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Publicado07/11/2025
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Fecha límite19/11/2025
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Apertura de las ofertas19/11/2025
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Concedido(s)18/02/2026
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Hoy29/07/2026
Utilidades
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Compra de autobuses diésel por un importe de 2 unidades para las necesidades del Departamento Municipal de Transporte de Zawiercie
Note: No toda la información relativa a este procedimiento se calculó correctamente. Para más información, consulte los documentos relacionados.
1. El objeto del contrato es la compra de autobuses diésel por un importe de 2 unidades para las necesidades del Departamento Municipal de Transporte de Zawiercie. 2. En el anexo 1a de la FTZ figura una descripción detallada del objeto del contrato (OPZ). 3. El ámbito de aplicación del contrato abarca el suministro de los autobuses antes mencionados junto con el equipo, el software necesario, la documentación y la formación en las condiciones establecidas en el presente pliego de condiciones. 4. Autobuses ofrecidos: a) Los autobuses ofertados deberán cumplir los requisitos y condiciones establecidos en el Reglamento n.o 107 de la Comisión Económica para Europa de las Naciones Unidas (CEPE) - Disposiciones uniformes relativas a la homologación de vehículos de las categorías M2 o M3 con respecto a su construcción general [2015/922] (DOUE.L.2015.153.1 de 2015.06.18), en lo sucesivo denominado Reglamento n.o 107 de la CEPE. b) Los autobuses ofertados deberán estar equipados con un motor de combustión interna. c) Los autobuses ofertados se harán con el máximo uso de materiales incombustibles, en particular con respecto a los materiales utilizados para la construcción y el equipamiento interior de la carrocería, y deberán estar homologados por el vehículo en lo que respecta a los ensayos de inflamabilidad de los elementos del equipo del habitáculo y la cabina del conductor realizados de conformidad con el Reglamento n.o 107 de la Comisión Económica para Europa de las Naciones Unidas (CEPE). d) Los autobuses ofertados deberán cumplir las disposiciones establecidas en la sección III de la Ley de 20 de junio de 1997 sobre el tráfico por carretera (artículo del Diario de 2024. 1251 en su versión modificada) y cumplen las condiciones técnicas establecidas en el Reglamento del Ministro de Infraestructuras, de 31 de diciembre de 2002, sobre las condiciones técnicas de los vehículos y el alcance de su equipo necesario (Boletín Oficial de 2024, punto 502 en su versión modificada). e) Los autobuses ofrecidos deben cumplir los requisitos y condiciones establecidos en el Reglamento del Ministro de Infraestructuras de 2 de agosto de 2023 sobre la homologación de tipo de los vehículos (Boletín Oficial 2023.1651). f) Los autobuses ofrecidos deben cumplir la norma PN-S-47010:1999 o equivalente para un autobús urbano de clase I o M. g) Los autobuses deben cumplir los requisitos establecidos en el Reglamento del Ministro de Infraestructuras de 31 de diciembre de 2002 sobre las condiciones técnicas de los vehículos y el alcance de su equipo necesario (Boletín Oficial 2024, punto 502 en su versión modificada). h) El tipo de autobús ofrecido debe tener un certificado de homologación de tipo de vehículo válido o un certificado de conformidad de tipo de vehículo CE, en el sentido de la Ley de circulación vial de 20 de junio de 1997 (texto consolidado: Journal of Laws 2024, punto 1251, en su versión modificada), que constituye la base para su registro en Polonia. El contratista entregará los certificados de aprobación o el certificado de conformidad CE a más tardar en la fecha de entrega. i) Los autobuses entregados en la fecha de la firma del protocolo de transferencia y aceptación deben cumplir las normas vigentes de matriculación de vehículos y deben tener los documentos necesarios que permitan la venta y matriculación de vehículos en el Departamento de Comunicación de la Oficina de Distrito. j) Los autobuses deben entregarse en la sede del Departamento Municipal de Transporte de Zawiercie, ul. Polonia 21 junto con la documentación de reparación y mantenimiento, licencias de software necesarias para operar autobuses comprados, es decir: ?? tarjetas de garantía para vehículos, ?? libros de garantía, ?? libros de servicio (revisiones). k) Si, entre el momento en que el contratista presenta una oferta en el procedimiento de contratación y la ejecución del contrato, se producirá un cambio en las disposiciones legales relativas a la matriculación, aprobación, venta o puesta en servicio de un autobús nuevo (así como equipos y componentes para este autobús), el contratista está obligado a realizar el objeto del contrato teniendo en cuenta estos cambios. l) Los autobuses ofrecidos no pueden ser prototipos y deben ser nuevos, es decir, fabricados no antes de 2025, no utilizarse para presentaciones, pruebas y fines similares, no registrados, con un kilometraje no superior a 3500 km. Los autobuses objeto del contrato deberán: ?? adaptarse a las necesidades de todos los usuarios, incluido el hecho de ser accesible para las personas con discapacidad de conformidad con los requisitos técnicos descritos, ?? el material rodante de autobuses tendrá en cuenta los requisitos y las buenas prácticas establecidos en el anexo 2. normas de accesibilidad para la política de cohesión 2021-2027 en las Directrices para la aplicación de los principios de igualdad en el marco de los fondos de la UE para 2021-2027; El material rodante adquirido tendrá en cuenta las cuestiones de seguridad, en particular para los usuarios de la carretera no motorizados (incluidas las mujeres). El material rodante incorporará soluciones para ayudar al conductor a proteger a los peatones y ciclistas (incluidas las mujeres), por ejemplo, sistemas de alerta de colisión; m) tener soluciones resultantes de la norma GSR2 - sistema de control de la presión y la temperatura de los neumáticos , - asistente de giro a la derecha , - asistente de cinturón central , - sistema de control del comportamiento del conductor, - control de crucero activo acoplado al sistema de frenado , y otros sistemas de seguridad del autobús exigidos por la ley en el momento de la matriculación del vehículo . 5. El Contratista se compromete a proporcionar al Órgano de Contratación una garantía para los vehículos objeto del contrato sin límite de kilometraje: a) para el recubrimiento de pintura: un mínimo de 5 años, b) para la carrocería del vehículo, y en particular las placas exteriores y del techo, las placas de piso, las puertas y las cubiertas: un mínimo de 5 años, c) para el marco de la armadura de la carrocería y el marco de la armadura / chasis: un mínimo de 5 años, d) para otros conjuntos, sistemas y componentes del vehículo con equipo: un mínimo de 5 años o 375 000 km. Debido al número limitado de caracteres, las entradas restantes en el SWZ
https://zkm-zawiercie.logintrade.net/rejestracja/ustawowe.html
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Código postal: 62-330
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