspers tuvo incidencia como mínimo en uno de los cuatro parámetros relativos a la calidad de los grandes proyectos auditados por el Tribunal. Con respecto al alcance o a las realizaciones previstas de los grandes proyectos fiscalizados, el Tribunal constató que Jaspers en la mayoría de los casos tenía poco o ningún impacto. No obstante, también se observaron ejemplos en que se logró un gran impacto. También constató que la asistencia de Jaspers tuvo un impacto en el coste previsto de alrededor de dos tercios de los proyectos de gran envergadura auditados. Principalmente, constató que Jaspers tuvo un impacto escaso o nulo en los resultados o el impacto previstos de los proyectos de gran envergadura auditados. En el recuadro 3 se exponen algunos ejemplos.
Recuadro 3
Ejemplos de impacto significativo y moderado de Jaspers en el alcance, las realizaciones, el coste o los resultados previstos de dos proyectos de gran envergadura en Malta y Polonia
En un proyecto del Fondo de Cohesión en Malta para la construcción de una infraestructura nacional de gestión de tormentas, el Tribunal constató que la asistencia de Jaspers había dado lugar a una revisión considerable del diseño y el alcance del proyecto, con una reducción de la reutilización del agua pluvial, cuya justificación económica era insuficiente. En cambio, Jaspers aconsejó a los planificadores del proyecto que se centrasen en la infraestructura de socorro frente a inundaciones en las zonas de mayor riesgo, lo que generó un incremento de cerca del 11 % del valor objetivo de la realización prevista del proyecto (aumento de la capacidad de captación de aguas de crecida). En consecuencia, el valor objetivo del resultado del proyecto, a saber, el número de habitantes protegidos frente a inundaciones, aumentó alrededor de un 226 %. La revisión considerable del diseño y el alcance del proyecto dieron lugar a una reducción de su coste previsto, hasta los 62,5 millones de euros. El coste inicial previsto indicado por las autoridades maltesas se elevaba a hasta 70 millones de euros.
En un proyecto del Fondo de Cohesión en Polonia para la construcción de una planta de tratamiento de aguas residuales, el Tribunal constató que la asistencia de Jaspers tuvo un impacto moderado, que dio lugar a la ampliación del alcance previsto del proyecto para incluir obras de modernización a fin de mejorar la calidad del agua potable. Esta ampliación aumentó las realizaciones y los resultados previstos del proyecto. Además, Jaspers tuvo un impacto moderado en el coste previsto del proyecto. Su asesoramiento dio lugar a una reducción de cerca del 7,5 % de la financiación de la UE. Jaspers también ofreció asesoramiento sobre la forma de optimizar la supervisión de las obras de construcción en el proyecto.
Principalmente, el Tribunal constató que Jaspers no tuvo impacto en el calendario de ejecución previsto de los grandes proyectos auditados (véase el cuadro 3).
70También analizó en qué medida se alcanzaron realmente los parámetros de calidad previstos de los proyectos. Respecto a los grandes proyectos que habían avanzado lo suficiente para extraer conclusiones, el Tribunal observó que los valores objetivo de la mayoría de indicadores de realizaciones se habían cumplido total o parcialmente. Solo el 40 % de los proyectos habían alcanzado plenamente sus resultados. Más de la mitad de los proyectos habían sufrido sobrecostes. Todos los grandes proyectos que auditó el Tribunal se habían retrasado una media de veintidós meses con respecto a la fecha original de finalización especificada en el acuerdo de subvención. En el cuadro 4 se dan detalles. El Tribunal no encontró pruebas de dichos retrasos o sobrecostes relativos a la intervención de Jaspers.
| Aspecto | ¿Se han alcanzado los valores objetivo de los indicadores del proyecto? | ||||
|---|---|---|---|---|---|
| no | parcialmente | plenamente | Muestra de proyectos1 | ||
| 1 | Alcance/realizaciones del proyecto | - | 20% | 80% | 10 |
| 2 | Coste del proyecto | 54% | - | 46% | 11 |
| 3 | Resultados/impacto del proyecto | 20% | 40% | 40% | 5 |
| 4 | Calendario de ejecución del proyecto | 100% | - | - | 19 |
1Número de grandes proyectos (de los veinte en total) que habían avanzado lo suficiente en el momento de la auditoría para que el Tribunal pudiese extraer conclusiones.
Fuente: Análisis del TCE, a partir de un examen de la muestra de auditoría de encargos individuales de grandes proyectos.
71Además de la muestra de grandes proyectos auditados, el Tribunal auditó detalladamente tres encargos individuales relacionados con tres proyectos de pequeña envergadura. No observó que Jaspers tuviese un impacto significativo en el alcance, las realizaciones, el impacto, el coste o el plazo de finalización de los proyectos en ningún caso excepto en un proyecto en Croacia. En este caso, la asistencia de Jaspers contribuyó al uso eficiente del nuevo equipo (y, por lo tanto, la eficiencia prevista del proyecto).
72En los tres encargos, los beneficiarios y las autoridades nacionales siguieron en general los consejos de Jaspers. Sin embargo, el Tribunal observó que no existían disposiciones adecuadas para que los beneficiarios, las autoridades nacionales, Jaspers y la Comisión intercambiasen información debidamente sobre la mejor forma de utilizar el asesoramiento de Jaspers para proyectos de pequeña envergadura. En los tres proyectos analizados, la solicitud de proyecto presentada a la autoridad nacional competente no llevaba adjunta una nota de finalización de la acción, aunque fue emitida por Jaspers.
73Por último, el Tribunal evaluó si los grandes proyectos asistidos por Jaspers eran menos proclives a errores que los proyectos que no habían recibido asistencia. Para ello, volvió a los resultados de su ejercicio de auditoría de cumplimiento que realizó en 2014 y 2015. En este ejercicio, el Tribunal llevó a cabo auditorías de cumplimiento de 68 grandes proyectos en todos los Estados miembros, de los cuales 34 habían recibido asistencia de Jaspers y los otros 34 no. En general, los proyectos asistidos por Jaspers se veían afectados por errores con menor frecuencia que los proyectos sin asistencia: el 44 % de los proyectos asistidos y el 56 % de los proyectos no asistidos contenían errores.
74En el momento de los ejercicios de auditoría de cumplimiento, 12 de estos 20 grandes proyectos habían avanzado lo suficiente como para que el Tribunal pudiese analizar si se habían alcanzado realmente los valores objetivo de sus indicadores de realizaciones y resultados. El Tribunal constató que se había alcanzado el 50 % de los valores objetivo de los indicadores en los proyectos asistidos por Jaspers, pero solo el 25 % en los proyectos sin asistencia.
Jaspers no pudo influir en la absorción de fondos de la UE en los proyectos auditados
75El Tribunal esperaba que, especialmente al agilizar la decisión de la Comisión, Jaspers hubiese aumentado la absorción. En el momento de la auditoría, 19 de los 20 grandes proyectos habían avanzado lo suficiente como para que el Tribunal pudiese analizar si Jaspers había tenido un efecto significativo en la absorción de fondos de la UE. Sin embargo, en los casos auditados, el Tribunal no encontró pruebas de que Jaspers tuviese este efecto,
76lo que se debió principalmente a los retrasos ocurridos a nivel de proyectos (en promedio hubo un retraso de 22 meses en los grandes proyectos auditados). Más de un tercio de los proyectos tuvieron que transferirse parcialmente al período de programación posterior (véase el apartado 41).
77Otra razón de la ausencia de efectos en la absorción fue el marco de declaración de gastos para grandes proyectos. Los costes que son admisibles para reembolso con cargo a los fondos de la UE se declaran («certifican») a la Comisión, que posteriormente los reembolsa al Estado miembro. Entre el inicio del período de programación 2007-2013 y 2009, los Estados miembros podían declarar los gastos de los grandes proyectos solo después de que la Comisión hubiese aprobado el proyecto. Sin embargo, desde 200934, la legislación permitía a los Estados miembros declarar los gastos después de que se hubiese aprobado el proyecto a nivel nacional, pero antes de que la propia Comisión emitiese una decisión. En este contexto, la contribución de Jaspers no tiene efectos en la absorción, puesto que el dinero se gastaría independientemente de la asistencia de Jaspers a estos proyectos, salvo que la Comisión rechace la solicitud de proyecto.
78Muchos de los grandes proyectos que auditó el Tribunal se habían beneficiado de esta modalidad: en el 53 % de los proyectos auditados, los gastos admisibles se habían presentado a la Comisión antes de que emitiese su decisión. En estos casos, el lapso de tiempo medio entre la primera declaración de gastos y la decisión de la Comisión fueron veintitrés meses.
El impacto de Jaspers en la capacidad administrativa de los Estados miembros todavía no había dado lugar a una mayor independencia respecto de la asistencia de la iniciativa
79El Tribunal trató de determinar si Jaspers había cumplido otro de sus objetivos: aumentar la capacidad administrativa de los Estados miembros para preparar, aprobar y ejecutar proyectos. Si se hubiese cumplido este objetivo, debería haber dado lugar a una situación en la que los Estados miembros utilizasen la experiencia adquirida en posteriores proyectos y ejercicios de programación, siendo menos dependientes de la asistencia técnica proporcionada por la Comisión (incluido Jaspers).
Desde 2012, Jaspers ha prestado mayor atención al desarrollo de la capacidad administrativa de los Estados miembros
80El documento de reflexión publicado por la Comisión en 2005 preveía que Jaspers se revisaría después de dos años. Así pues, esta lo consideraba un instrumento transitorio que ayudase a desarrollar la capacidad administrativa de los Estados miembros para gestionar fondos de la UE y preparar y ejecutar proyectos de acuerdo con los requisitos de la Unión. Asimismo, el documento de reflexión también preveía que Jaspers, en algunos casos recomendara a los Estados miembros interesados modos de mejorar la capacidad administrativa, por ejemplo, creando servicios de ejecución de la gestión de los proyectos. Hasta 2012 no hubo ningún otro documento que especificase con mayor detalle qué medidas se esperaba que adoptase Jaspers para desarrollar la capacidad administrativa de los Estados miembros.
81No fue hasta después de que la Comisión emitiese su informe de evaluación en 2012 cuando Jaspers creó una Plataforma de Contactos para complementar sus actividades consultivas sobre proyectos e incrementar su apoyo a los Estados miembros para mejorar su capacidad administrativa. Pretendía hacerlo realizando actividades de intercambio de conocimientos y desarrollo de la capacidad específicas, así como fomentando la difusión de buenas prácticas y el intercambio de experiencias entre Estados miembros.
82Para el período de programación 2014-2020, la Comisión y el BEI decidieron ampliar y mejorar las actividades de desarrollo de la capacidad de la Plataforma de Contactos de Jaspers. En consecuencia, en 2014, Jaspers creó el Centro de Redes y Competencias, una división cuyo objetivo principal era aumentar aún más las actividades de desarrollo de la capacidad dirigidas a autoridades nacionales y beneficiarios de proyectos.
Los Estados miembros siguen deseosos de recibir apoyo de Jaspers para su capacidad administrativa
83En todos los encargos individuales de proyectos auditados, tanto las autoridades nacionales como los beneficiarios afirmaron que Jaspers tuvo un impacto positivo en su capacidad administrativa, aunque algunos de ellos declararon que seguían dependiendo mucho de su asistencia. También lo observaron las EFS de Polonia y Croacia durante la auditoría coordinada. No obstante, las autoridades nacionales y los beneficiarios no pudieron aportar al Tribunal pruebas justificativas que demostrasen que este impacto se produjo realmente.
84El Tribunal también auditó nueve encargos horizontales con potencial estratégico puestos en marcha entre 2008 y 2014. Pudo confirmar que el 33 % de ellos (3 de 9 encargos) en efecto habían tenido un impacto estratégico significativo, y que el otro 22 % había tenido un impacto más limitado (2 de 9 encargos). En cuanto al 45 % restante (4 de 9 encargos), el Tribunal no determinó impacto estratégico. No obstante, no halló pruebas de Jaspers hubiera tenido impacto en la capacidad administrativa en seis de ellos. En los otros tres casos, el impacto de Jaspers había sido limitado (principalmente en autoridades nacionales y beneficiarios) (véase el recuadro 4).
Recuadro 4
Ejemplo de impacto limitado de Jaspers en la capacidad administrativa de Malta debido a la rotación del personal
Uno de los encargos horizontales estratégicos que auditó el Tribunal en Malta tenía por objeto aumentar la capacidad de una autoridad de gestión para analizar y dar seguimiento a determinados aspectos de proyectos generadores de ingresos (por ejemplo, análisis coste-beneficio). El Tribunal observó que la asistencia de Jaspers había contribuido a la transferencia de conocimientos a las autoridades maltesas, los beneficiarios y un consultor privado. Sin embargo, también observó que el aumento de capacidad no se sostuvo durante el período de programación 2014-2020, porque todo el personal de la autoridad de gestión responsable del análisis coste-beneficio en el período de programación 2007-2013 se había trasladado a otras instituciones. En consecuencia, a finales de 2016, Jaspers aprobó una solicitud de las autoridades maltesas y puso en marcha un encargo similar para el nuevo período de programación llamado «Desarrollo de la capacidad y apoyo a la actualización de los documentos orientativos de análisis coste-beneficio».
Las medidas de desarrollo de la capacidad de Jaspers deberían haber encajado en el marco de las medidas de desarrollo de la capacidad aplicadas por la Comisión. Sin embargo, en el período de programación 2007-2013, las propias medidas de desarrollo de la capacidad de la Comisión consistían principalmente en medidas de reacción. Sin embargo, en el período de programación 2014-2020, el Tribunal observó que la Comisión había adoptado un enfoque más proactivo y coordinado. Había elaborado una estrategia de asistencia técnica en noviembre de 2013 y establecido una unidad específica de desarrollo de la capacidad. Sin embargo, en la estrategia de asistencia técnica, el Tribunal no encontró referencias a la coordinación entre las actividades específicas de desarrollo de la capacidad facilitadas directamente por la Comisión y las facilitadas por Jaspers.
Las deficiencias considerables en la planificación, el seguimiento y la evaluación de las actividades de Jaspers ponen en riesgo el éxito del funcionamiento de la iniciativa
86El Tribunal trató de determinar si el sistema de planificación, seguimiento y evaluación de la iniciativa Jaspers se había definido de manera exhaustiva y se había aplicado en consecuencia. Si el sistema se hubiese establecido adecuadamente, el Comité Directivo, y en particular la Comisión, deberían disponer de información suficiente sobre el rendimiento de Jaspers para poder realizar modificaciones en sus actividades y establecer su dirección futura. El sistema debería permitir controlar si se han cumplido de manera oportuna los objetivos operativos de Jaspers y evaluar cuál ha sido el impacto general. También debería permitir examinar si la gestión financiera de la iniciativa ha sido buena.
El Tribunal detectó deficiencias considerables en la planificación de las actividades de Jaspers
87Entre 2007-2009 y 2014-2016, el número medio de funcionarios de Jaspers aumentó un 73 % para hacer frente a la carga de trabajo prevista (véanse más detalles sobre el personal de Jaspers en el cuadro 1). El número total de encargos de Jaspers creados (y no rechazados, suspendidos o cancelados) descendió en torno al 32 % entre ambos períodos. En opinión del Tribunal, ello se debió a que las estimaciones de la Comisión sobre la cantidad y el calendario de los grandes proyectos que se presentarían en el período de programación 2014-2020 eran excesivamente optimistas (véase asimismo el apartado 52 relativo a la RCI).
88Las estimaciones de la Comisión son un elemento fundamental para planificar las necesidades de plantilla de Jaspers. La Comisión calcula el número previsto de grandes proyectos sobre la base de la información proporcionada por los Estados miembros, que incluye los grandes proyectos nuevos y retrasados que tienen que transferirse desde el anterior período de programación (proyectos divididos en fases). Excepto Polonia, ningún Estado miembro presentó un número de solicitudes que se acercase ni remotamente a la cantidad que había previsto. Véase un desglose por Estado miembro de 2014 a 2016 en el gráfico 6.
Ilustración 6
Solicitudes de proyectos previstas y reales desde 2014 hasta finales de 2016 por Estado miembro
Fuente: Cifras de la Comisión Europea.
En enero de 2015, la Comisión calculó que durante todo el período de programación 2014-2020 se presentarían 582 solicitudes de grandes proyectos, entre ellas 478 de nuevos proyectos. De las 582 solicitudes de grandes proyectos (478 nuevas), se preveía que 349 (262 nuevas) se presentasen antes de finales de 201635. Sin embargo, el 19 de abril de 2017 solo se habían presentado efectivamente 76 (45 nuevas). De estas 45 (nuevas) solicitudes presentadas, solo un tercio había recibido asesoramiento de Jaspers (véase la ilustración 7).
Ilustración 7
Previsiones demasiado optimistas del volumen de solicitudes de nuevos grandes proyectos
Fuente: Análisis del TCE, a partir de la información facilitada por la Comisión.
Si bien la Comisión sabía por propia experiencia que las previsiones de los Estados miembros habían sido bastante optimistas, el Tribunal observó que no las ajustó adecuadamente a la planificación de la plantilla de Jaspers. Entre 2006 y 2013, el total de funcionarios36 en general era proporcional al número de encargos de asesoramiento de grandes proyectos finalizados. Desde 2014, pese a un nuevo aumento de la plantilla, el número de encargos de asesoramiento de grandes proyectos finalizados al año se redujo sustancialmente (véase la ilustración 8).
Ilustración 8
Evolución de los encargos de grandes proyectos finalizados de Jaspers y el número de puestos de trabajo equivalente a tiempo completo (ETC) de Jaspers durante 2006-2016
Fuente: Análisis del TCE, a partir de datos de Jaspers (diciembre de 2016).
El Tribunal detectó deficiencias considerables en el seguimiento de las actividades de Jaspers
91El memorando de entendimiento de 2006 mencionaba objetivos de Jaspers, pero no establecía indicadores y metas cuantificados correspondientes. Hasta octubre de 2008, el Comité Directivo de Jaspers no aprobó una propuesta sustantiva relativa a la naturaleza y la frecuencia de los indicadores de rendimiento y la presentación de informes. Constaba de 10 indicadores de rendimiento y 10 estadísticas temáticas37; sin embargo, solo se informó efectivamente sobre 4 indicadores de rendimiento (3 de realización y 1 de resultados) al Comité Directivo.
92En los cuatro Estados miembros visitados, el seguimiento que realizaban las autoridades nacionales se limitaba a los avances de los planes de acción de Jaspers y los proyectos asistidos, pero aun así, el Tribunal constató que varios encargos se omitían en los planes de acción de Jaspers o se crearon de una forma que obstaculizaba el seguimiento (véase el recuadro 5). No se evaluaba el impacto de Jaspers en la capacidad administrativa.
Recuadro 5
Uso de encargos no específicos que obstaculizaban el seguimiento de Jaspers en Croacia
El Tribunal detectó varios casos en los que Jaspers creó encargos horizontales comodín no específicos, sin una definición clara del alcance y el calendario, para dar cabida a actividades misceláneas y ad hoc cuyo alcance no se había definido adecuadamente de antemano. La EFS de Croacia informó sobre los efectos negativos de esta práctica en el seguimiento de las actividades de Jaspers sobre los proyectos y resultados a nivel nacional.
Jaspers se centró el seguimiento de sus realizaciones en el número de encargos finalizados: Este era el caso de todos los tipos de encargos excepto las RCI y las EPP; sin embargo, el Tribunal observó que los valores objetivo, que el Comité Directivo de Jaspers no estableció hasta 2010, no se habían definido claramente o se omitían totalmente. El indicador principal utilizado realmente por Jaspers para hacer un seguimiento de los resultados e informar al Comité Directivo es el tiempo que tardan en aprobarse los grandes proyectos, algo que hace la Comisión. Jaspers utilizó este indicador para un ejercicio de evaluación comparativa anual con grandes proyectos no asistidos, aunque sin análisis sectoriales. Además, el Tribunal observó que este indicador no se utilizó para proyectos de pequeña envergadura, que son aprobados por las autoridades nacionales, aunque así lo preveía el Comité Directivo. Tampoco halló un seguimiento de los resultados relacionados con encargos individuales de proyectos pequeña envergadura de Jaspers o encargos horizontales/de asesoramiento estratégico, RCI o EPP.
94Además del indicador de resultados comunicado al Comité Directivo, el Tribunal encontró otros tres indicadores orientados a resultados relacionados con grandes proyectos. Estos tres indicadores solo se habían comunicado al Comité Directivo una vez, en junio de 2016, abarcando todo el período desde 2008. Estos indicadores se midieron utilizando «formularios de opinión» que debían cumplimentar los beneficiarios de asesoramiento de Jaspers. La tasa de respuesta fue baja y los resultados en todos los tipos de encargos de Jaspers fueron abrumadoramente positivos, por lo que el ejercicio se interrumpió.
95El Tribunal no encontró indicadores de rendimiento y estadísticas relacionados con el seguimiento del impacto de Jaspers en la capacidad administrativa de los Estados miembros. Además, este aspecto no se incluía en ninguno de los informes de seguimiento.
Las evaluaciones de Jaspers sugieren continuar, pero señalaron insuficiencias que había que subsanar
96En 2010, el BEI llevó a cabo una evaluación de su papel en la iniciativa Jaspers. Este informe se puso a disposición del Comité Directivo y la Comisión. En 2012 se realizó otra evaluación de Jaspers en nombre de la Comisión, que consideró que esta evaluación era equivalente a la evaluación intermedia del período de programación 2007-2013 planificada pero retrasada (véase el apartado 23). Ambas evaluaciones abarcaban las realizaciones, los resultados y el impacto global de Jaspers. La evaluación del BEI de 2010 informó sobre elementos contradictorios en los resultados de Jaspers. Por ejemplo, afirmaba que la mayoría de encargos de Jaspers no tenían influencia en la forma física de un proyecto y, por lo tanto, tampoco en su calidad subyacente. Sin embargo, cuando la calidad de los proyectos en efecto mejoró, esto provocó por lo general mayores retrasos, lo que tuvo un efecto negativo en la absorción de fondos de la UE. Además, al trasladar la atención de la iniciativa hacia la producción de proyectos maduros listos para la puesta en marcha, un cambio que tenía por objeto fomentar la absorción, la iniciativa se distanció de la orientación al desarrollo de la capacidad. La conclusión general de la evaluación del BEI se presenta en el recuadro 6.
Recuadro 6
Conclusión general de la evaluación del BEI
Las prioridades de la iniciativa deberían revisarse a la luz de una evaluación formal de necesidades y el Banco debería hacer balance de su participación basándose en la experiencia operativa adquirida hasta la fecha, a fin de decidir si continuar su participación de manera que salvaguarde su propia reputación y aproveche al máximo de sus escasos y valiosos recursos, y de qué forma hacerlo. Lo que está claro de las pruebas obtenidas es que la iniciativa está plenamente justificada y potencialmente todavía tiene mucho que hacer.
Ninguna de las dos evaluaciones abarcó el rendimiento de Jaspers con respecto a sus encargos individuales de proyectos menores. La evaluación más reciente, llevada a cabo por la Comisión en 2012, contenía información sobre el principal objetivo de Jaspers en relación con el impacto en la calidad de los proyectos. Según AECOM, la iniciativa Jaspers ha resultado de un valor significativo para los Estados miembros en el desarrollo de proyectos y de solicitudes de financiación. Asimismo, recomendaba que Jaspers continúe funcionando, puesto que sigue existiendo una fuerte demanda de sus servicios entre los e4stados miembros38. La puesta en marcha de la revisión intermedia del período de programación 2014-2020, prevista para 2017, fue aplazada por la Comisión hasta el primer trimestre de 2018.
98En general, el Tribunal no encontró procedimientos formales en los cuatro Estados miembros visitados relacionados con la evaluación de las realizaciones, los resultados y el impacto general de la asistencia de Jaspers. Solo halló pruebas de evaluaciones que se habían llevado a cabo efectivamente en Polonia: el órgano de coordinación había realizado una encuesta en 2007 y también se había realizado una evaluación en nombre del Ministerio de Desarrollo en 2010. La EFS de Polonia informó en la auditoría coordinada de una falta de evaluaciones sistémicas de la iniciativa Jaspers a nivel nacional, aunque existían planes para ello desde 2012.
Solo se ha realizado un seguimiento limitado de cómo se utilizó realmente el asesoramiento de Jaspers
99El Tribunal observó que Jaspers solo había realizado un seguimiento limitado de la aplicación de sus conclusiones y recomendaciones (sus realizaciones) durante el proceso de aprobación de grandes proyectos. La información necesaria para hacer un seguimiento de este tipo proviene de cuatro fuentes principales.
100Hasta que Jaspers comenzó sus funciones de revisión (RCI y EPP), su papel en el procedimiento de aprobación de grandes proyectos finalizaba cuando Jaspers emitía una nota de finalización de la acción. Sin embargo, si la Comisión interrumpía el proceso de aprobación, Jaspers podía recabar comentarios y observaciones para ver cuál era el problema (si el Estado miembro estaba de acuerdo). Entre los encargos individuales de grandes proyectos auditados, el Tribunal constató que Jaspers solo había obtenido esta información en el 47 % de los casos.
101Otra fuente de información, solo respecto a los grandes proyectos, es el mecanismo de comunicación de opinión de la DG Política Regional y Urbana para Jaspers. Sin embargo, según Jaspers, la tasa de respuesta a estos formularios fue baja.
102La tercera fuente de información es el acceso a la base de datos de la Comisión. Aunque Jaspers puede acceder a esta base de datos, el Tribunal constató que no era posible identificar grandes proyectos individuales en cerca del 24 % de los casos, aunque los encargos habían finalizado.
103La cuarta fuente de información, la única que abarcaba también proyectos de pequeña envergadura, eran los cuestionarios anuales de opinión enviados por Jaspers a las autoridades nacionales de gestión involucradas en la aprobación de proyectos subyacentes. Jaspers solo recopiló esta información en uno de los Estamos miembros visitados (Rumanía) y solo para un programa operativo.
104El Tribunal no encontró pruebas de que Jaspers hubiese realizado un seguimiento sistemático de la forma en que se había utilizado su asesoramiento en la ejecución de grandes proyectos o de pequeña envergadura asistidos. También observó que el sistema de seguimiento no contenía información sobre la ejecución real de los proyectos asistidos, incluidos los retrasos, los sobrecostes y los problemas de contratación. Tampoco halló pruebas de que la Comisión hubiese dado su opinión a Jaspers sobre la ejecución de los proyectos sobre la base de información incluida en los informes anuales de ejecución de los Estados miembros presentados a la Comisión.
105La muestra de auditoría contenía cuatro encargos, con seis grandes proyectos subyacentes, para los que Jaspers había emitido una opinión negativa general. En todos los casos excepto uno, los beneficiarios y las autoridades nacionales habían seguido los consejos de Jaspers, y no se presentaron los proyectos a la Comisión. En un caso, el Estado miembro decidió posteriormente modificar el alcance del proyecto, reduciéndolo y manteniendo el proyecto como proyecto de pequeña envergadura sin abordar todas las cuestiones planteadas por Jaspers.
106El Tribunal solo encontró una fuente de información sobre el uso real del asesoramiento horizontal/estratégico de Jaspers: un formulario de opinión enviado por Jaspers que debían cumplimentar las autoridades nacionales que se beneficiaron de dicho asesoramiento. La tasa de respuesta a este ejercicio también fue baja (alrededor del 32 % en todos los Estados miembros).
El Tribunal halló deficiencias en el seguimiento y la evaluación de la eficiencia y la eficacia de Jaspers
107Para evaluar la eficiencia, el Tribunal comparó las realizaciones de la iniciativa con su base. La información necesaria para ello se proporciona en forma de indicadores. En 2008, el Comité Directivo aprobó tres indicadores de realización39 (véase asimismo el apartado 91) y tres indicadores de base40. Sin embargo, el Tribunal constató que solo se habían evaluado sistemáticamente los indicadores de realización, e incluso en ese caso, detectó algunas deficiencias (véanse los apartados 92 a 94).
108Dos de los indicadores de base no se habían evaluado en absoluto. Respecto al tercero, «Tiempo transcurrido desde el inicio hasta la finalización del encargo», había algunos datos disponibles, pero nunca se utilizaron para fundamentar un análisis de la eficiencia. Los datos también están incompletos: no se había registrado información sobre los encargos que se habían suspendido, rechazado o cancelado. Estos encargos conformaban alrededor del 21 % de los encargos creados hasta enero de 2017, el 8 % de la carga de trabajo de Jaspers.
109Jaspers contaba con un sistema para registrar el tiempo invertido en cada encargo. Debería haber podido utilizarlo como base para calcular uno de los indicadores de base, «Coste por acción hasta la finalización». Sin embargo, Jaspers comunicó al Tribunal que los datos registrados en el sistema no eran suficientemente fiables para poder utilizarlos en este análisis. Hasta finales de 2016, el personal de Jaspers no comenzó a utilizar otro sistema de registro.
110El BEI había llevado a cabo su propia evaluación de la eficiencia de Jaspers en 2010 y había llegado a la conclusión de que podía decirse que la iniciativa estaba económicamente justificada, pero no a un nivel óptimo. Por consiguiente, la evaluación calificó el rendimiento general de la iniciativa como parcialmente insatisfactorio en cuanto a eficacia y eficiencia por dos motivos. El primero era que el papel y las prioridades de Jaspers no estaban claros: como consecuencia, según el informe del BEI, se invirtieron un tiempo y recursos considerables en prestar asesoramiento que resultó contrario a los requisitos de la Comisión. El segundo era que la prestación de servicios sin coste había dado lugar a una reducción de la eficiencia en la gestión de encargos de Jaspers41.
111Para medir la eficacia, el Tribunal examinó los indicadores de resultados disponibles, e identificó cuatro, aunque observó ciertas deficiencias que les afectaban (véanse los apartados 92 a 94).
El Tribunal detectó deficiencias en la eficiencia de Jaspers
112Jaspers no contaba con indicadores de recursos adecuados para evaluar su eficiencia. El Tribunal investigó si el aumento del presupuesto y la plantilla de Jaspers para el período de programación 2014-2020 había venido acompañado de un aumento correspondiente en las realizaciones de Jaspers en términos de número de encargos finalizados. Observó que el número de encargos finalizados por cada funcionario de Jaspers se había reducido al menos en un 10 % entre 2007-2009 y 2014-2016.
113El memorando de entendimiento de 2006 había fijado la aportación indicativa de la Comisión a Jaspers en el período de programación 2007-2013 en 106,5 millones de euros. En realidad, la Comisión aportó alrededor de un 38 % más (147,3 millones de euros pagados durante el período 2006-2013). En opinión del Tribunal, el presupuesto global de Jaspers era generoso. El acuerdo marco de asociación de 2014 estableció que la aportación indicativa de la Comisión a Jaspers en el período de programación 2014-2020 se incrementaría a 250 millones de euros42. Este importe se calculó sobre la base de las propias estimaciones de Jaspers del número de encargos previstos, estimaciones basadas en datos de los Estados miembros y que, en opinión del Tribunal, fueron excesivamente optimistas (véanse también los apartados 24, 52 y 89). Asimismo, en el informe de evaluación de 2012, contratado por la Comisión, AECOM comparó los gastos de personal diarios de Jaspers con los de otras cuatro instituciones y constató que eran considerablemente mayores (hasta un 116 %) que los demás43.
114En su presupuestación anual, la Comisión y el BEI acordaron calcular los gastos de personal utilizando costes unitarios estándar. Hasta 2014, el coste de un funcionario dependía de si su puesto estaba financiado por la Comisión o el BEI. En promedio, los costes unitarios mensuales del personal financiado por el BEI eran un 40 % superiores a los costes aplicados al personal financiado por la Comisión. El Tribunal examinó la documentación subyacente que se le facilitó, pero no encontró razones convincentes para ello.
115Desde 2014, la Comisión y el BEI acordaron utilizar un método distinto para calcular los gastos de personal. Con este nuevo método, los costes estándar se armonizaron y se basaron en la experiencia del personal: ya no variaban en función de si financiaba el puesto la Comisión o el BEI. En 2015, la Comisión firmó el convenio de subvención específico, que incluía un presupuesto estimado utilizando el antiguo método para el personal del BEI y los tipos del Acuerdo Marco Financiero y Administrativo (AMFA) para el personal de la Comisión. Este fue posteriormente sustituido por otro, los nuevos tipos del AMFA, tanto para el personal de la Comisión como el del BEI. Con el anterior método «mixto», el coste total estimado de la iniciativa ascendía a 40,3 millones de euros. Con el nuevo «método único AMFA», a 37,3 millones de euros, un 7,4 % inferior. Pese al coste total recalculado para Jaspers de ese ejercicio, la contribución de la Comisión permaneció inalterada.
116El Tribunal no halló pruebas de que los gastos de personal estándar de Jaspers correspondiesen al coste real de emplear a funcionarios. Pidió a Jaspers información sobre sus gastos reales (efectivamente incurridos), pero este se negó a facilitarla. El Tribunal también pidió a la Comisión que le explicase cómo se demostraba que los gastos de personal estándar eran plausibles, en particular con el método antiguo utilizado hasta 2014 para el personal aportado por el BEI. La Comisión solo respondió parcialmente a las preguntas del Tribunal.
Conclusiones y recomendaciones
117En general, el Tribunal concluyó que había deficiencias en la definición de los principales objetivos y las funciones y responsabilidades de Jaspers y por consiguiente la asistencia de Jaspers no se orientaba suficientemente a las actividades que aportaban más valor añadido. Además, el Tribunal concluyó que existían insuficiencias significativas en la configuración de la nueva función RCI de Jaspers para el período de programación 2014-2020, que dieron lugar a un elevado riesgo de falta de imparcialidad en relación con la función de asesoramiento de Jaspers. Constató que Jaspers había tenido un impacto en la calidad de los grandes proyectos. El impacto de Jaspers en la capacidad administrativa de los Estados miembros todavía no ha dado lugar a una mayor independencia respecto de la asistencia de Jaspers Lo anterior, combinado con deficiencias en el seguimiento y la evaluación de las actividades de Jaspers, pone en riesgo el éxito del funcionamiento de la iniciativa, especialmente en términos de eficiencia y eficacia.
La insuficiente definición de los objetivos principales de Jaspers dio lugar a deficiencias en su funcionamiento
118El Tribunal constató que los principales objetivos de Jaspers eran imprecisos y en parte contradictorios El acuerdo firmado por la Comisión y las principales partes interesadas de Jaspers no especificaba cómo o cuándo juzgaría la Comisión si se había cumplido los principales objetivos de la iniciativa. No se definió claramente el impacto previsto de Jaspers en la mejora de la calidad de los proyectos, la absorción de los fondos de la UE y la capacidad administrativa. Aunque Jaspers se concibió inicialmente como una iniciativa para el período de programación 2007-2013, ha pasado a ser una iniciativa a largo plazo al ampliarse al período de programación 2014-2020. Jaspers no cuenta con unos objetivos cuantificables que muestren que su finalidad se ha cumplido.
119Además, el Tribunal observó que las funciones y responsabilidades de las principales partes interesadas no estaban suficientemente claros, lo que ponía en riesgo la rendición de cuentas. Jaspers solo había firmado acuerdos de trabajo con los Estados miembros, pero no con la Comisión. Estos acuerdos todavía no eran lo suficientemente completos, puesto que se limitaban a la prestación de asistencia a proyectos y no abarcaban otros tipos de actividades de Jaspers. El Tribunal considera que la Comisión y el BEI son clientes (indirectos) que se benefician de Jaspers, mientras que este y la Comisión consideran a que los únicos clientes de Jaspers son los Estados miembros (salvo por la EEP) Jaspers también había proporcionado a los Estados miembros un trabajo de asesoramiento gratuito al contratar y pagar a consultores externos.
120En muchos casos, el Tribunal también constató que la asistencia de Jaspers no fue suficientemente selectiva, lo que contribuyó a un elevado nivel de encargos cancelados o suspendidos. El propio Jaspers no estableció ámbitos prioritarios particulares para los Estados miembros a los que prestaba asistencia, respondiendo en cambio a la demanda expresada por estos Estados miembros. En general, Jaspers realizó un seguimiento de casi todas las solicitudes de encargos presentadas por los Estados miembros sin consultar siempre a la Comisión, que financiaba la mayoría de los costes de Jaspers.
121Al inicio del período de programación 2014-2020, Jaspers también comenzó a apoyar proyectos escalonados y alentó a los Estados miembros a utilizar más su asistencia gratuita durante la fase de ejecución de proyectos; nada de ello era una prioridad.
122La evaluación intermedia de Jaspers, realizada en nombre de la Comisión en 2012, puso de relieve deficiencias en el enfoque estratégico de Jaspers y en los acuerdos de trabajo, y recomendaba medidas para subsanarlas. Estas deficiencias ya deberían haberse corregido para cuando Jaspers se prorrogó al período de programación 2014-2020, pero, en el momento de la auditoría, las medidas correctoras adoptadas dieron lugar a una planificación menos precisa, reduciendo así su valor estratégico.
Recomendación 1
La Comisión debería asumir un mayor control sobre la planificación estratégica de Jaspers, incluidos todos los tipos de actividades, teniendo presente que Jaspers se concibió inicialmente como iniciativa temporal. En particular, debería adoptar las siguientes medidas.
- Ajustar la planificación estratégica general de Jaspers sobre la base de las necesidades particulares de los Estados miembros y en consonancia con la política de cohesión. Las operaciones Jaspers deberían centrarse en las actividades que más valor añaden.
- Definir hitos y criterios claros que permitan eliminar progresivamente la iniciativa Jaspers cuando se hayan cumplido sus objetivos principales.
- Incorporar su estrategia general en la planificación anual de las actividades de Jaspers en los Estados miembros. Esta planificación debería establecer prioridades específicas para cada Estado miembro y sector, de conformidad con la legislación y las políticas de la UE.
- Precisar más las funciones y responsabilidades de las principales partes interesadas para reforzar la transparencia y la rendición de cuentas.
- Velar por que Jaspers establezca acuerdos de trabajo completos, prácticos y claros para todos sus servicios con todas las DG correspondientes de la Comisión, el BEI y los Estados miembros.
Fecha prevista de aplicación: finales de 2018.
123El Tribunal detectó insuficiencias significativas en la configuración de la nueva función de RCI para el período de programación 2014-2020 y El Tribunal observó un elevado riesgo de falta de imparcialidad en relación con la función de asesoramiento de Jaspers. Por otra parte, aunque las RCI constituían una parte fundamental del proceso de aprobación de grandes proyectos por la Comisión, esta no participaba directamente en el modo en que los RCI se llevaban a cabo en la práctica, exponiéndose así al riesgo de que no se realizaran de la manera prevista. Las decisiones de la Comisión de aprobar grandes proyectos son en la práctica adoptadas por Jaspers, que es quien lleva a cabo las RCI.
124El objetivo de las RCI era simplificar el proceso de aprobación de grandes proyectos por la Comisión. Sin embargo, a finales de 2016, Jaspers no había conseguido firmar acuerdos de trabajo con varios Estados miembros que se esperaba que presentasen el mayor número de grandes proyectos. Además, la Comisión decidió utilizar otra función de evaluación ofrecida por la misma división de Jaspers, la EPP, en la mayoría de grandes proyectos. El procedimiento de EPP contribuyó a un acortamiento considerable del tiempo necesario para la aprobación de grandes proyectos por la Comisión.
Recomendación 2:
- La Comisión debería tomar medidas inmediatas para mitigar el elevado riesgo de falta de imparcialidad cuando Jaspers lleva a cabo RCI para evaluar proyectos que han recibido apoyo consultivo de Jaspers. En el período posterior a 2020, la Comisión debería dejar de utilizar las RCI facilitadas por Jaspers para grandes proyectos que previamente han recibido su asesoramiento.
- La Comisión debería obtener pleno acceso a la documentación pertinente para verificar la calidad de los procedimientos de IQR de Jaspers;
Fecha máxima de aplicación: Inmediatamente.
Jaspers tuvo repercusión en la calidad de los proyectos, pero no pudo incidir en la absorción
125En general, el Tribunal constató que Jaspers tuvo un impacto positivo en la calidad de la documentación de los proyectos. También constató que la asistencia que prestó fue relativamente completa, independientemente del momento preciso en el que intervino. Esto fue confirmado por las EFS de Polonia y Croacia durante la auditoría coordinada. En el período de programación 2007-2013, la Comisión necesitó en general menos tiempo para aprobar proyectos de gran envergadura si habían recibido asistencia de Jaspers. El Tribunal observa que en general el tiempo medio necesario para aprobar grandes proyectos se redujo en el período de programación 2014-2020.
126En general, en la mayor parte de los casos, Jaspers tuvo incidencia como mínimo en uno de los cuatro parámetros relativos a la calidad de los grandes proyectos auditados por el Tribunal. No obstante, solo en algunos casos reconoció mejoras significativas en el alcance, las realizaciones, los resultados o el impacto previstos de los grandes proyectos asistidos por Jaspers visitados (por ejemplo, reducción de los elementos económicamente injustificados en la infraestructura de proyectos).
127El Tribunal determinó que Jaspers no tuvo un impacto en el calendario de ejecución de los grandes proyectos. Aunque Jaspers había ofrecido asesoramiento en este ámbito, todos los proyectos visitados sufrían retraso. Más de un tercio de ellos tuvieron que transferirse parcialmente al período de programación 2014-2020 (dividirse en fases).
128El Tribunal observó que los grandes proyectos que recibieron el asesoramiento de Jaspers se habían visto menos frecuentemente afectados por errores de legalidad y regularidad durante sus ejercicios de auditoría de cumplimiento de 2014 y 2015.
129No observó que Jaspers tuviera ningún efecto en el alcance, las realizaciones, los resultados, el impacto, el coste o el calendario de ejecución previstos de ninguno de los proyectos de pequeña envergadura de la muestra de auditoría salvo en un caso. El Tribunal también observó que no existían acuerdos adecuados para garantizar un intercambio adecuado de información entre beneficiarios, autoridades nacionales, Jaspers y la Comisión sobre la mejor forma de utilizar el asesoramiento de Jaspers para proyectos de pequeña envergadura.
130Durante el período de programación 2007-2013, el Tribunal observó que Jaspers en general no pudo influir en la absorción de fondos de la UE, lo que se debió principalmente a las modificaciones en la legislación realizadas en 2009 que permitieron desembolsar fondos de la UE antes de que la Comisión hubiese emitido su aprobación formal de un proyecto. En más del 50 % de los proyectos auditados, las reclamaciones de gastos se presentaron efectivamente a la Comisión antes de que hubiese emitido dicha decisión, lo que hacía menos pertinente el beneficio previsto del apoyo consultivo de Jaspers. En el resto de casos, los retrasos en la ejecución provocaron el aplazamiento de la presentación de las primeras reclamaciones de gastos, aunque la decisión de la Comisión ya se había emitido.
Recomendación 3:
- La Comisión debería orientar la asistencia de Jaspers en función de la fase de desarrollo de un proyecto. En particular, Jaspers debería concentrarse en el fondo de los proyectos, más que en su documentación. Jaspers debería dejar de asesorar a los proyectos que ya han sido aprobados por las autoridades nacionales.
- La Comisión debería seguir centrándose en prestar servicios de asesoramiento de Jaspers a grandes proyectos. La asistencia de Jaspers debería estar a disposición de proyectos de pequeña envergadura y encargos horizontales de naturaleza estratégica relacionados con proyectos en casos excepcionales. En estos casos, debería facilitarse en consulta con la Comisión.
Fecha prevista de aplicación: mediados de 2018.
El impacto de Jaspers en la capacidad administrativa de los Estados miembros todavía no había dado lugar a una mayor independencia respecto de la asistencia de la iniciativa
131En general, las autoridades nacionales y los beneficiarios de los proyectos afirmaron que Jaspers había tenido un impacto positivo en su capacidad administrativa, aunque algunos de ellos declararon que seguían dependiendo mucho de su asistencia. Las EFS de Polonia y Croacia realizaron constataciones similares durante la auditoría coordinada. El Tribunal no encontró pruebas que confirmasen si se había materializado realmente esta mejora de la capacidad administrativa. En alrededor de dos tercios (67 %) de los encargos horizontales auditados, el Tribunal no observó este impacto.
132y constató que Jaspers había ido prestando con el tiempo mayor atención al refuerzo de capacidades administrativas de los Estados miembros. También observó que, en el período de programación 2014-2020, la Comisión había adoptado un enfoque más proactivo y coordinado con respecto a las medidas destinadas a desarrollar la capacidad administrativa de los Estados miembros. Sin embargo, el Tribunal no encontró referencias en la estrategia de asistencia técnica de la Comisión a la coordinación entre las actividades específicas de desarrollo de la capacidad facilitadas directamente por la Comisión y las facilitadas por Jaspers.
133El Tribunal constató que el uso de la asistencia de Jaspers para encargos con un impacto estratégico potencial había aumentado y que Jaspers tuvo un impacto significativo (33 %) o limitado (22 %) en más de la mitad de los encargos horizontales con potencial estratégico auditados.
Recomendación 4
- La Comisión debería integrar las actividades de Jaspers en su propia estrategia de asistencia técnica, con el objetivo de mejorar la coordinación con Jaspers a la hora de realizar actividades permanentes (frente a actividades ad hoc) para desarrollar la capacidad administrativa de los Estados miembros. Las actividades de Jaspers en este sentido deberían complementar a las de la Comisión, centrándose en sectores, ámbitos y Estados miembros en los que la capacidad administrativa sea insuficiente.
- La Comisión debería ajustar el papel, la naturaleza y la intensidad de las actividades de desarrollo de la capacidad de Jaspers en los Estados miembros con el tiempo, a fin de incentivarles a alcanzar un nivel suficiente y sostenible de capacidad administrativa.
Fecha prevista de aplicación: finales de 2018.
Las deficiencias considerables en la planificación, el seguimiento y la evaluación de las actividades de Jaspers ponen en riesgo el éxito del funcionamiento de la iniciativa
134El Tribunal detectó deficiencias considerables en la planificación y el seguimiento de las actividades de Jaspers. Determinó que Jaspers y la Comisión habían centrado su seguimiento en las realizaciones. Cuando se establecieron valores objetivo para este seguimiento, no estaban claramente definidos o no se aplicaron coherentemente. Los resultados objeto de seguimiento que se comunicaron periódicamente fueron tan solo los resultados del asesoramiento de Jaspers a grandes proyectos en términos de velocidad con la que había adoptado la Comisión las decisiones de aprobación. Como se explica en el apartado 130, esto fue en gran medida irrelevante como indicador de la absorción desde 2009 en adelante. El Tribunal no halló pruebas de que Jaspers o la Comisión hubiesen realizado un seguimiento del impacto de las actividades de Jaspers en la capacidad administrativa de los Estados miembros. Tampoco encontró pruebas de procedimientos bien definidos relacionados con el seguimiento y la evaluación de los resultados y el impacto general de la asistencia de Jaspers en ninguno de los cuatro Estados miembros auditados.
135Se llevaron a cabo dos evaluaciones de Jaspers, una realizada por el BEI y otra en nombre de la Comisión. Estas evaluaciones no abarcaron el rendimiento de Jaspers con respecto a sus encargos individuales de proyectos de pequeña envergadura. Además, las evaluaciones informaron de insuficiencias considerables; como se concluye en el apartado 122, solo se subsanaron en cierta medida.
136El Tribunal observó que solo se había realizado un seguimiento limitado de la forma en que se utilizó realmente el asesoramiento de Jaspers También observó que Jaspers raras veces hizo un seguimiento para comprobar si se habían aplicado sus conclusiones y recomendaciones durante el proceso de aprobación de grandes proyectos. Asimismo, constató que el sistema de seguimiento de Jaspers no contenía información sobre la ejecución real de los proyectos asistidos, incluidos los retrasos, los sobrecostes y los problemas de contratación. El Tribunal tampoco encontró pruebas de que la Comisión transmitiese a Jaspers su opinión sobre la ejecución de los proyectos.
137El Tribunal concluyó que había insuficiencias en el seguimiento de la eficiencia y la eficacia de Jaspers. Los datos sobre la base registrados en el sistema de Jaspers no eran suficientemente fiables para poder utilizarlos para realizar un análisis significativo de recursos. Mientras que los indicadores de realizaciones se utilizaron de manera sistemática, no fue así con los indicadores de resultados. Además, ambos tipos de indicadores presentaban insuficiencias. Las dos evaluaciones de Jaspers, llevadas a cabo en 2010 y 2012, sugerían continuar la iniciativa e indicaban insuficiencias por subsanar.
138La Comisión había comenzado a aplicar costes estándar armonizados, que redujeron el coste total de Jaspers. Pese al coste total recalculado para Jaspers de ese ejercicio, la contribución de la Comisión permaneció inalterada. El Tribunal no halló pruebas de que los costes estándar de Jaspers facilitados por el BEI antes de la armonización correspondieran razonablemente a los costes de personal realmente efectuados. El BEI no se mostraba dispuesto a facilitar información sobre los costes reales (efectivamente incurridos) de Jaspers y la Comisión solo respondió parcialmente a las preguntas del Tribunal sobre la plausibilidad de los costes estándar utilizados hasta 2014 para el personal facilitado por el BEI.
Recomendación 5:
- La Comisión debería implantar un sistema integral de seguimiento del grado en que se cumplen los objetivos a corto y largo plazo de Jaspers, para todos los servicios que presta.
- La Comisión debería velar por que las futuras evaluaciones de Jaspers sean suficientemente exhaustivas y extraer conclusiones sobre si Jaspers ha cumplido sus objetivos principales.
- La Comisión debería adoptar medidas para optimizar la eficiencia y la eficacia de Jaspers, en particular velando por que el coste real de la asistencia que presta a cada encargo sea objeto de un seguimiento fiable y se compare con sus propias realizaciones y resultados.
- La Comisión debería velar por que los gastos de Jaspers sean razonables y reflejen los gastos reales incurridos.
Fecha prevista de aplicación: mediados de 2018.
El presente Informe ha sido aprobado por la Sala II, presidida por Iliana Ivanova, Miembro del Tribunal, en Luxemburgo en su reunión del día miércoles, 29 de noviembre de 2017.
Por el Tribunal de Cuentas Europeo

Klaus-Heiner Lehne
Presidente
Anexos
Anexo I
Número de encargos de Jaspers durante los períodos de programación 2007-2013 y 2014-2020, desglosados por tipo y estado del encargo
| Tipo de encargo | 2007 - 2013 | 2014 - 2020 | Gran Total | ||||||||||||
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| ACEPTADOS | EN CURSO | COMPLETADOS | SUSPENDIDOS | CANCELADOS | RECHAZADOS | SUBTOTAL | ACEPTADOS | EN CURSO | COMPLETADOS | SUSPENDIDOS | CANCELADOS | RECHAZADOS | SUBTOTAL | ||
| Grandes proyectos | 3 | 33 | 652 | 25 | 172 | 31 | 916 | 23 | 252 | 55 | 12 | 25 | 0 | 367 | 1283 |
| Proyectos menores | 0 | 5 | 168 | 7 | 47 | 4 | 231 | 4 | 29 | 27 | 7 | 4 | 0 | 71 | 302 |
| Apoyo transversal | 5 | 17 | 143 | 1 | 54 | 1 | 221 | 9 | 46 | 50 | 10 | 28 | 1 | 144 | 365 |
| Refuerzo de la capacidad | 2 | 1 | 9 | 0 | 2 | 0 | 14 | 8 | 24 | 12 | 0 | 1 | 0 | 45 | 59 |
| EPP | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 28 | 0 | 0 | 0 | 28 | 28 |
| RCI | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 1 | 3 | 0 | 0 | 0 | 4 | 4 |
| Gran Total | 10 | 56 | 972 | 33 | 275 | 36 | 1382 | 44 | 352 | 175 | 29 | 58 | 1 | 659 | 2041 |
Aceptado: encargo que fue aceptado oficialmente por Jaspers, pero respecto al cual todavía no ha comenzado el asesoramiento.
En curso: encargo que está recibiendo asesoramiento de Jaspers.
Finalizado: encargo que ha terminado y respecto al cual Jaspers ha emitido una nota de finalización de la acción.
Suspendido: encargo suspendido por un Estado miembro o Jaspers
Cancelado: encargo cancelado por un Estado miembro.
Rechazado: una solicitud de encargo oficial denegada por Jaspers.
Fuente: TCE, a partir de los datos facilitados por Jaspers (a 31 de diciembre de 2016).
Anexo II
Sinopsis de los encargos auditados1
| # | Número de encargo | Título del encargo | Período de programación | Estado Miembro | Examinado sobre el terreno |
|---|---|---|---|---|---|
| Encargos individuales de grandes proyectos | |||||
| 1 | 2011 085 HR WAT WAT | Suministro de agua y tratamiento de aguas residuales de Vukovar | 2007-2013 | Croacia | 1 |
| 2 | 2011 086 HR WAT WAT | Suministro de agua y tratamiento de aguas residuales de Osijek | 2007-2013 | Croacia | 2 |
| 3 | 2013 083 HR ROD ROD | Conexión por carretera con Dalmacia del Sur | 2014-2020 | Croacia | 3 |
| 4 | 2015 071 HR ROD ROD | Puente de Peljesac | 2014-2020 | Croacia | |
| 5 | 2012 095 HR AMT RAL | Mejora y construcción de la segunda vía en el tramo de la línea ferroviaria Dugo Selo - Križevci | 2007-2013 | Croacia | 4 |
| 6 | 2011 080 HR SWE SLW | Elaboración de documentación para la rehabilitación del lugar muy contaminado por una fosa de residuos «Sovjak» | 2014-2020 | Croacia | - |
| 7 | 2006 086 MT ENV WAT | Gestión de agua pluvial | 2007-2013 | Malta | 5 |
| 8 | 2008 188 MT WAT FLP | Malta - Programa Nacional de Mitigación de Inundaciones | 2007-2013 | Malta | |
| 9 | 2008 192 MT WAT WAT | Tratamiento de aguas residuales en el sur de Malta | 2007-2013 | Malta | 6 |
| 10 | 2010 031 MT MIS R&D | Centro Oncológico Hospitalario Mater Dei | 2007-2013 | Malta | 7 |
| 11 | 2011 023 MT ROD ROD | Análisis preliminar de aspectos fundamentales para la definición de una opción de conexión por túnel de carretera entre Malta y Gozo | 2014-2020 | Malta | - |
| 12 | 2006 089 MT TRA ROD | Mejora de la red vial RTE-T | 2007-2013 | Malta | 8 |
| 13 | 2009 255 PL RAL RAL | Compra de material rodante para PKP Intercity | 2007-2013 | Polonia | 9 |
| 14 | 2009 272 PL KE R&D | Centro de Materiales y Tecnologías Avanzados (CEZAMAT) | 2007-2013 | Polonia | 10 |
| 15 | 2009 273 PL KE R&D | CENT III - Centro de Ciencias Biológicas y Químicas de la Universidad de Varsovia | 2007-2013 | Polonia | 11 |
| 16 | 2009 168 PL WAT WAT | Tratamiento de aguas residuales de Żywiec – fase II | 2007-2013 | Polonia | 12 |
| 17 | 2010 059 PL WAT WAT | Gestión de aguas y aguas residuales de Myślenice | 2007-2013 | Polonia | 13 |
| 18 | 2008 027 PL TRA ROD | S-69 Bielsko-Biała - Żywiec, odc. Wilkowice/Łodygowice-Żywiec | 2007-2013 | Polonia | 14 |
| 19 | 2006 001 PL ENV WAT | Presa de Wloclawek en el río Vístula | 2007-2013 | Polonia | - |
| 20 | 2011 115 RO KEW R&D | Física nuclear en Extreme Light Infrastructure | 2007-2013 | Rumanía | 15 |
| 21 | 2009 197 RO RAL RAL | Modernización del tramo ferroviario Coşlariu - Sighişoara | 2007-2013 | Rumanía | 16 |
| 22 | 2010 155 RO WAT WAT | Ampliación y modernización de la infraestructura de aguas residuales de Bucarest | 2007-2013 | Rumanía | 17 |
| 23 | 2009 146 RO ROD ROD | Construcción de autovía en el tramo RTE-T 7 Cernavodă-Constanţa | 2007-2013 | Rumanía | 18 |
| 24 | 2010 141 RO RAL RAL | Rehabilitación de los puentes ferroviarios sobre el Danubio | 2007-2013 | Rumanía | 19 |
| 25 | 2007 068 RO ENV WAT | Rehabilitación y modernización de los sistemas de agua y alcantarillado del condado de Prahova | 2007-2013 | Rumanía | 20 |
| Encargos individuales de proyectos menores | |||||
| 1 | 2013 189 HR KEE RDI | Infraestructura de investigación del campus de la Universidad de Rijeka | 2007-2013 | Croacia | 1 |
| 2 | 2014 101 HR ROD ROD | Finalización de la vía rápida en Ploče Gateway y construcción de una carretera de enlace al puerto y la ciudad de Ploče | 2007-2013 | Croacia | 2 |
| 3 | 2007 121 MT TRA POR | Rehabilitación y mejora de espigones y otras infraestructuras marinas | 2007-2013 | Malta | 3 |
| Encargos transversales | |||||
| 1 | 2012 008 HR WAT WAT | Desarrollo de directrices de análisis coste-beneficio | 2007-2013 | Croacia | 1 |
| 2 | 2014 073 HR KEE RDI | Apoyo a la preparación del PO 2014-2020 Competitividad y cohesión | 2014-2020 | Croacia | 2 |
| 3 | 2011 031 MT ROD ROD | Desarrollo del Plan Maestro Nacional de Transporte | 2014-2020 | Malta | 3 |
| 4 | 2008 103 MT HOR MUL | Asistencia en la investigación de análisis coste-beneficio y estudios de viabilidad financiera | 2007-2013 | Malta | 4 |
| 5 | 2010 067 PL WAT WAT | Examen de proyectos de aguas y aguas residuales del eje prioritario I | 2007-2013 | Polonia | 5 |
| 6 | 2010 077 PL SWE SLW | Estrategia de gestión de fangos de depuración para Polonia | 2007-2013 | Polonia | 6 |
| 7 | 2013 246 RO KEE RDI | Apoyo a la preparación del PO 2014-2020 Competitividad | 2014-2020 | Rumanía | 7 |
| 8 | 2011 032 RO WAT WAT | Apoyo a la preparación del proyecto de tubería para 2014-2020 en el sector hídrico | 2014-2020 | Rumanía | 8 |
| 9 | 2009 094 RO WAT WAT | Estrategia nacional de gestión de inundaciones | 2007-2013 | Rumanía | 9 |
1De los 25 encargos de grandes proyectos auditados, se examinaron in situ 22 encargos con 20 grandes proyectos subyacentes. Los tres encargos de grandes proyectos restantes se sometieron a examen documental. Los tres proyectos menores y los nueve encargos horizontales también se examinaron in situ.
Glosario
Análisis coste-beneficio (ACB): Técnica para comparar los costes previstos y los beneficios esperados asociados a la propuesta, que ayuda a los responsables políticos a tomar una decisión con conocimiento de causa sobre si ejecutarla o no.
Autoridad de gestión: Entidad pública nacional o territorial u otro organismo público o privado designado por un Estado miembro para gestionar un programa operativo. Se encarga de seleccionar los proyectos que deben financiarse, de supervisar su ejecución y de informar a la Comisión acerca de los aspectos financieros y de los resultados obtenidos.
Eficiencia: El principio de eficiencia se refiere a la óptima relación entre los medios empleados y las realizaciones obtenidas.
Entidad Fiscalizadora Superior (EFS): Organismo independiente encargado de examinar los ingresos y los gastos públicos. Existe una EFS en cada uno de los Estados miembros de la UE, y el Tribunal de Cuentas Europeo es la EFS de la UE.
Evaluación posterior a la presentación (EPP): Evaluación realizada por Jaspers, a petición de la Comisión, de la solicitud de gran proyecto presentada por un Estado miembro que no ha estado sujeta a un análisis cualitativo independiente de Jaspers.
Fondo de cohesión (FC): El Fondo de Cohesión tiene por objeto mejorar la cohesión económica y social dentro de la Unión Europea mediante la financiación de proyectos de medio ambiente y transportes en Estados miembros cuyo PNB per cápita sea inferior al 90 % de la media de la UE.
Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER): Fondo destinado a reforzar la cohesión económica y social dentro de la Unión Europea mediante la corrección de los principales desequilibrios regionales a través del apoyo financiero a la construcción de infraestructuras y de inversiones productivas capaces de generar empleo, sobre todo en beneficio de las empresas.
Fondos Estructurales y de Inversión Europeos (Fondos EIE): Grupo de cinco fondos diferenciados cuyo fin es reducir los desequilibrios regionales en la Unión Europea con marcos estratégicos establecidos para el período presupuestario del marco financiero plurianual (MFP) de siete años. Estos fondos son: Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER), Fondo Social Europeo (FSE), Fondo de Cohesión (FC), Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader) y Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca (FEMP).
Grandes proyectos escalonados: Grandes proyectos incompletos del anterior período de programación cuya parte pendiente, que debe ser identificable desde el punto de vista financiero y físico, se ha transferido al período de programación 2014 2020.
Grandes proyectos: Proyectos de infraestructuras a gran escala en los sectores de transporte, medio ambiente y otros como la cultura, la educación, la energía o las TIC, que a menudo revisten una importancia estratégica para la UE y, por lo tanto, están sujetos a un procedimiento específico de aprobación por parte de la Comisión. Comprenden una serie de obras, actividades o servicios económicamente indivisibles que cumplen una función técnica precisa y tienen objetivos claramente definidos. El Reglamento sobre disposiciones comunes (RDC) establece que los grandes proyectos son aquellos cuyo coste admisible total (coste total durante el período de programación 2007-2013) evaluado al determinar la contribución de los fondos supera los 50 millones de euros. Durante el período de programación 2014-2020, el umbral se elevó a 75 millones de euros en el caso de los proyectos que promuevan el transporte sostenible y eliminen cuellos de botella en las infraestructuras de red fundamentales.
Impacto: Consecuencias socioeconómicas a más largo plazo que pueden observarse transcurrido cierto tiempo tras la finalización de una intervención, y que pueden afectar a beneficiarios directos de esta o a beneficiarios indirectos (por ejemplo, disminución de los niveles de desempleo, mejoras en la calidad del agua, etc.).
Indicador: Variable sustitutiva mensurable, por ejemplo para un objetivo que proporciona información útil para evaluar el grado de consecución de dicho objetivo.
Instrumento de Ayuda Preadhesión (IAP) Medio a través del cual la UE apoya reformas en los «países de la ampliación» con ayuda financiera y técnica. Los fondos del IAP van desarrollando las capacidades de los países a lo largo de todo el proceso de adhesión, permitiendo efectuar cambios graduales y positivos en la región.
Nota de finalización de la acción: Documento normalizado elaborado por Jaspers que resume el trabajo realizado en un proyecto y formula, en caso necesario, recomendaciones a las autoridades nacionales.
Plan de acción: Los planes de acción se elaboran para cada Estado miembro en colaboración con el Estado beneficiario en cuestión y la Comisión Europea para especificar el trabajo que Jaspers tiene previsto realizar. Desde el 1 de enero de 2014, todos los nuevos planes de acción se han convertido en planes progresivos, que comienzan con la firma de este documento una única vez para el período de programación 2014-2020. Seguirán siendo válidos durante todo el período 2014-2020 y serán objeto de modificaciones periódicas (adición o eliminación de proyectos) previo acuerdo entre las partes mediante un intercambio de cartas.
Política de cohesión: La política de cohesión constituye uno de los mayores ámbitos políticos en los que se gasta el presupuesto de la UE. Tiene por objetivo reducir las disparidades de desarrollo entre las distintas regiones, reestructurar las zonas industriales en declive y diversificar las zonas rurales, y fomentar la cooperación transfronteriza, transnacional e interregional. Está financiada por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional, el Fondo Social Europeo y el Fondo de Cohesión.
Programa Operativo (PO): Programa que establece las prioridades y los objetivos específicos de un Estado miembro, además del modo de utilizar la financiación (cofinanciación pública y privada de la UE y nacional) durante un período determinado (generalmente de siete años) para financiar los proyectos. Estos proyectos deben ayudar a la consecución de una serie de objetivos fijados en el eje prioritario del programa operativo. El Estado miembro elabora un PO que ha de ser aprobado por la Comisión antes de que tengan lugar los pagos con cargo al presupuesto de la UE. Solo pueden modificarse durante el período correspondiente si ambas partes están de acuerdo.
Realización: Lo que se produce o consigue con los recursos asignados a una intervención (por ejemplo, cursos de formación para jóvenes desempleados, número de depuradoras de aguas residuales o kilómetros de carreteras construidos, etc.).
Resultado: Un resultado es una consecuencia medible que se deriva, directa o indirectamente, de una relación de causa y efecto.
Revisión de calidad independiente (RCI): Evaluación de la solicitud de un gran proyecto realizada por un órgano independiente antes de que un Estado miembro la presente a la Comisión para su aprobación. Jaspers ejerce de revisor de calidad independiente para todos los países que solicitan su asistencia. La Comisión solo puede denegar la aprobación de la ayuda financiera cuando determina que existen insuficiencias significativas en el informe RCI.
Notas finales
1 Informe de la Oficina Fiscalizadora Superior de Polonia sobre el funcionamiento de la iniciativa Jaspers en Polonia, de octubre de 2016, e informe de la Oficina Fiscalizadora Estatal de Croacia sobre el impacto de la iniciativa programática Jaspers en las propuestas de proyectos presentadas por la República de Croacia para cofinanciación con fondos europeos, de mayo de 2017.
2 En el período de programación 2014- 2020 se crearon los Fondos Estructurales y de Inversión Europeos que incluyen, entre otros, el Fondo de Cohesión y el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER).
3 Grecia recibió asistencia de Jaspers desde 2013 como excepción.
4 Acuerdo marco de asociación para la gestión del mecanismo de asistencia técnica de Jaspers 2014-2020, acordado entre la Comisión Europea y el BEI en noviembre de 2014.
5 También hubo un mandato para al IPA II.
6 Cifra válida a 31 de diciembre de 2016.
7 El Kreditanstalt für Wiederaufbau (KfW) era el cuarto miembro fundador inicialmente, pero no prorrogó su participación al período de programación 2014-2020. El BERD ha decidido retirarse de la iniciativa con efecto a partir de julio de 2017.
8 Memorando de entendimiento de 2006.
9 En el período de programación 2007-2013, de conformidad con el artículo 39 del Reglamento (CE) n.º 1083/2006 del Consejo de 11 de julio de 2006, por el que se establecen las disposiciones generales relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo y al Fondo de Cohesión (DO L 210 de 31.7.2006, p. 25), cuando el coste total del proyecto supere los 50 millones de euros.
En el período de programación 2014-2020, de conformidad con el artículo 100 del Reglamento n.º 1303/2013 sobre disposiciones comunes, cuando el coste total admisible supere los 50 millones de euros, y 75 millones de euros en el caso de operaciones que contribuyan a promover el transporte sostenible y eliminar cuellos de botella en infraestructuras de red fundamentales.
10 Reglamento (UE) n.º 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, por el que se establecen disposiciones comunes relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión, al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca, y por el que se establecen disposiciones generales relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca, y se deroga el Reglamento (CE) n.º 1083/2006 del Consejo (DO L 347 de 20.12.2013, p. 320).
11 Según la Comisión, en 2017 había adoptado decisiones positivas sobre 970 grandes proyectos del período de programación 2007-2013.
12 Con arreglo al artículo 287, apartado 3, del TFUE, las atribuciones de fiscalización del Tribunal con respecto a las actividades del BEI se limitan a su gestión de los gastos y los ingresos del presupuesto de la UE.
13 De los encargos de la muestra, 29 pertenecían al período de programación 2007-2013 y ocho al período 2014-2020 (véase el anexo II y para la totalidad de la población, el anexo I).
14 Informe de la Oficina Fiscalizadora Superior de Polonia sobre el funcionamiento de la iniciativa Jaspers en Polonia, de octubre de 2016, e informe de la Oficina Fiscalizadora Estatal de Croacia sobre el impacto de la iniciativa programática Jaspers en las propuestas de proyectos presentadas por la República de Croacia para cofinanciación con fondos europeos, de mayo de 2017.
15 Versión final de 6 de septiembre de 2005.
16 Chipre, República Checa, Estonia, Hungría, Letonia, Lituania, Malta, Polonia, Eslovaquia y Eslovenia y los países en vías de adhesión Bulgaria, Croacia y Rumanía. Grecia, España y Portugal se mencionaban en el documento de reflexión de 2005, pero no se incluyeron en el memorando de entendimiento de 2006. La asistencia a Grecia comenzó en 2013 (sin modificaciones en el memorando de entendimiento de 2006).
17 Una mejor absorción supone que los fondos europeos se gasten antes y más rápido.
18 Los Estados miembros beneficiarios, la Comisión, el BEI y el BERD; este último no se incluyó en la fiscalización debido a su contribución relativamente limitada.
19 Suscritos para Croacia en 2012; Malta en 2006; Polonia en 2006; y Rumanía en 2008.
20 Polonia y Croacia.
21 Plan operativo empresarial del BEI 2006-2008 de enero de 2006, aprobado por el Consejo de Administración del BEI.
22 Según un memorando interno de Jaspers para el Consejo de Administración del BEI de 22 de abril de 2014.
23 Jaspers no facilitó la información sobre el tiempo total trabajado por su personal en 2016.
24 Las cancelaciones o suspensiones a menudo se produjeron porque ya no se solicitaba cofinanciación de la UE para los proyectos correspondientes. También se registraron casos de proyectos descartados porque se habían dividido en proyectos más pequeños.
25 Tomando como base el coste real de Jaspers 2006-2015 (véase el cuadro 1), que consiste principalmente en gastos relacionados con el personal, el Tribunal calculó que el valor del tiempo de trabajo relacionado con los encargos interrumpidos asciende hasta 20 millones de euros.
26 Para finales de 2016 se completaron 58 de estos encargos.
27 Estrategia de asistencia técnica para el período de programación 2014-2020 adoptada por la DG Política Regional y Urbana el 11 noviembre de 2013.
28 Los acuerdos de trabajo con Rumanía se firmaron el 27 de abril de 2017.
29 En el procedimiento de EPP, Jaspers lleva a cabo el trabajo de evaluación de grandes proyectos en nombre de la Comisión para que esta pueda tomar su decisión.
30 Los trece ámbitos de asistencia son: análisis coste-beneficio, competencia y ayudas estatales, contratación, estimación de coste de proyectos, análisis de riesgos y sensibilidad, ejecución y estructuras de proyectos, estudio de viabilidad, cuestiones medioambientales, cuestiones de financiación, y formulario de solicitud de proyecto.
31 Los grandes proyectos que recibieron asistencia de Jaspers necesitaron en promedio 198 días (restado el tiempo de interrupción), mientras que en el caso de los grandes proyectos sin asistencia fueron 255 días.
32 Para el período de programación 2007-2013: Artículo 41, apartado 2, del Reglamento (CE) n.º 1083/2006 del Consejo. Para el período de programación 2014-2020: Artículo 102, apartados 1 y 2, del Reglamento (UE) n.º 1303/2013.
33 Con las interrupciones restadas.
34 Reglamento (CE) n.º 284/2009 del Consejo, de 7 de abril de 2009, que modifica el Reglamento (CE) n.º 1083/2006 por el que se establecen las disposiciones generales relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo y al Fondo de Cohesión, por lo que se refiere a determinadas disposiciones relativas a la gestión financiera (DO L 94, 8.4.2009, p. 10).
35 A efectos de comparación, la Comisión había adoptado decisiones positivas respecto a 972 grandes proyectos en el período de programación 2007-2013.
36 Expresado en equivalente a tiempo completo (ETC).
37 Los 10 indicadores de rendimiento se dividían en 5 indicadores clave de rendimiento y 5 indicadores adicionales de rendimiento. Los cinco indicadores clave de rendimiento eran: «número de acciones de Jaspers finalizadas», «número de solicitudes de proyectos respaldados por Jaspers presentadas a la DG Política Regional y Urbana», «avances de las acciones de Jaspers durante todo el ciclo de proyecto», «Jaspers opinión de los beneficiarios» y «opinión de la unidad de la DG Política Regional y Urbana». Los cinco indicadores adicionales de rendimiento eran: tiempo transcurrido entre el inicio y la finalización del encargo, tiempo para la aprobación de proyectos respaldados y no respaldados por Jaspers, acciones ejecutadas por experto, coste por acción hasta la finalización y opinión de la autoridad de gestión. Las diez estadísticas temáticas incluían estadísticas sobre la eficiencia de Jaspers, como coste de los recursos absorbidos por país y subsector, número de acciones respaldadas por Jaspers y tiempo transcurrido desde la finalización de la acción de Jaspers hasta la presentación de la solicitud de subvención.
38 Evaluación de Jaspers, Informe final de 13 de diciembre de 2012, AECOM.
39 «Número de acciones de Jaspers finalizadas», «número de solicitudes de proyectos respaldados por Jaspers presentadas a la DG Política Regional y Urbana», «avances de las acciones de Jaspers durante todo el ciclo de proyecto».
40 «Tiempo transcurrido desde el inicio hasta la finalización del encargo», «acciones ejecutadas por experto» y «coste por acción hasta la finalización».
41 Véase el Informe de síntesis - Evaluación del papel del BEI en la iniciativa Jaspers, diciembre de 2010.
42 260 millones de euros, incluido el Mecanismo «Conectar Europa».
43 Las instituciones comparadas fueron el BEI, la Agencia Europea de Seguridad Marítima (AESM), la Agencia Europea de Seguridad Aérea (AESA) y Eurofound. Los gastos de personal de Jaspers eran un 44 % superiores a los del BEI, un 79 % superiores a los de la AESM, un 99 % superiores a los Eurofound y un 116 % superiores a los de la AESA..
1 Informe de evaluación de JASPERS, diciembre de 2012 (http://ec.europa.eu/regional_policy/sources/docgener/evaluation/pdf/eval2007/jaspers_evaluation/final_report_131212.pdf)
| Hecho | Fecha |
|---|---|
| Aprobación del plan de auditoría (APM) / Inicio de la fiscalización | 16.3.2016 |
| Envío oficial del proyecto de informe a la Comisión (u otra entidad fiscalizada) | 5.10.2017 |
| Aprobación del informe final tras el procedimiento contradictorio | 29.11.2017 |
| Recepción de las respuestas oficiales de la Comisión (u otra entidad fiscalizada) en todas las lenguas | 8.1.2018 |
Equipo auditor
En los informes especiales del TCE se exponen los resultados de sus auditorías de las políticas y programas de la UE o de cuestiones de gestión relativas a ámbitos presupuestarios específicos. El TCE selecciona y concibe estas tareas de auditoría con el fin de que tengan el máximo impacto teniendo en cuenta los riesgos relativos al rendimiento o a la conformidad, el nivel de ingresos y de gastos correspondiente, las futuras modificaciones, y el interés político y público.
El presente informe ha sido aprobado por la Sala II (presidida por Iliana Ivanova, Miembro del Tribunal, especializada en los ámbitos de gasto de inversión para la cohesión, el crecimiento y la inclusión. La fiscalización fue dirigida por Oskar Herics, Miembro del Tribunal, y fue asistido por Margit Spindelegger, jefa de gabinete, Emmanuel Rauch, gerente principal, y Rafal Gorajski, jefe de tarea. El equipo auditor estuvo formado por Michaela Binder, Thierry Lavigne, Mircea-Cristian Martinescu and Maciej Szymura. Eleonore von Bardeleben proporcionó asesoría jurídica. Richard Moore prestó apoyo lingüístico.
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