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Hoy21/07/2025
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Transparencia voluntaria anticipada - Mantenimiento de las instalaciones de cogeneración en Land van Cuijk Texto traducido automáticamente en su idioma de navegación Traducción automática
En 2014, Waterschap Aa en Maas celebró una licitación pública europea para la «AM-Z-03-13 Cogeneration RWZ Land van Cuijk». Sobre la base de esta licitación, se realizaron dos cogeneración y se celebró un contrato de mantenimiento para el mantenimiento preventivo y correctivo de dichas instalaciones con 2G Energietechnik GmbH por un período de diez años. La vigencia del presente Acuerdo finalizará con poca antelación. Las plantas de cogeneración de la EDAR de Land van Cuijk aún no han llegado al final de su vida útil técnica. Por lo tanto, el deseo de la junta de agua de Aa en Maas es mantener estas instalaciones operativas para los próximos años, lo que también está en línea con las ambiciones circulares y sostenibles de la junta de agua de Aa en Maas. Para mantener las instalaciones operativas, requieren mantenimiento preventivo y correctivo, sustitución 1 a 1 de piezas y lectura remota, monitorización activa, ajuste y optimización. Mediante este anuncio de transparencia voluntaria ex ante, la Junta de Aguas de Aa en Maas desea informar a las partes del mercado de la intención de iniciar un procedimiento negociado sin previo aviso para el mantenimiento de las instalaciones mencionadas anteriormente para los próximos años, tal como se menciona en la Sección 2.2.1.7. de la Ley de Contratación Pública de 2012. El órgano de contratación tiene la intención de seguir este procedimiento con 2G Energietechnik GmbH. De la Ley de contratación pública se desprende que puede aplicarse un procedimiento negociado sin previo aviso si el contrato público solo puede ser ejecutado por un operador económico determinado porque 1) falta competencia por razones técnicas, o 2) deben protegerse los derechos exclusivos, incluidos los derechos de propiedad intelectual, y no existe una alternativa o sustituto razonable. Los CHP realizados como resultado de la licitación de 2014 incluyen componentes de 2G Energietechnik GmbH y este proveedor gestiona el software específico necesario para la operación de estas instalaciones (incluida la plataforma My.2-G e I.R.I.S.: Sistema Inteligente de Información de Informes). El software integrado de 2G Elektrotechnik está protegido por derechos de propiedad intelectual. Sin acceso a este software, es imposible proporcionar los servicios necesarios. La modificación del software por parte de terceros no es posible. En relación con el software específico de 2G Energietechnik GmbH, que es necesario para el funcionamiento de las instalaciones, en este caso existen derechos exclusivos, incluidos los derechos de propiedad intelectual, que deben protegerse y no existe una alternativa o sustituto razonable. Al mismo tiempo, esto también significa que no hay competencia por razones técnicas. Mediante este anuncio voluntario, Waterschap Aa en Maas quiere dar a las partes del mercado la oportunidad de plantear una objeción motivada a la intención antes mencionada de iniciar el procedimiento de negociación con una posible adjudicación de un contrato a 2G Energietechnik GmbH. Si se opone a esta intención, debe, bajo pena de inadmisibilidad y pérdida del derecho, enviar su objeción con motivos suficientes dentro de los 20 días naturales posteriores a la publicación de este aviso por correo electrónico a water board Aa en Maas, attn. inkoop@aaenmaas.nl. Si no se ha recibido ninguna objeción motivada durante el período mencionado anteriormente, se llevará a cabo un procesamiento legal y los derechos de las empresas para impugnar el procedimiento previsto expirarán. En ese caso, las partes interesadas ya no pueden formular objeciones (incluso mediante un procedimiento de medidas provisionales o sustantivo) contra el procedimiento previsto. En tal caso, la Aa en Maas Water Authority procederá en primer lugar al procedimiento de negociación y, en su caso, a la celebración del acuerdo para el mantenimiento de las centrales de cogeneración en la EDAR de Land van Cuijk con dicha parte. Si se ha recibido una objeción, el órgano de contratación evaluará primero (y aceptará o rechazará) la objeción motivada antes de iniciar el procedimiento negociado. Si el órgano de contratación desestima la oposición motivada, la parte desestimada tendrá la oportunidad de interponer una acción interlocutoria contra la desestimación ante el juez de medidas provisionales del Tribunal de Distrito de Oost-Brabant en un plazo de veinte días naturales a partir de la fecha de la desestimación, so pena de inadmisibilidad y pérdida del derecho. En caso de que se haya presentado una solicitud de medidas provisionales dentro de dicho plazo, el procedimiento negociado no se iniciará hasta que se haya dictado una orden de medidas provisionales. Si no se incoa un procedimiento de medidas provisionales dentro del plazo establecido, la parte desestimada ya no puede formular objeciones (ni siquiera mediante un procedimiento de medidas provisionales o sustantivo) a la decisión y ha tramitado sus derechos a este respecto. En ese caso, la junta de agua es libre de iniciar el procedimiento de negociación. El contrato, que la junta de agua de Aa y Maas tiene la intención de adjudicar a 2G Energietechnik GmbH para el mantenimiento de las centrales de cogeneración en la planta de tratamiento de aguas residuales de Land van Cuijk, tiene una duración de dos años, con la posibilidad de prorrogarlo un año cada vez hasta 2035. Texto traducido automáticamente en su idioma de navegación Traducción automática
El contenido de esta página constituye exclusivamente un servicio adicional, y no tiene efectos jurídicos. Las instituciones de la UE no asumen responsabilidad alguna por su contenido. Las versiones oficiales de los anuncios de licitación pertinentes son aquellas publicadas en el suplemento del Diario Oficial de la Unión Europea y disponibles en TED. Se puede acceder a esos textos oficiales directamente mediante los enlaces integrados en esta página. Para más información, véase la declaración relativa a la explicabilidad y la responsabilidad en materia de contratación pública.