Propuesta de DECISIÓN DEL CONSEJO que establece la posición que debe adoptarse en nombre de la Unión en los correspondientes comités de la Comisión Económica para Europa de las Naciones Unidas por lo que respecta a las propuestas de modificaciones de los Reglamentos nos 3, 6, 7, 10, 13, 18, 19, 27, 46, 48, 67, 74, 107, 110, 113, 117, 123 y 129 de la CEPE, al proyecto de reglamento técnico mundial sobre los procedimientos de ensayo de vehículos ligeros armonizados a escala mundial y al proyecto de reglamento técnico mundial sobre neumáticos
Propuesta de DECISIÓN DEL CONSEJO que establece la posición que debe adoptarse en nombre de la Unión en los correspondientes comités de la Comisión Económica para Europa de las Naciones Unidas por lo que respecta a las propuestas de modificaciones de los Reglamentos nos 3, 6, 7, 10, 13, 18, 19, 27, 46, 48, 67, 74, 107, 110, 113, 117, 123 y 129 de la CEPE, al proyecto de reglamento técnico mundial sobre los procedimientos de ensayo de vehículos ligeros armonizados a escala mundial y al proyecto de reglamento técnico mundial sobre neumáticos