-
Publicado09/07/2026
-
Fecha límite17/08/2026
-
Apertura de las ofertas17/08/2026
-
Hoy12/09/2026
Utilidades
- Indica los códigos CPV deducidos del texto del procedimiento
- Indica el texto traducido automáticamente al idioma de navegación
Mantenimiento invernal de las carreteras provinciales administradas por la Administración Provincial de Carreteras de Opole en las temporadas de invierno 2026/2027 y 2027/2028 por tarea
1. El objeto del contrato es el «Mantenimiento invernal de las carreteras provinciales administradas por la Administración Provincial de Carreteras de Opole en las temporadas de invierno 2026/2027 y 2027/2028 por tarea», de conformidad con los términos de la ZEE. Código y nombre del Vocabulario común de contratos públicos: 90.62.00.00-9 – servicios de eliminación de nieve; 90.63.00.00-2 – Servicios de eliminación de hielo. 2. El objeto del contrato es la prestación de servicios relacionados con la eliminación de nieve y la eliminación de resbalones en invierno, en las carreteras provinciales en las temporadas de invierno 2026/2027 y 2027/2028, divididos en diez tareas. Principales aspectos del procedimiento: 1. El órgano de contratación aplicará el procedimiento a que se refiere el art. 1 de la Ley PPL (es decir, el denominado procedimiento inverso). 2. El contratista deberá presentar, junto con la oferta, una declaración de no exclusión y del cumplimiento de las condiciones de participación en el procedimiento en forma de documento único europeo de contratación (DEUC). 3. En caso de competencia conjunta entre operadores económicos, la declaración a que se refiere el punto 2 será presentada junto con la oferta por cada uno de los operadores económicos que soliciten conjuntamente el contrato. Esta declaración confirma la ausencia de motivos de exclusión y el cumplimiento de las condiciones de participación en el procedimiento en la medida en que cada operador económico demuestre el cumplimiento de las condiciones de participación en el procedimiento. 4. El contratista, en caso de confiar en las capacidades o la situación de las entidades que pongan a disposición recursos, también presentará la declaración a que se refiere el punto 2 de dichas entidades en la que confirme que no hay motivos para excluir a dichas entidades y que se cumplen adecuadamente las condiciones de participación en el procedimiento o los criterios de selección, en la medida en que el contratista haga referencia a sus recursos. 5. El contratista podrá limitarse a presentar en la sección α de la parte IV, Criterios de admisibilidad, una declaración general de conformidad con todos los criterios de selección del procedimiento, en cuyo caso no completará ninguna de las demás secciones (A a D) de la parte IV, EAT. 6. Un operador económico al que se apliquen las circunstancias mencionadas en el artículo 5 duodecies del Reglamento (UE) n.o 833/2014 del Consejo, de 31 de julio de 2014, relativo a medidas restrictivas motivadas por acciones de Rusia que desestabilizan la situación en Ucrania, también quedará excluido del procedimiento de contratación pública. 7. A petición del órgano de contratación, el contratista está obligado a presentar pruebas subjetivas de conformidad con la ZLC. A fin de confirmar el cumplimiento por parte del contratista de las condiciones relativas a la capacidad técnica o profesional a que se refiere el punto 4.4 de la ZLC, el órgano de contratación, de conformidad con el art. 1 de la Ley de Contratación Pública, antes de seleccionar la oferta más ventajosa, convocará al contratista cuya oferta haya sido mejor calificada para presentar dentro del plazo especificado, que no será inferior a 10 días, válido en la fecha de presentación de las pruebas subjetivas: a) una lista de las personas mencionadas por el contratista para ejecutar el contrato público, en particular los responsables de la prestación de servicios, junto con información sobre el alcance de sus actividades e información sobre la base de su eliminación; la lista de personas se adjunta como anexo 8 de la zona franca y debe contener información detallada y los datos necesarios para evaluar las condiciones de participación en el procedimiento a que se refiere el punto 4.4.1 de la zona franca, es decir: – para la persona indicada en el punto 4.4.1 de la FTZ (coordinador de servicios), indíquese su nombre, facilítese información sobre la base de la cual tiene acceso a dicha persona (si se presenta una oferta para más de una tarea, el contratista está obligado a designar a otra persona para cada tarea), b) la lista de herramientas, equipos de planta o equipos técnicos de que dispone el contratista para la ejecución del contrato público, junto con información sobre la base de la cual se dispone de dichos recursos; la lista de herramientas se adjunta como anexo 9 bis a 9 undecies de la FTZ y debe contener la información detallada y los datos necesarios para evaluar las condiciones de participación en el procedimiento a que se refieren los puntos 4.4.2.1 a 4.4.2.10) de la FTZ (es decir, el nombre y el número de unidades de equipo) y facilítese información sobre la base de qué unidades de equipo están disponibles. 8. Información sobre los contratos anticipados a que se refiere el art. 1 punto 7 de la Ley de Contratación Pública: El poder adjudicador prevé la posibilidad de adjudicar los contratos a que se refiere el artículo 214, apartado 1, punto 7, de la Ley de contratación pública, consistentes en la prestación de servicios idénticos a los prestados en virtud del contrato de base para una tarea determinada, es decir: «Mantenimiento invernal de las carreteras provinciales administradas por la Administración Provincial de Carreteras de Opole en las temporadas de invierno 2026/2027 y 2027/2028por tarea», para las tareas 1-10. Estos contratos se adjudicarán cuando: - se utilizarán los fondos destinados a la ejecución del contrato básico, - después del 15.4.2028 prevalecerán las condiciones meteorológicas que requieran el mantenimiento invernal de las carreteras y se utilizarán los fondos destinados a la ejecución del contrato básico, - cuando, debido a un procedimiento de licitación en curso u otros obstáculos, no se garantice la ejecución de las obras relacionadas con el mantenimiento invernal de las carreteras en la temporada de invierno 2028/2029. Durante la ejecución del contrato a que se refiere el artículo 214, apartado 1, punto 7, de la Ley de contratación pública, se aplicarán sanciones contractuales como en el caso del contrato de base. 9. El poder adjudicador podrá anular el procedimiento de contratación si no se le han asignado los fondos públicos que tenía previsto utilizar para financiar la totalidad o parte del contrato. 10. La oferta deberá estar garantizada por una garantía constituida antes de la fecha límite de presentación de ofertas por un importe de 272.000,00 PLN, que incluirá: para la Tarea n.o 1 – 18 000,00 PLN, - para la Tarea n.o 2 – 19 000,00 PLN, - para la Tarea n.o 3 – 21 000,00 PLN, - para la Tarea n.o 4 – 26 000,00 PLN, - para la Tarea n.o 5 – 25 000,00 PLN, - para la Tarea n.o 6 – 15 000,00 PLN, - para la Tarea n.o 7 – 28 000,00 PLN, - para la Tarea n.o 8 – 33 000,00 PLN, - para la Tarea n.o 9 – 49 000,00 PLN, - para la Tarea n.o 10 – 38 000,00 PLN. 11. Continuación en el punto 2.1.4. Información general en pdp a partir de 3
https://platformazakupowa.pl/transakcja/1335975
https://platformazakupowa.pl/transakcja/1335975
90620000 - Servicios de limpieza y eliminación de nieve
90630000 - Servicios de limpieza y eliminación de hielo
90610000 - Servicios de limpieza y barrido de calles
El contenido de esta página constituye exclusivamente un servicio adicional, y no tiene efectos jurídicos. Las instituciones de la UE no asumen responsabilidad alguna por su contenido. Las versiones oficiales de los anuncios de licitación pertinentes son aquellas publicadas en el suplemento del Diario Oficial de la Unión Europea y disponibles en TED. Se puede acceder a esos textos oficiales directamente mediante los enlaces integrados en esta página. Para más información, véase la declaración relativa a la explicabilidad y la responsabilidad en materia de contratación pública.